Las demandas de alimentos son una de las que más abundan en los juzgados de Colombia; pues no es un secreto que son millones los niños desamparados por decisiones infortunadas de sus progenitores que ignoran e incumplen las obligaciones que tienen con sus hijos.
En la mayoría de casos los menores de edad suelen quedar desamparados luego de que papá y mamá toman la decisión de separarse, olvidando que dicha separación no incluye a los hijos.
Es por esto que la justicia ha tenido que entrar a actuar como garante de derechos para que padres y madres se vean obligados a cumplir con sus responsabilidades y aportar con los gastos que suplan, por lo menos, las necesidades básicas de los menores de edad.
¿Puedo ir a la cárcel si no pago cuota alimentaria?
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Debido a los constantes incumplimientos en las obligaciones con hijos menores de edad la justicia viene fortaleciendo sus normas para que este tema sea llevado con mayor responsabilidad y cumplimiento por parte de los padres y madres.
Y en la actualidad se habla, incluso, de cárcel para aquellos progenitores ausentes que, pese a varias vías, se niegan a cumplir con sus obligaciones.
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Es por esto que existen ciertas disposiciones legales que permiten amparar a los menores de edad cuando sus padres incumplen; como el caso del delito de Inasistencia Alimentaria que opera bajo el derecho penal y se desarrolla a través de una denuncia en Fiscalía.
Expertos en derecho explican que este proceso entra a aplicar cuando el padre o madre es denunciado penalmente y, tras un proceso de indagación, se determina que hay omisión a cumplir con la obligación de alimentos a sus hijos de manera injustificada.
En estos casos la persona denunciada por Inasistencia Alimentaria podría ser condenada por un juez a pagar meses o años de prisión, dependiendo el tiempo de inasistencia que se compruebe; además la persona puede recibir una multa que debe pagar aparte de la cuota alimentaria.
¿Vale la pena demandar por alimentos?
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Pese a esto, expertos recomiendan inicialmente recurrir a la vía del derecho de familia que permite determinar un incumplimiento de cuota alimentaria y hablar de otras sanciones como embargo de salario, bienes y la prohibición de salir del país, entre otras.
Sin embargo en este proceso, a diferencia de la instancia penal, sí debe haber fijada, previamente, una cuota a través de un acta de conciliación, sentencia judicial o resolución administrativa, para iniciar el proceso de familia.
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En ambos casos los abogados recomiendan a las partes siempre llegar a acuerdos antes de acudir a instancias ya que terminan representando un desgaste para las partes y los más afectados son los menores de edad.
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