El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ordenó el retiro del mercado colombiano de ciertos esmaltes semipermanentes para uñas que contienen componentes químicos que representan un riesgo para la salud humana, según un comunicado oficial difundido por la entidad sanitaria.
La medida se adoptó en cumplimiento de una decisión de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), de la cual Colombia hace parte, que prohíbe el uso de dos sustancias presentes en algunos de estos productos cosméticos.
Las normas establecidas en la Resolución 2548 de 2025 determinan que los fabricantes y comercializadores deben retirar del mercado aquellos esmaltes que incluyan los compuestos prohibidos antes de que venza el plazo de 60 días otorgado por la regulación.
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¿Cuáles son los componentes en los esmaltes que representan un riesgo para la salud?
Los ingredientes implicados son Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidina (DMPT).
De acuerdo con el análisis realizado por organismos técnicos, el TPO está asociado con toxicidad reproductiva y sensibilidad cutánea, mientras que el DMPT presenta un potencial carcinogénico, lo que motivó su inclusión en la lista de sustancias prohibidas en productos cosméticos.
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Estas conclusiones se sustentan en estudios realizados por la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) y presentados ante el Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias en Sanidad Humana de la CAN, que tomaron como referencia evidencia científica sobre los efectos adversos vinculados al uso de estas sustancias.
El Invima explicó que la medida busca proteger tanto a los consumidores como a los trabajadores del sector de la belleza, quienes están en contacto frecuente con los productos.
El organismo señaló que la exposición repetida a estos químicos puede ocasionar reacciones dermatológicas, sensibilización de la piel y otros efectos en la salud que no se consideran aceptables para productos de uso cosmético.
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El plazo de 60 días para el retiro de los esmaltes semipermanentes que contengan TPO o DMPT comenzó a regir a partir de la publicación de la normativa en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 15 de diciembre de 2025.
Cumplido este término, los productos que sigan comercializándose con estos ingredientes verán canceladas automáticamente sus notificaciones sanitarias, lo que impedirá su venta legal en el país.
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Además del retiro del mercado, las autoridades han recomendado a los consumidores verificar que los productos cosméticos que adquieren cuenten con registro sanitario vigente, una exigencia que garantiza la evaluación previa de seguridad, calidad y eficacia por parte del Invima.
En ese sentido, también se sugiere evitar esmaltes de origen desconocido o importados sin la respectiva certificación, pues podrían contener ingredientes no autorizados.
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La decisión se enmarca en esfuerzos más amplios de la CAN para establecer estándares de seguridad cosmética alineados con prácticas internacionales, como las adoptadas por la Unión Europea, donde ya se habían identificado los riesgos derivados de estos compuestos.
La medida afecta a fabricantes, distribuidores y puntos de venta que deberán cumplir con los plazos establecidos y asegurar que sus inventarios no incluyan productos que contengan las sustancias prohibidas. De no hacerlo, las notificaciones sanitarias de tales productos serán canceladas automáticamente, conforme a la normativa vigente.
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