Muchos no saben, pero además de las prestaciones sociales como la salud, las pensiones y los riesgos laborales, existe también algo llamado auxilio funerario , esta ayuda está pensada para financiar los costos del funeral de un ser querido a través de las entidades prestadoras de seguridad social, quienes asumen los costos.
Además de ser un salvavidas en situaciones económicas difíciles , hay que resaltar que se puede pedir este auxilio, ya sea en el ámbito público o privado, así mismo no es necesario que haya un parentesco con la persona fallecida , lo que le da un mayor alcancé al beneficio.
Para solicitar este auxilio, debes presentar la documentación necesaria que demuestre haber cubierto los gastos del funeral , como facturas y recibos de pago . Es fundamental cumplir con el plazo establecido por ley, que es de un año desde el fallecimiento del afiliado , para poder acceder a este beneficio.
En cuanto al monto del auxilio funerario, este se determina según lo establecido en los artículos 51 y 86 de la ley 100 de 1993 . En caso de que el difunto estuviera pensionado, el auxilio corresponderá al valor de la pensión que recibía. En caso contrario, se calculará en base al último salario cotizado por el trabajador. Este auxilio oscilará entre 5 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes , proporcionando un respaldo económico significativo en momentos difíciles.
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Este auxilio está dirigido a cualquier persona que haya asumido los costos del funeral del afiliado , ya sea que este estuviera pensionado o simplemente afiliado y al día con sus contribuciones a la seguridad social. La entidad prestadora de seguridad social correspondiente será la encargada de gestionar el otorgamiento de este auxilio.
En momentos de duelo y dificultad, el auxilio funerario se presenta como un recurso invaluable que brinda un alivio económico a quienes enfrentan la pérdida de un ser querido, garantizando así un apoyo integral dentro del sistema de seguridad social en Colombia.
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