La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) inició el 2025 con medidas contundentes para recuperar las deudas tributarias de miles de contribuyentes en Colombia.Bajo su estrategia “Al día con la Dian, le cumplo al país”, la entidad anunció que embargará 4.710 cuentas bancarias e instaurará 3.730 denuncias penales contra morosos que han incumplido con el pago de impuestos. Además, reforzará las visitas de inspección y la fiscalización digital para detectar inconsistencias en las declaraciones de renta.Resultados de la estrategia en 2024En 2024, la Dian logró recuperar $22,5 billones gracias a sus jornadas de cobro mensual. Sin embargo, todavía quedan 8.160 deudores con obligaciones pendientes por un total de $1,2 billones. Este año, la entidad está decidida a reducir este número con acciones más agresivas, incluyendo la colaboración con la Superintendencia Financiera para rastrear bienes y activos ocultos.¿Cómo saber si la Dian embargará tu cuenta bancaria?El embargo es una medida extrema que toma la Dian cuando el contribuyente no responde a las notificaciones de mora. Para saber si estás en la lista, ten en cuenta:Notificación formal: la Dian debe informarte antes de proceder al embargo.Consulta en línea: puedes verificar tu estado en el portal web de la Dian ingresando con su NIT o cédula.Atención telefónica: comunícate a las líneas de atención: (601) 7948883, (601) 4823294, 300 9140830.Atención presencial: visita una de las sedes de la Dian, donde podrás revisar tu situación tributaria y acceder a planes de pago para evitar sanciones.“Todos los canales de atención están habilitados para asesorar a los contribuyentes y ayudarles a liquidar sus deudas”, recordó Cecilia Rico, directora de gestión de impuestos de la Dian.Consecuencias de no pagar impuestosNo pagar tus impuestos puede traerte consecuencias graves, no solo económicas, sino también legales. La Dian ha reiterado que los procesos penales son una posibilidad real para quienes no cumplen con sus obligaciones.El Código Penal colombiano establece las siguientes penas:Omisión del agente retenedor o recaudador: quienes no consignen impuestos como IVA, retenciones o contribuciones públicas enfrentan penas de 48 a 108 meses de cárcel.Defraudación tributaria: este delito incluye omitir ingresos, declarar costos inexistentes o reclamar créditos fiscales indebidos. Las penas van de 36 a 60 meses, dependiendo del monto defraudado.Multas e intereses: además de sanciones penales, los morosos enfrentarán intereses de mora y multas adicionales que pueden triplicar el monto adeudado.Además de ser una obligación legal, el pago de impuestos es esencial para financiar programas sociales y el funcionamiento del país.La Dian ha reiterado a los colombianos la importancia de cumplir a tiempo con sus obligaciones tributarias para evitar procesos administrativos y penales: “Es importante tener en cuenta que el no cumplimiento de estas obligaciones puede desencadenar en la pena privativa de la libertad”.Este video te puede interesar: Transacciones por Nequi, ¿Debes declarar ante la Dian?
Con la llegada de un nuevo año, también se activan las responsabilidades tributarias para los ciudadanos de Bogotá. La Secretaría Distrital de Hacienda ha publicado la resolución SDH 000287 del 12 de diciembre de 2024, la cual establece las fechas claves del Calendario Tributario 2025. Es esencial que los ciudadanos conozcan estas fechas para evitar sanciones y aprovechar los beneficios disponibles.Esta sin las fechas del impuesto predialPara quienes deben declarar y pagar el Impuesto Predial, la Secretaría ha dispuesto los siguientes plazos:Descuento por pronto pago: Hasta el 25 de abril, los ciudadanos podrán acceder a un 10 % de descuento.Fecha límite sin descuento: 11 de julio.Además, los contribuyentes tienen la opción de acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario 'SPAC', que permite dividir el monto total en cuatro cuotas iguales sin intereses. La declaración inicial para optar por esta modalidad debe realizarse antes del 9 de mayo de 2025.Fechas de pago para el SPAC:Primera cuota: 6 de junio.Segunda cuota: 8 de agosto.Tercera cuota: 3 de octubre.Cuarta cuota: 5 de diciembre.Estos serán los descuentos para el impuesto de vehículosLos propietarios de vehículos también tienen la oportunidad de beneficiarse con el descuento por pronto pago:Con descuento del 10 %: Hasta el 16 de mayo.Pago total sin descuento: Hasta el 25 de julio.Impuesto de industria y comercio (ICA)Los contribuyentes del régimen común con ingresos que superen los $18.402.415 anuales (391 UVT en 2024) deben realizar pagos bimestrales. Las fechas para el ICA 2025 son:Primer bimestre: 4 de abril.Segundo bimestre: 13 de junio.Tercer bimestre: 15 de agosto.Cuarto bimestre: 10 de octubre.Quinto bimestre: 12 de diciembre.Sexto bimestre: 13 de febrero de 2026.Para los Agentes de Retención de ICA (ReteICA), los plazos de pago son:Primer bimestre: 21 de marzo.Segundo bimestre: 23 de mayo.Tercer bimestre: 18 de julio.Cuarto bimestre: 19 de septiembre.Quinto bimestre: 21 de noviembre.Sexto bimestre: 16 de enero de 2026.Para los demás impuesto como, tributos como Delineación Urbana, Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos, Publicidad Exterior, entre otros, también tienen fechas y procedimientos establecidos en la resolución SDH 000287. Los contribuyentes interesados pueden consultar el documento completo a través de los canales oficiales de la Secretaría Distrital de Hacienda.Cultura tributaria y beneficios para la ciudadEl cumplimiento de las obligaciones fiscales no solo evita sanciones, sino que también contribuye al desarrollo de Bogotá. Gracias a una buena cultura tributaria, la ciudad puede financiar programas y proyectos que beneficien a sus habitantes. Puedes seguir viendo: ¿Me pueden quitar el carro o la moto si no pago el impuesto vehicular?
El Distrito Capital ha definido el calendario tributario para 2025 a través de la resolución SDH 000287 del 12 de diciembre de 2024. Este documento establece los plazos para cumplir con las obligaciones fiscales en Bogotá, fundamentales para el desarrollo de proyectos y servicios en la ciudad.Impuesto PredialLos propietarios que deseen obtener un descuento del 10 % deben realizar el pago antes del 25 de abril de 2025. La fecha límite sin descuento es el 11 de julio de 2025. Para quienes prefieran diferir su pago, el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) permite dividir el monto en cuatro partes iguales sin intereses. La inscripción para esta modalidad debe realizarse antes del 9 de mayo de 2025.Las fechas de las cuotas son las siguientes:Primera cuota: 6 de junio de 2025Segunda cuota: 8 de agosto de 2025Tercera cuota: 3 de octubre de 2025Cuarta cuota: 5 de diciembre de 2025Impuesto de VehículosLos contribuyentes que busquen el descuento del 10 % tienen plazo hasta el 16 de mayo de 2025. El pago sin descuento podrá realizarse hasta el 25 de julio de 2025.Impuesto de Industria y Comercio (ICA)Los contribuyentes del régimen común con obligaciones superiores a $18.402.415 en 2024 (391 UVT) deberán cumplir con pagos bimestrales en las siguientes fechas:4 de abril de 202513 de junio de 202515 de agosto de 202510 de octubre de 202512 de diciembre de 202513 de febrero de 2026Para los agentes de retención, las fechas correspondientes son:21 de marzo de 202523 de mayo de 202518 de julio de 202519 de septiembre de 202521 de noviembre de 202516 de enero de 2026Los contribuyentes con ingresos menores a $18.402.415 o del régimen preferencial deberán presentar su declaración y pago a más tardar el 27 de febrero de 2026.Sobretasa BomberilEsta obligación aplica a quienes reporten ingresos netos superiores a 43.498 UVT ($2.047.233.000). Las fechas coinciden con los bimestres del ICA.Otros ImpuestosPara tributos como Delineación Urbana, Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos, y Publicidad Exterior, los detalles están disponibles en la resolución oficial. Los ciudadanos pueden consultarla para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.Con estos plazos, Bogotá busca mantener una adecuada gestión tributaria que permita sostener sus planes y programas en beneficio de la comunidad.Puedes seguir viendo: ¿Me pueden quitar el carro o la moto si no pago el impuesto vehicular?
¿Te imaginas comprar una casa a un precio mucho más bajo que el del mercado? Los remates de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) son una oportunidad perfecta para lograrlo. A través de subastas públicas, puedes adquirir propiedades como casas, oficinas y bodegas con descuentos de hasta el 70 %. Aquí te explicamos todo, paso a paso, para que no te pierdas esta oportunidad.Propiedades destacadas disponiblesLa DIAN ofrece bienes inmuebles en varias regiones del país. Algunas de las ofertas más llamativas incluyen:Tuluá, Valle del Cauca: Una casa de dos plantas, avaluada inicialmente en 191 millones de pesos, con un precio base de 134 millones.Barranquilla: Una casa con un descuento superior a 100 millones de pesos, disponible desde 221 millones. La audiencia para este remate será el 11 de diciembre.Bogotá: Un edificio en la Calle 125 No. 20 - 70, con un valor base de 338 millones de pesos.Estas subastas se realizan en la plataforma El Martillo, en alianza con el Banco Popular, donde encontrarás el catálogo completo y los términos para participar.¿Cómo inscribirse y participar?El proceso puede parecer complicado, pero es sencillo si sigues los pasos adecuados. Aquí te explicamos cómo hacerlo:Inscríbete en el RUT o Régimen Simple de Tributación: Este es el primer requisito. Si no estás inscrito, puedes hacerlo en la página oficial de la DIAN.Regístrate como postor: En el sitio web de la DIAN, busca la sección de remates y completa el registro como postor para participar en las subastas de bienes.Obtén tu firma electrónica: Este requisito es indispensable. Si aún no la tienes, solicítala directamente con la DIAN siguiendo sus instrucciones.Constituye un depósito judicial: Realiza un depósito del 40 % del avalúo del bien que te interesa. Este debe hacerse en el Banco Agrario de Colombia.Presenta tu oferta: La oferta debe realizarse dentro de los cinco días anteriores a la audiencia o durante la primera hora de apertura. Asegúrate de que tu oferta no sea inferior al 70 % del avalúo y adjunta el comprobante del depósito judicial.Detalles clave a tener en cuentaUna vez que presentas tu oferta, esta no puede ser retirada ni modificada. Además, debes estar atento al calendario de audiencias para no perder la oportunidad de participar. Los descuentos pueden variar entre el 30 % y el 70 %, dependiendo del bien, lo que representa un ahorro significativo frente al precio comercial.Si te interesa comprar una casa, oficina o bodega, este es el momento ideal para aprovechar los remates de la DIAN. Inscríbete, cumple con los requisitos y participa en la subasta. ¡Podrías llevarte una propiedad a un precio increíble!Puedes ver | Fotomultas: Diana Diago reveló todo sobre el proyecto
Colombia enfrenta una situación fiscal delicada que ha llevado al gobierno a plantear una reforma tributaria para recaudar más fondos. Esta medida busca generar ingresos adicionales por 12 billones de pesos, necesarios para cubrir un presupuesto nacional de 523 billones para el próximo año 2025. Aunque la reforma pretende ajustar la carga impositiva de forma equitativa, algunos sectores de la población, especialmente los trabajadores, podrían verse afectados por este cambio.¿Qué propone la reforma tributaria?La reforma tributaria en discusión tiene como objetivo modificar las tarifas del impuesto de renta tanto para personas naturales como para empresas. Algunos de los puntos más relevantes son:Aumento del impuesto de renta para quienes ganan más de 12 millones de pesos mensuales, con un incremento en la tasa del 39% al 41%.Reducción de la carga fiscal para las empresas grandes, disminuyendo el impuesto de renta del 35% al 30%.Beneficios para las Mipymes, que verán su tarifa reducida hasta un 27%, con el fin de incentivar la competitividad y fortalecer el entorno empresarial.¿Cómo afectaría la reforma tributaria a los trabajadores?El impacto más significativo de la reforma recaerá en los trabajadores de altos ingresos, quienes deberán "meterse la mano al dril" para asumir una mayor carga fiscal. A continuación, algunos de los efectos previstos:Disminución del poder adquisitivo: El aumento de impuestos podría reducir los ingresos disponibles de los trabajadores, afectando su capacidad de consumo y, en consecuencia, debilitando la demanda interna.Impacto en la economía: La menor capacidad de gasto de los trabajadores podría traducirse en una desaceleración del crecimiento económico, especialmente en sectores como el comercio y los servicios.Posible descontento social: Un mayor esfuerzo fiscal por parte de los trabajadores sin una mejora visible en los servicios públicos o beneficios podría generar malestar en la población.¿Qué pasará con la reforma tributaria en las empresas?Por otro lado, el gobierno busca aliviar la carga tributaria de las empresas, con el fin de fomentar la inversión y la competitividad. Las grandes empresas verán una reducción en su impuesto de renta, mientras que las Mipymes recibirán un alivio aún mayor. Según César Ferrari, superintendente financiero, esta medida permitirá a las empresas enfocarse en crecer y generar más empleo, lo que a largo plazo podría tener efectos positivos en la economía.La clave de la reforma tributaria está en encontrar un equilibrio entre aumentar los ingresos del Estado sin sofocar el poder adquisitivo de los trabajadores ni frenar la inversión empresarial. Los impuestos son esenciales para financiar sectores clave como la salud, la educación y la infraestructura, pero deben estar distribuidos de manera justa.Conoce las nuevas fechas para pago de 'Colombia sin Hambre'
La nueva reforma tributaria impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro ha generado todo tipo de reacciones, sobre todo a quienes gana más dinero, pues se impulsa un impuesto mayor a estas personas.El Gobierno Nacional ha radicado una nueva reforma tributaria que podría traer importantes cambios para los trabajadores de mayores ingresos en el país, una iniciativa que no es vista con buenos ojos por los medianos y grandes empresarios. Entre las modificaciones propuestas, destaca el ajuste del artículo 383 del Estatuto Tributario, lo cual impactaría lo que se conoce como retención en la fuente, la cual sería aplicada a quienes ganan más de 9,02 millones de pesos mensuales, es decir, más de 2.300 UVT (Unidades de Valor Tributario) al año.De ser aprobada, esta reforma incrementaría lo que se conoce como tarifa marginal, que actualmente es del 39%, cambiando así al 41%, lo que afectaría a un sector específico de la población trabajadora, la cual, según el Gobierno, no representa a la gran mayoría de ciudadanos. Según informes, aquellos que reciban salarios superiores a 10 millones de pesos al mes, verían un incremento significativo en la retención. Por ejemplo, si un trabajador devenga dicha cantidad, la retención en la fuente sería de 3,42 millones de pesos bajo la nueva normativa.El Ministerio de Hacienda ha presentado esta propuesta con el objetivo de incrementar los ingresos fiscales del Estado, pero los expertos advierten sobre el impacto que esto podría tener en los trabajadores de mayores ingresos. La discusión sobre este tema ha generado controversia, ya que muchas personas consideran que el ajuste es desproporcionado para un segmento específico de la población.Ahora, queda esperar los debates que se llevarán a cabo en el Congreso, donde los legisladores deberán analizar detenidamente los efectos de esta reforma en la economía de los colombianos con mayores ingresos. Aunque aún no hay una fecha fija para la aprobación, el tema ha generado amplio debate en diversos sectores económicos y políticos.Buscan prohibir que las clases en colegios inicien antes de las 7 am
La Secretaría Distrital de Hacienda puso en marcha un plan para ayudar a más de 900 mil contribuyentes que se encuentran en mora con Bogotá, ofreciendo beneficios en el pago de sus deudas tributarias. Durante los próximos días, los ciudadanos recibirán notificaciones por diversos canales, como mensajes de texto, correos electrónicos y cartas físicas, con el fin de ponerse al día en el pago de impuestos y evitar sanciones, intereses o incluso embargos.Las deudas relacionadas con los impuestos predial, vehículos y el impuesto de Industria y Comercio (ICA) de la vigencia de 2024 son el foco de esta campaña. Sin embargo, estos contribuyentes no podrán acceder automáticamente a los alivios tributarios ofrecidos. Para mayor información consulta aquí el sitio web de Hacienda Bogotá. El objetivo de estas notificaciones es recordar a los contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones tributarias que deben ponerse al día antes de que las deudas acumulen más intereses o sanciones.La Secretaría de Hacienda enfatiza que es fundamental que los ciudadanos verifiquen la autenticidad de las comunicaciones recibidas. Para evitar fraudes, es importante tener en cuenta lo siguiente:Los correos electrónicos se enviarán exclusivamente desde la cuenta certificada: haciendabogota@aldia.shd.gov.co .Los mensajes de texto provendrán de códigos, no de números de teléfono celular.Cualquier comunicación proveniente de fuentes no oficiales es falsa y busca engañar a los contribuyentes.¿Quiénes son los beneficiarios de los alivios tributarios?Para consultar si eres beneficiario de alguno de los alivios tributarios del Distrito consulta este link.La entidad también señaló que no solicita pagos por aplicaciones o billeteras digitales, ni ofrece descuentos por pagos inmediatos. Si recibe mensajes urgentes que instantáneamente a realizar pagos fuera de los canales oficiales, se recomienda ignorarlos para evitar fraudes.Recomendaciones para pagos y consulta de obligacionesPara aquellos que necesiten verificar o pagar sus deudas pendientes, se debe ingresar al portal oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda: www.haciendabogota.gov.co . Dependiendo del tipo de impuesto, las deudas se gestionarán de la siguiente manera:Impuesto Predial y de Vehículos : A través del botón "DESCARGA Y PAGA 2024-anteriores", disponible en la sección de “Trámites y servicios más consultados”.Impuesto de Industria y Comercio (ICA) y Pago de Impuesto Predial por Cuotas : En la opción de "OFICINA VIRTUAL".Fechas clave para los alivios tributariosFechaDescripción15 de octubre de 2024Fecha límite para solicitar facilidades de pago con alivios tributarios. Aplicación solo para contribuyentes con deudas en etapa de cobro.13 de diciembre de 2024Fecha límite para pagar con el beneficio de los alivios tributarios , que incluye reducción en intereses y sanciones.Aprovecha esta oportunidad para regularizar tus deudas y beneficiarte de los descuentos ofrecidos por los alivios tributarios Bogotá 2024 .Continúa viendo: Buscan prohibir que las clases en colegios inicien antes de las 7 am
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es un tributo directo que se aplica sobre los ingresos que perciben tanto personas como empresas. En Colombia, el ISR se cobra de acuerdo con la capacidad de pago de los contribuyentes, y su objetivo principal es recaudar fondos para financiar los servicios públicos y el desarrollo del país. A lo largo del año, las personas declaran sus ingresos y, en caso de haber pagado más de lo que corresponde según sus deducciones y exenciones, tienen derecho a recibir una devolución de la renta.El proceso de devolución del ISR se realiza una vez se revisan las declaraciones de los contribuyentes, y aquellos que hayan pagado en exceso pueden esperar un reembolso. La Agencia Tributaria tiene un plazo de seis meses, a partir de la fecha límite para presentar la declaración, para efectuar estas devoluciones. En 2024, los reembolsos podrán hacerse efectivos hasta el 30 de diciembre.El programa de devolución del IVA, por su parte, está dirigido a los hogares más vulnerables, con el fin de aliviar el impacto del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava el consumo de bienes y servicios. Este reembolso se otorga a familias en situación de pobreza o vulnerabilidad económica, registradas en el Sisbén.Prioridades para la devolución del IVA:A01: Hogares en situación de pobreza extrema.A02: Hogares en situación de pobreza moderada.A03: Hogares en situación de vulnerabilidad económica.A04: Hogares que, aunque no están en situación de pobreza, requieren apoyo.A05 e indígenas: Comunidades indígenas y hogares con alguna clasificación especial en el sistema.Además, otro grupo de hogares también es elegible, según su clasificación en el Sisbén:Hogares clasificados por Sisbén:B01B02B03B04Pasos para consultar si es beneficiario:Ingrese al sitio web oficial del programa de devolución del IVA.Seleccione la opción “Consulte aquí si su hogar es beneficiario”.Ingrese el tipo de documento, número y fecha de nacimiento.Haga clic en “Consultar”.Es importante que las familias beneficiarias del programa de Renta Ciudadana tomen en cuenta que deberán cumplir requisitos adicionales para recibir ambos apoyos al mismo tiempo, siempre y cuando se ajusten a los criterios establecidos por cada programa.La verdad detrás del supuesto bono de $30.000 de Daviplata
San Andrés, una joya del Caribe colombiano, es uno de los destinos turísticos más emblemáticos del país. Con su famoso mar de siete colores, la isla atrae a millones de visitantes cada año, deseosos de disfrutar de sus playas, su cultura y su oferta recreativa. Sin embargo, antes de planificar tu visita, es esencial conocer un requisito indispensable, la tarjeta de turismo. Es un documento obligatorio para todos los turistas que deseen ingresar a San Andrés. Esta medida no solo regula el flujo de visitantes, sino que también contribuye al mantenimiento de la infraestructura turística y a la preservación del delicado ecosistema de la isla. Para el año 2024, el costo de esta tarjeta ha sido actualizado, según lo estipulado en el Decreto 1086 de la Gobernación del Archipiélago.El nuevo valor de la tarjeta de turismo se ha establecido en 137.000 pesos colombianos, un incremento de 13.000 pesos respecto al año anterior. Este ajuste está vinculado al aumento de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que es la base para la fijación de impuestos y tarifas en Colombia. La DIAN, entidad encargada de definir este valor, ha establecido la UVT en 47.065 pesos para 2024, lo que ha repercutido en el costo de la tarjeta.Es recomendable adquirir la tarjeta de turismo antes de llegar a la isla, preferiblemente en el aeropuerto de origen. Esta tarjeta se encuentra disponible en aeropuertos nacionales e internacionales, agencias de viajes, y oficinas de turismo. Al comprarla con antelación, puedes evitar contratiempos y asegurarte de que tu ingreso a San Andrés sea fluido. Además de garantizar tu acceso a las playas paradisíacas y demás atractivos de la isla, el pago de la tarjeta de turismo es una forma de contribuir al desarrollo sostenible del turismo en la región. Este ingreso ayuda a financiar proyectos de conservación ambiental y mejora de la infraestructura, asegurando que San Andrés siga siendo un destino de ensueño para las futuras generaciones.Tiendas que niegan el servicio de préstamo del baño, les puede salir muy caro
La declaración de renta es un trámite obligatorio para todos los contribuyentes en Colombia, que deben presentarla anualmente ante la Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN).Sin embargo, algunos pueden preguntarse qué sucede si no se presenta esta declaración. A continuación, se presentan las consecuencias de no declarar renta en Colombia.Sanciones económicasLa DIAN establece sanciones para quienes no presenten la declaración de renta en el plazo establecido. Estas sanciones pueden variar dependiendo del tipo de contribuyente y el monto de los ingresos. Algunas de las sanciones económicas son:Intereses de mora: se calculan sobre la base de la tasa de interés de mora establecida por la DIAN.Sanciones por extemporaneidad: pueden ser del 1% al 5% del valor de los impuestos no declarados.Consecuencias legalesAdemás de las sanciones económicas, no declarar renta puede tener consecuencias legales, como:Procesos de cobro coactivo: la DIAN puede iniciar procesos de cobro coactivo para recaudar los impuestos no declarados.Inhabilitación para contratar con el Estado: los contribuyentes que no presenten la declaración de renta pueden ser inhabilitados para contratar con el Estado.Problemas con la administración tributariaNo declarar renta también puede generar problemas con la administración tributaria, como:Pérdida de beneficios tributarios: los contribuyentes que no presenten la declaración de renta pueden perder beneficios tributarios como deducciones o exenciones.Dificultades para obtener certificados de ingresos y retenciones: la DIAN puede rechazar la emisión de certificados de ingresos y retenciones para contribuyentes que no hayan presentado la declaración de renta.RecomendacionesEs importante presentar la declaración de renta dentro del plazo establecido para evitar sanciones económicas, consecuencias legales y problemas con la administración tributaria. Si ya pasó el plazo, es recomendable:Presentar la declaración de renta lo antes posible para minimizar las sanciones.Consultar con un asesor tributario para asegurarse de cumplir con todos los requisitos.¿Cómo saber si debo declarar renta?El procedimiento es bastante simple. Los contribuyentes deben ingresar a la página habilitada por la DIAN AQUÍ.También puede entrar a la página web de la DIAN y seguir estos pasos:Selecciona la opción "Consulte si debe declarar renta digitando su número de cédula aquí".Ingresa tu número de cédula, fecha de nacimiento y fecha de expedición de la cédula.La DIAN te indicará si debes declarar renta o no.Allí podrán encontrar toda la información necesaria para presentar su declaración de renta de manera rápida y segura. No esperes más, declara tus rentas y evita problemas con la DIAN.Puedes ver | Colapsó la plataforma de la Dian en la que se realiza el pago de declaración de renta