Con la llegada de un nuevo año, también se activan las responsabilidades tributarias para los ciudadanos de Bogotá. La Secretaría Distrital de Hacienda ha publicado la resolución SDH 000287 del 12 de diciembre de 2024, la cual establece las fechas claves del Calendario Tributario 2025 . Es esencial que los ciudadanos conozcan estas fechas para evitar sanciones y aprovechar los beneficios disponibles.
Esta sin las fechas del impuesto predial
Para quienes deben declarar y pagar el Impuesto Predial, la Secretaría ha dispuesto los siguientes plazos :
- Descuento por pronto pago: Hasta el 25 de abril, los ciudadanos podrán acceder a un 10 % de descuento.
- Fecha límite sin descuento: 11 de julio.
Además, los contribuyentes tienen la opción de acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario 'SPAC', que permite dividir el monto total en cuatro cuotas iguales sin intereses . La declaración inicial para optar por esta modalidad debe realizarse antes del 9 de mayo de 2025.
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Fechas de pago para el SPAC:
- Primera cuota: 6 de junio.
- Segunda cuota: 8 de agosto.
- Tercera cuota : 3 de octubre.
- Cuarta cuota: 5 de diciembre.
Estos serán los descuentos para el impuesto de vehículos
Los propietarios de vehículos también tienen la oportunidad de beneficiarse con el descuento por pronto pago:
- Con descuento del 10 %: Hasta el 16 de mayo.
- Pago total sin descuento: Hasta el 25 de julio.
Impuesto de industria y comercio (ICA)
Los contribuyentes del régimen común con ingresos que superen los $18.402.415 anuales (391 UVT en 2024) deben realizar pagos bimestrales. Las fechas para el ICA 2025 son:
- Primer bimestre : 4 de abril.
- Segundo bimestre: 13 de junio.
- Tercer bimestre: 15 de agosto.
- Cuarto bimestre: 10 de octubre.
- Quinto bimestre: 12 de diciembre.
- Sexto bimestre: 13 de febrero de 2026.
Para los Agentes de Retención de ICA (ReteICA), los plazos de pago son:
- Primer bimestre: 21 de marzo.
- Segundo bimestre: 23 de mayo.
- Tercer bimestre: 18 de julio.
- Cuarto bimestre: 19 de septiembre.
- Quinto bimestre: 21 de noviembre.
- Sexto bimestre: 16 de enero de 2026.
Para los demás impuesto como, tributos como Delineación Urbana , Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos, Publicidad Exterior, entre otros, también tienen fechas y procedimientos establecidos en la resolución SDH 000287. Los contribuyentes interesados pueden consultar el documento completo a través de los canales oficiales de la Secretaría Distrital de Hacienda.
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Cultura tributaria y beneficios para la ciudad
El cumplimiento de las obligaciones fiscales no solo evita sanciones, sino que también contribuye al desarrollo de Bogotá. Gracias a una buena cultura tributaria, la ciudad puede financiar programas y proyectos que beneficien a sus habitantes.
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— Hacienda Bogotá (@HaciendaBogota) January 7, 2025
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