En plena temporada de obligaciones tributarias, miles de bogotanos ya se preparan para cumplir con el pago del impuesto predial . La Secretaría Distrital de Hacienda confirmó que los contribuyentes que realicen su pago antes del viernes 25 de abril de 2025 podrán acceder a un descuento del 10 %, aplicable a una amplia variedad de inmuebles en la ciudad.
El beneficio por pronto pago está dirigido a propietarios de casas, apartamentos, locales comerciales, edificios y predios rurales, y busca incentivar el cumplimiento puntual de esta obligación fiscal. De acuerdo con el Distrito, el pago puede realizarse de manera presencial o digital en diferentes entidades financieras habilitadas.
Estos son los bancos donde se te facilitará pagar el impuesto predial
Entre las entidades bancarias en las que los ciudadanos pueden pagar el impuesto predial, se encuentran:
- Bancolombia
- Davivienda
- BBVA
- Banco de Bogotá
- Banco AV Villas
- Banco de Occidente
Para los pagos presenciales, se recomienda llevar la factura impresa en láser, ya que esto permite la correcta lectura del código de barras por parte del sistema bancario. Según indicó la Secretaría de Hacienda, una vez efectuado el pago , este puede reflejarse hasta dos días hábiles después.
En el caso de quienes prefieran evitar filas y hacer el proceso desde casa, también está habilitada la opción de pago virtual a través de las plataformas digitales de los bancos autorizados o del portal web de la Secretaría de Hacienda.
¿Cómo solicitar la factura del impuesto predial?
Para descargar la factura del impuesto predial en Bogotá, los contribuyentes deben ingresar al portal oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda www.haciendabogota.gov.co .
Una vez allí, deben seleccionar la opción “Descargar factura” en la sección de impuesto predial, ingresar el número de CHIP o la dirección del predio, y verificar los datos. El sistema generará el documento en PDF , que se puede guardar o imprimir en calidad láser para realizar el pago en los bancos autorizados o por medios digitales.
Exenciones y predios exceptuados
No todos los predios están obligados al pago. Según la normativa vigente, algunos bienes están exentos, entre ellos:
- Salones comunales
- Parques públicos
- Tumbas
- Instalaciones de uso militar
Estos predios, por su naturaleza colectiva o especial, no generan la obligación del tributo, de acuerdo con el marco normativo tributario del Distrito.
Recomendaciones al pagar el impuesto predial
La Secretaría de Hacienda hizo un llamado a los ciudadanos para no dejar el pago para última hora, especialmente si desean acogerse al descuento del 10 %, el cual solo estará vigente hasta el 25 de abril. Una vez superada esta fecha, el impuesto deberá ser pagado en su totalidad sin beneficios económicos adicionales.
La medida no solo busca mejorar la cultura tributaria en la ciudad, sino también garantizar recursos importantes para el financiamiento de programas sociales, infraestructura y servicios públicos.
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