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Alivio a miles de inquilinos: Alcaldía de Bogotá evita nuevo cobro por reforma tributaria

La Alcaldía confirmó que este cobro no afectará la tarifa mensual de energía ni el bolsillo de los arrendatarios.

Nuevo cobro en el impuesto predial de Bogotá 2027: estratos, exenciones y reglas para inquilinos
Nuevo cobro en el impuesto predial de Bogotá 2027: estratos, exenciones y reglas para inquilinos
Foto: Gemini

Tras un debate intenso entre los concejales, la corporación dio luz verde al proyecto de reforma tributaria impulsado por el alcalde Carlos Fernando Galán mediante la aprobación del Acuerdo 724 de 2026, el cual obtuvo 24 votos a favor.

Esta medida busca fortalecer las finanzas del Distrito, dinamizar la inversión urbana y modernizar la infraestructura vial y de alumbrado.

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Sin embargo, la creación de un nuevo cobro generó inquietud entre los bogotanos, especialmente sobre a quiénes les tocará pagarlo.

Uno de los puntos centrales del acuerdo es la implementación de una sobretasa destinada a financiar un sistema de alumbrado público inteligente.

La administración distrital proyecta cambiar las luminarias tradicionales por modelos de tecnología LED, integrando además sensores, telegestión y monitoreo remoto para apoyar directamente la seguridad y la movilidad en las calles.

¿Los inquilinos en Bogotá tienen que pagar el nuevo cobro de alumbrado público?

Si vives en una vivienda bajo la modalidad de arriendo, la respuesta corta y directa es no. La Alcaldía Mayor de Bogotá aclaró expresamente que las personas que rentan no tendrán que asumir este nuevo costo en sus presupuestos mensuales.

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La razón técnica radica en la forma de recaudo elegida por la administración. Este nuevo cobro no se incluirá ni se facturará en el recibo mensual del servicio público de energía o luz.

En su lugar, la sobretasa estará vinculada de forma exclusiva a la liquidación del impuesto predial que se paga cada año por cada inmueble.

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Dado que el impuesto predial es una obligación tributaria propia de los propietarios de los inmuebles y no de los arrendatarios, los inquilinos quedan totalmente libres de pagar este valor adicional.
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¿Quiénes sí deben pagar la sobretasa de alumbrado público en el impuesto predial y desde cuándo?

El cobro de la sobretasa en el impuesto predial estará focalizado según la capacidad de pago y aplicará únicamente para los predios ubicados en los estratos 4, 5 y 6.

Si eres propietario de un inmueble en alguno de estos tres estratos, el impacto del cobro se verá reflejado de forma directa en el recibo tributario del impuesto predial a partir de enero del año 2027.

La Alcaldía reiteró que la medida busca que la financiación de la infraestructura de 'Ciudad Inteligente' esté distribuida con criterios de equidad tributaria, asegurando que los aportes estén condicionados a la naturaleza y estratificación de cada predio en la ciudad.

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¿Qué exenciones existen para los estratos 1, 2, 3 y los registrados en el Sisbén?

Para proteger a las familias de menores ingresos, la reforma tributaria contempla exenciones específicas que benefician a la mayoría de los hogares de la capital:

  • Estratos 1, 2 y 3: Las viviendas situadas en estos estratos quedan exentas del pago de la sobretasa, siempre y cuando el valor del cálculo de su impuesto predial no supere las 20.000 UVT. Para el año 2026, dicho tope equivale aproximadamente a $1.047 millones de pesos. Por ejemplo, si una propiedad de estrato 2 registra un avalúo o cálculo predial de $300 millones de pesos, no tendrá que pagar la sobretasa de alumbrado.
  • Hogares vulnerables: El beneficio aplica igualmente para las viviendas pertenecientes a hogares categorizados en condición de pobreza extrema, pobreza moderada o vulnerabilidad.
  • Propietarios en el Sisbén o RUI: Si en una propiedad residencial o en un predio comercial de estratos 4, 5 y 6 al menos uno de los propietarios está registrado en los grupos A, B o C del Sisbén o del RUI, el inmueble quedará eximido del cobro tributario.

De esta manera, la normativa aprobada por el Concejo asegura la modernización tecnológica del alumbrado en Bogotá sin cargar las facturas mensuales de luz de los arrendatarios ni golpear los ingresos de la población más vulnerable.