En Colombia, el incumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte del progenitor no es, por sí mismo, una causal para quitar el apellido paterno a un hijo. Sin embargo, existen mecanismos legales que pueden ayudar a resolver situaciones de este tipo. A continuación, se describe un enfoque general sobre cómo abordar esta problemática:1. Incumplimiento de la Cuota AlimentariaLo primero que debe hacerse es intentar resolver el problema del incumplimiento de la cuota alimentaria. Según el Código de Infancia y Adolescencia en Colombia, el progenitor tiene la obligación de contribuir económicamente al sostenimiento de sus hijos. Si el padre no cumple con esta obligación, se puede iniciar un proceso legal para exigir el pago de la cuota alimentaria.Para ello, es necesario acudir a una Comisaría de Familia o a un juez de familia. Se debe presentar una demanda de alimentos, en la cual se expondrá la situación y se solicitará la fijación de una cuota alimentaria. El juez podrá ordenar al progenitor incumplido que pague una suma mensual destinada al mantenimiento del hijo. En caso de persistir el incumplimiento, el juez puede imponer sanciones como el embargo de bienes o, en casos extremos, la privación de la libertad.2. Cambio de apellidoSi el objetivo es cambiar el apellido del hijo debido al incumplimiento de las obligaciones paternas, se deben considerar ciertos aspectos legales. Según el Código Civil Colombiano, el cambio de apellido de un menor de edad es un proceso complejo que generalmente requiere el consentimiento de ambos padres y la autorización de un juez.¿Qué hay que hacer para cambiar el apellido a un hijo?Solicitud Formal: se debe presentar una solicitud formal ante un juez de familia. Esta solicitud debe estar bien fundamentada y justificar las razones para el cambio de apellido. El incumplimiento de las obligaciones alimentarias puede ser uno de los argumentos presentados, aunque por sí solo no suele ser suficiente.Pruebas: es fundamental presentar pruebas que respalden la solicitud. Esto incluye evidencia del incumplimiento de la cuota alimentaria, y cualquier otro factor que demuestre que mantener el apellido del progenitor es perjudicial para el bienestar del menor.Audiencia: el juez convocará a una audiencia en la cual se escucharán los argumentos de ambas partes. Es posible que se solicite la participación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para evaluar la situación del menor y emitir un concepto sobre el cambio de apellido.Decisión judicial: el juez emitirá una decisión basada en el interés superior del niño. Si se considera que el cambio de apellido es lo mejor para el menor, se ordenará el cambio en el registro civil.Es importante tener en cuenta que el proceso judicial puede ser largo y complejo. Además, el bienestar del menor es el principal criterio que el juez considerará al tomar una decisión. Si se demuestra que el cambio de apellido es necesario para proteger los derechos y el bienestar del niño, el juez puede acceder a la solicitud.En cualquier caso, es recomendable contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho de familia, quien puede guiar adecuadamente a lo largo del proceso y ayudar a presentar un caso sólido ante el juez.En todo caso recuerda que quitarle el apellido paterno a un hijo no es un proceso sencillo y requiere justificar que dicho cambio es en beneficio del menor. Aunque el incumplimiento de la cuota alimentaria puede ser un factor importante, no es la única consideración. El camino más adecuado es seguir los canales legales para asegurar el bienestar del niño, comenzando por garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a través de los mecanismos judiciales disponibles.Puedes ver: Qué es la cuota de alimentos en Colombia
La cuota alimentaria, un término que va más allá de una simple obligación financiera, constituye un pilar fundamental en el compromiso por asegurar el bienestar de los niños y niñas en Colombia, especialmente en el contexto de padres separados. Este compromiso, reconocido tanto por la legislación colombiana como por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, implica mucho más que la mera provisión de alimentos básicos.La responsabilidad de quienes deben suministrar la cuota alimentaria abarca todo lo necesario para garantizar la vida, el cuidado y el desarrollo armónico del menor en todos sus aspectos. Desde la alimentación diaria hasta la educación, la salud, el vestido, la recreación y la formación integral, cada aspecto de la vida del niño o niña debe ser atendido dentro de este compromiso compartido.Es importante entender que la cuota alimentaria puede ser tanto en efectivo como en bienes o servicios concretos, dependiendo de lo acordado por las partes involucradas. Si bien es común establecerla en términos monetarios, las alternativas en especie también son válidas y pueden incluir, por ejemplo, asumir directamente la responsabilidad de la educación o proveer los alimentos directamente.Sin embargo, cualquier acuerdo sobre la cuota alimentaria, ya sea en efectivo o en especie, debe quedar debidamente documentado para evitar confusiones o disputas futuras. Es crucial especificar claramente el valor, modalidad, tiempo y lugar de entrega, así como la periodicidad de los pagos en especie. Además, si existe un acuerdo previo para el pago en efectivo, este debe ser cumplido obligatoriamente, y cualquier cambio en la modalidad de pago requerirá un nuevo acuerdo entre las partes involucradas.La obligación de la cuota alimentaria representa un compromiso esencial para asegurar el bienestar integral de los hijos e hijas en Colombia. Más allá de un deber financiero, es una responsabilidad que demanda claridad, responsabilidad y compromiso por parte de quienes la asumen, contribuyendo así a garantizar un futuro sólido y prometedor para las generaciones venideras.Por otro lado, si entre la expareja hay dos hijos o más es necesario que quien solicite la cuota de alimentos o interponga la demanda tenga un estimado de cuánto son los gastos por cada uno de ellos, teniendo en cuenta que se puede conciliar para que se le otorgue en una misma cuota la manutención de los tres menores. La ley establece que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50% del salario mensual y se reparte proporcionalmente según el número y cantidad de hijos que tenga el padre o la madre obligado a pasar la cuota. Es importante recordar que en la cuota alimentaria se incluyen no sólo los alimentos sino también vivienda, arriendo, servicios, educación, salud, vestuario, recreación, transporte y todo lo que el menor de edad necesite para para su desarrollo integral.Para obtener más información sobre este tema, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ofrece recursos y orientación relevantes. Puedes consultar su página web: En este enlace puede acceder a información detallada sobre la cuota alimentaria según el ICBFPuedes ver: Cuota alimentaria a hijos: hasta qué edad es obligación
Cuando una pareja decide separarse y tiene hijos en común, una de las cuestiones más importantes que deben resolver es cómo se distribuirán los gastos relacionados con la crianza y el cuidado de los hijos, incluida la cuota alimentaria. Esta contribución tendrá que ser destinada a cubrir los gastos básicos de los niños, como alimentación, educación, salud y recreación, sin embargo, surge la pregunta: ¿deben mamá y papá pagar la misma cantidad de cuota alimentaria?Para responder a esta pregunta y establecer la cuota alimentaria de manera justa y equitativa, existen varios procedimientos legales que pueden seguirse. En primer lugar, se recomienda que los padres intenten llegar a un acuerdo entre ellos sobre la cantidad que cada uno contribuirá. Este acuerdo puede hacerse de forma directa o a través de un proceso de conciliación, en el cual se busca la mediación de una autoridad competente, como el comisario de familia o el defensor de familia.Si los padres no logran llegar a un acuerdo o si uno de ellos no asiste al proceso de conciliación, la autoridad competente puede fijar la cuota alimentaria de manera definitiva. Esta decisión se basará en varios factores, incluyendo los ingresos de los padres y las necesidades específicas de los niños. Es importante destacar que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50% de los ingresos del padre o la madre obligada a pagarla, y se distribuirá de manera proporcional según el número de hijos que tenga.Además, esta cuota puede modificarse en el futuro si cambian las circunstancias económicas de los padres o las necesidades de los niños.En caso de que uno de los padres no cumpla con el pago de la cuota alimentaria, el otro puede iniciar un proceso para exigir su cumplimiento. Esto puede implicar el embargo de bienes o salarios del deudor, así como la imposición de medidas para garantizar el pago futuro de las cuotas.En conclusión, la pregunta sobre si mamá y papá deben pagar la misma cantidad de cuota alimentaria es sí, pero depende de los ingresos de cada uno. El hecho de que sea la madre o el padre, no significa que deba dar menos. Todo dependerá lo que devengue y el acuerdo realizado en caso de conciliación. Vea también: Hermanos Mucutuy: imágenes y datos inéditos del accidente
En el compromiso por asegurar el bienestar de los niños y niñas, la cuota alimentaria es un pilar fundamental dentro del proceso de educación y crecimiento de los niños con padres separados. Este término abarca los recursos mensuales que deben suministrar los padres o madres obligados, con el fin de garantizar la adecuada manutención de sus hijos e hijas. Más allá de ser una simple obligación legal, representa el soporte vital para cubrir las necesidades básicas de los menores.La Corte Constitucional siempre ha insistido en la trascendencia del derecho de alimentos, especialmente cuando se trata de menores de edad. En este contexto, los padres u obligados a suministrarlos asumen una gran responsabilidad. Reconocen que este derecho es esencial para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, quienes, por su condición de dependencia, se encuentran en una posición de vulnerabilidad que demanda atención y cuidado¿Qué implica exactamente este compromiso? La respuesta abarca mucho más que la mera provisión de alimentos básicos. La cuota alimentaria engloba todo lo necesario para garantizar la vida, el cuidado y el desarrollo armónico del menor en todos sus aspectos. Desde la alimentación diaria hasta la educación, la salud, el vestido, la recreación y la formación integral, cada aspecto de la vida del niño o niña debe ser atendido dentro de esta responsabilidad compartida.¿La cuota alimentaria solo se puede pagar con dinero?Ahora bien, es natural preguntarse si la cuota alimentaria se limita únicamente al dinero. La respuesta es no. Aunque es común que se establezca en términos monetarios, las partes involucradas pueden acordar alternativas en especie. Esto implica, por ejemplo, asumir directamente la responsabilidad de la educación, proveer los alimentos directamente, cubrir el costo del alojamiento, entre otras posibilidades. Sin embargo, es crucial que estos acuerdos queden debidamente documentados preferiblemente ante una comisaría de familia o abogado para evitar confusiones o disputas futuras.Entonces el pago de la cuota alimentaria puede ser tanto en efectivo como en bienes o servicios concretos. En el caso de los pagos en especie, estos deben ser evaluables en términos monetarios, especificando claramente su valor, modalidad, tiempo y lugar de entrega, así como su periodicidad. Es importante recordar que, si existe un acuerdo previo para el pago en efectivo, es obligatorio cumplir con este compromiso. Cualquier cambio en la modalidad de pago requerirá un nuevo acuerdo entre las partes involucradas.La obligación de la cuota alimentaria va más allá de un simple deber financiero. Representa el compromiso de asegurar el bienestar integral de los hijos e hijas, abarcando todas sus necesidades básicas y contribuyendo a su desarrollo en todos los ámbitos de la vida. Es un deber que demanda responsabilidad, claridad y compromiso por parte de quienes lo asumen, con el fin de garantizar un futuro sólido y prometedor para las generaciones venideras.En este enlace encuentras lo que dice al respecto el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.También puedes ver: Consulta con tu cédula si estás a punto de un embargo por suplantación
En Colombia, la cuota de alimentos es una obligación legal que tienen los padres para asegurar el sustento de sus hijos, incluyendo alimentación, vivienda, educación y salud, entre otros aspectos esenciales. La cuantía de esta cuota no está preestablecida por una tarifa fija, sino que depende de varios factores, entre ellos las necesidades del menor y la capacidad económica del padre o madre que debe proveer la cuota.Según el artículo 24 del código de Infancia y Adolescencia los padres tienen la responsabilidad de proveer los alimentos necesarios para sus hijos, sin importar su situación laboral. Esto significa que incluso si un padre se encuentra desempleado, sigue siendo responsable de garantizar el sustento de sus hijos.En casos donde el padre o madre no tiene empleo o ingresos fijos, aún está obligado a contribuir a la manutención de sus hijos, pero la cuantía de esta contribución puede ajustarse a su capacidad económica actual. Si no tiene trabajo, se consideran otros posibles ingresos o recursos que pueda tener, como inversiones, rentas de propiedades, o apoyo de familiares. Además, la justicia puede tomar medidas para garantizar que se busque empleo o se generen ingresos de alguna forma.Si el padre o madre no tiene absolutamente ninguna fuente de ingreso y su situación económica es precaria, el juez puede establecer una cuota mínima o simbólica, buscando equilibrar el derecho del menor a recibir alimentación y el estado de necesidad del progenitor. También pueden evaluarse recursos como el apoyo de la familia extensa o programas de asistencia social.También es posible que el juez tome en cuenta diversos factores, como la situación laboral anterior, los ingresos anteriores, la búsqueda activa de empleo y cualquier otro elemento relevante para determinar si la cuota de alimentos debe ser ajustada.En resumen, incluso sin empleo, un padre no queda exento de su obligación alimentaria, pero la cuantía de la misma se ajustará a su situación económica real y puede ser revisada y ajustada por un juez según cambien las circunstancias.¿Cómo puedo cumplir con la cuota alimentaria si se redujeron mis ingresos?Según el Instituto Colombiano de Bienestar familiar, en caso de que el padre o la madre que está obligado a cumplir con la cuota haya reducido sus ingresos o se haya quedado desempleado debe acudir al centro zonal del ICBF más cercano a donde se encuentre el menor de edad y solicitar la revisión de la cuota, teniendo en cuenta sus ingresos reales y las necesidades mensuales del menor de edad. En todo caso, como se mencionó anteriormente la obligación no cesa, así sea un monto inferior debe continuar respondiendo por dicha obligación, en ningún caso podrá quedar eximido. También puedes ver: ¿Cuáles son las causales de divorcio?
La cuota de alimentos, un concepto crucial en el ámbito legal colombiano, constituye una obligación financiera destinada a garantizar el sustento de aquellos que, por diversas circunstancias, no pueden proveerse por sí mismos. En el marco de las relaciones familiares, la legislación colombiana establece claros lineamientos sobre quiénes están obligados a pagarla y en qué circunstancias aplica.Se define como la suma de dinero destinada a cubrir las necesidades básicas de una persona, tales como alimentación, vivienda, salud, educación y vestuario. Este concepto está respaldado por la Constitución Política de Colombia, que establece el deber de protección del Estado hacia la familia, así como por el Código Civil y otros instrumentos jurídicos que detallan las responsabilidades y derechos de los individuos en materia alimentaria.A cuánto equivale la cuota alimentaria en Colombia teniendo en cuenta el salario mínimoSegún lo reportado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el monto de la cuota de alimentos depende de cada caso en particular y aunque en la legislación colombiana no existe una fórmula exacta que determine la cuantía de la obligación alimentaria a cargo de la persona que debe brindarla, hay varios factores que deben tenerse en cuenta para la fijación de la cuota, como son:Las obligaciones alimentarias del progenitor o progenitora con otras personas a quienes por ley también les debe alimentos (ej.: otros hijos, cónyuge, padres, entre otros.)El límite máximo de la cuota de alimentos es del 50% del salario del responsable.La capacidad económica del progenitor o progenitora obligado (a) dar alimentos.Las necesidades reales, sociales y económicas del niño, niña o adolescente.Si el obligado a suministrar alimentos no labora o sus ingresos son insuficientes, el cálculo de la cuota de alimentos se determina sobre el salario mínimo legal vigente.Es decir que si el salario mínimo en Colombia es de $1.300.000, y considerando que la cuota alimentaria puede comprender hasta el 50% del sueldo, entonces la persona que gane el salario mínimo estaría obligada a pagar hasta $650.000 por concepto de cuota alimentaria. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este es el máximo establecido y el monto final puede variar dependiendo de las circunstancias específicas del caso, así como de las decisiones tomadas por las autoridades judiciales correspondientes.Quiénes están obligados a pagar la cuota alimentariaSegún la legislación colombiana, la obligación de pagar la cuota de alimentos recae principalmente en los padres respecto a sus hijos menores de edad. Esta responsabilidad se extiende más allá de la relación matrimonial, abarcando también a parejas que conviven en unión libre. Además, los padres están obligados a proporcionar alimentos a sus hijos mayores de edad en situaciones específicas, como cuando estos están cursando estudios o tienen alguna discapacidad que les impide valerse por sí mismos.Asimismo, la ley colombiana establece que los abuelos pueden ser llamados a cubrir la cuota de alimentos en casos excepcionales, por ejemplo, cuando los padres no tienen los medios económicos suficientes para cumplir con esta obligación o cuando existen circunstancias que lo ameriten.¿En qué casos aplica pagar la cuota alimentaria?Separación o Divorcio: En casos de separación o divorcio, el cónyuge que no tiene la custodia de los hijos menores puede ser requerido por la ley para contribuir con una cuota de alimentos para su manutención.Unión Libre: Las parejas que conviven en unión libre también están sujetas a la obligación de pagar la cuota de alimentos si tienen hijos en común o si alguno de los miembros de la pareja depende económicamente del otro.Hijos mayores de edad: Los padres pueden estar obligados a pagar la cuota de alimentos a sus hijos mayores de edad en situaciones específicas, como cuando estos están cursando estudios superiores o técnicos, o si tienen alguna discapacidad que les impida trabajar y valerse por sí mismos.Familia extendida: En circunstancias excepcionales, los abuelos u otros parientes cercanos pueden ser requeridos por la ley para contribuir con una cuota de alimentos, especialmente cuando los padres no tienen los recursos suficientes para cumplir con esta obligación.La cuota de alimentos es un pilar fundamental destinado a garantizar el bienestar y la protección de los más vulnerables dentro de la sociedad. A través de su aplicación, se busca asegurar que todas las personas, especialmente los niños y los dependientes, tengan acceso a los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas y vivir con dignidad. También puedes ver: ¿Por qué Jessi Uribe paga tanto de cuota alimentaria?
El municipio de Santa Rosa de Cabal, en Risaralda, se vio sacudido por un repugnante caso de maltrato infantil que ha dejado a la comunidad consternada. Dos pequeños eran quemados, golpeados y amarrados por su padrastro.Imágenes capturadas por la Policía de Infancia y Adolescencia muestran el momento en que irrumpen en el lugar donde los dos menores de 4 y 6 años estaban siendo sometidos a todo tipo de abusos por parte de su padrastro y su propia madre, quien permitía estos terribles actos.En el lugar del horror, los pequeños no se quedaron callados. En medio del desgarrador relato de su sufrimiento, revelaron detalles escalofriantes de los abusos a los que eran sometidos a manos de quienes, en teoría, deberían protegerlos. Según las investigaciones llevadas a cabo por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), los niños eran amarrados, quemados y golpeados de manera frecuente.Del caso se sabe que la madre y su compañero sentimental, responsables de estas acciones despiadadas, han sido capturados y enfrentarán un posible proceso judicial que podría llevarlos tras las rejas por el delito de maltrato infantil. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) ha asumido la custodia de los dos menores, de 4 y 6 años de edad, víctimas de un caso alarmante de maltrato infantil en Santa Rosa de Cabal, Risaralda. Después de que salieran a la luz imágenes perturbadoras que mostraban el calvario al que eran sometidos por parte de su padrastro y su madre, el ICBF ha intervenido para garantizar su protección y bienestar.Los niños serán asignados a un hogar de paso, donde recibirán la atención y el cuidado necesarios para iniciar su proceso de recuperación física y emocional. Las narraciones impactantes de los pequeños, en las que detallan los abusos sufridos, han conmovido a la comunidad.El caso, que se presentó a principios de enero de 2023, ha generado indignación y repudio en todo el país. La violencia contra los niños es inaceptable y debe ser enfrentada con firmeza por parte de las autoridades y la sociedad en su conjunto.El ICBF ha anunciado que se llevará a cabo una investigación exhaustiva para determinar las circunstancias exactas del caso y garantizar que se haga justicia. Mientras tanto, los menores recibirán el apoyo y la atención necesarios para superar este terrible episodio en sus vidas.'Rápidito' con Luisito Muñoz
Familiares de Jesús David, un bebé de nacionalidad venezolana, piden justicia y claridad en el caso luego de que confirmaran la muerte de su pequeño en un hogar de paso del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Jeremy Carolina Villareal Villareal, madre del bebé, explicó que Jesús nació el 15 de julio de 2022; sin embargo, a los pocos días el ICBF les retiró al menor argumentando que la pareja no contaba con las condiciones económicas para su cuidado. Tras poco más de un año sin su bebé, la mujer de 22 años reveló que recientemente fue a su visita habitual mensual y fue en ese momento que le informaron que Jesús estaba en el hospital de San Joaquín, en Pereira, con un grave problema de salud.Al llegar al lugar, los médicos le informaron que Jesús había ingresado sin signos vitales. Además, le explicaron que falleció asfixiado por una broncoaspiración. La abogada de Medicina Legal le dijo a la familia que, supuestamente, la madre sustituta acostó a Jesús para una siesta. Cuando fue a despertarlo, ya estaba "morado" porque se ahogó con su propio vómito."Eso fue lo único que nos dijeron de la causa de muerte. Luego, cuando fuimos a la funeraria, nos dijeron que el cuerpo no lo habían arreglado porque aún no habían traído la ropa", dijo Laura Ortíz, tía del bebé, a El Espectador.La investigación ha sido trasladada a la Fiscalía General de la Nación, que ha tomado cartas en el asunto. Informaron sobre la reubicación de los otros niños que se encontraban en el mismo hogar de acogida. Sin embargo, para la familia de Jesús, estas acciones no son consideradas como suficientes y continúan exigiendo justicia por la trágica muerte del pequeño.Te puede interesar: Magia para conseguir dinero en los semáforos: De 5 en 5
Una terrible tragedia sacudió a la comunidad en el municipio de Villamaría, departamento de Caldas, cuando un ataque de un perro pitbull cobró la vida de una niña de 28 meses en un hogar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). El trágico incidente tuvo lugar el 31 de octubre, cuando la pequeña Karen Granada se encontraba bajo el cuidado de un adulto que se retiró momentáneamente a la cocina. En ese breve lapso, el perro se abalanzó sobre la niña, causándole graves lesiones que lamentablemente resultaron mortales.El alcalde de Villamaría, José Orbay Marín, confirmó esta trágica noticia y expresó su consternación. "Con mucha tristeza recibimos esta trágica noticia, el perro agrede a esta niña donde según las versiones fue algo muy instantáneo, la señora no pudo hacer nada porque el perro no soltó a la niña, y lo que hizo fue acabar con la vida de Karen Dahiana Granada, esto está en Medicina Legal y el ICBF también nos dará un informe detallado sobre el seguimiento", señaló Marín en una entrevista con Noticias Caracol.Según los informes iniciales, el pitbull, que llevaba cuatro años en la vivienda, nunca había mostrado comportamientos agresivos anteriormente. Los dueños del perro manifestaron su sorpresa y desconcierto ante esta trágica transformación en su mascota.Las autoridades locales han iniciado una investigación para esclarecer lo sucedido y determinar las circunstancias del ataque. El cuerpo de la niña fue enviado a Medicina Legal para la autopsia correspondiente, mientras que el pitbull fue trasladado a un albergue, donde está siendo evaluado por profesionales.Se espera que la Fiscalía lleve a cabo una investigación exhaustiva para determinar si se presentarán cargos relacionados con homicidio. En un comunicado, el IBCF informó que se realizará una revisión completa del proceso de seguimiento con el fin de determinar las medidas apropiadas que se deben tomar en respuesta a esta tragedia.Esta impactante noticia ha generado una gran conmoción en la comunidad de Villamaría y plantea preguntas sobre la seguridad de las mascotas en los hogares y la necesidad de medidas preventivas para evitar tragedias similares en el futuro.También puedes ver: ¿Te comerías una lombriz viva? 😨ReTóxicos capítulo 12
Durante la noche del pasado 20 de octubre, un niño de tan solo 6 años fue ingresado en el Hospital Mario Gaitán Yanguas de Soacha, Cundinamarca, con graves heridas en el rostro y el tobillo, luego de ser atacado por un perro de raza poodle. La víctima, cuya identidad no ha sido revelada, recibió atención médica de emergencia tras el incidente.Las circunstancias que rodearon el ataque han generado una controversia en la comunidad. Según relatos de familiares del niño, el pequeño estaba bajo el cuidado de una mujer de 52 años, quien era la dueña del perro agresor. La versión presentada por esta cuidadora sugiere que el niño "comenzó a molestar al poodle tirándole un trompo", lo que habría desencadenado la violenta reacción del canino.La madre del niño informó a las autoridades que, tras el incidente, el perro se despertó en un estado agresivo y se abalanzó sobre el niño, causándole heridas en el pómulo y el tobillo izquierdo. Los médicos que atendieron al niño han indicado que su estado es estable, pero requerirá cirugía plástica debido a las heridas en su rostro. Actualmente, el menor se encuentra bajo observación médica a la espera de su remisión para la intervención quirúrgica.El caso ha sido reportado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para su investigación y seguimiento. Las autoridades locales también han tomado medidas para garantizar la seguridad del niño y evaluarán la situación del perro agresor. La dueña del animal podría enfrentar consecuencias legales si se determina que hubo negligencia en el cuidado del menor.Este incidente ha puesto de manifiesto la importancia de la supervisión adecuada de los niños en presencia de animales y la responsabilidad de los dueños de mascotas para prevenir situaciones peligrosas. La comunidad local está siguiendo de cerca este caso en busca de respuestas.Te puede interesar:ReTóxicos capítulo 11: Enfrentar sus miedos nunca fue tan difícil
El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) emitió una alerta naranja para varios departamentos de la región Caribe debido a la evolución del Potencial Ciclón Tropical 18, el cual podría transformarse en tormenta tropical en las próximas horas. Las zonas bajo vigilancia incluyen las costas de:SucreCórdobaBolívarAtlántico Magdalena Golfo de Urabá Mientras que La Guajira y los archipiélagos de San Andrés y Providencia se mantienen bajo alerta amarilla.El Centro Nacional de Huracanes informó que este fenómeno natural se encuentra a unos 250 kilómetros de las costas caribeñas de Colombia y avanzará hacia el noroeste. "Existe alta probabilidad de que esta perturbación, conocida como AL97, evolucione rápidamente hasta convertirse en la tormenta tropical ‘Rafael’”, informaron los expertos.Pronóstico del Ideam sobre ciclón tropicalEl ciclón continuará desplazándose hacia el norte con posibles vientos de hasta 55 km/h y velocidad de avance de 11 km/h.En caso de intensificarse, podría causar lluvias abundantes en el área marítima de la región Caribe, especialmente en la Alta Guajira y precipitaciones moderadas en San Andrés y Providencia.Recomendaciones del Ideam para las zonas afectadasDada la situación, el Ideam publicó varias medidas de prevención para las zonas afectadas, invitando a seguir los protocolos de seguridad establecidos. Entre las principales recomendaciones, se encuentran:Evitar acceso de turistas a áreas de riesgo como parques nacionales y playas.Mantener activos los planes de emergencia de los Consejos Departamentales y Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres (CDGRD y CMGRD).Permanecer en zonas seguras y evitar áreas propensas a inundaciones y desbordamientos.Además, la alerta de aviso se extiende a La Guajira, Cesar, y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. En estos lugares, la comunidad y autoridades locales deberán estar pendientes de los boletines actualizados debido al riesgo de lluvias intensas y oleaje anómalo, que afectará zonas como los Bancos Serranilla y Bajo Nuevo.Medidas Preventivas:Restringir actividades marítimas y náuticas.Mantenerse informado mediante los pronósticos del Ideam y boletines de las autoridades locales.Para los pescadores y embarcaciones pequeñas, se recomienda no salir a navegar mientras persista la alerta.Impactos del ciclónEste ciclón, que afectará también a países del Caribe como Jamaica y Cuba, ya ha causado estragos en las costas colombianas. El pasado domingo, las lluvias provocaron inundaciones en Cartagena, caída de árboles en Puerto Colombia y desbordamientos en el sur de La Guajira.Linda Goenaga, jefa del cuerpo de Salvavidas de Puerto Colombia, señaló: “Nuestro equipo rescató a tres personas en las playas de Solinilla que desatendieron las recomendaciones ante el mal clima”. Afortunadamente, no hubo necesidad de trasladarlos a centros médicos.El Ideam sigue monitoreando el avance de ‘Rafael’ y continuará emitiendo actualizaciones sobre este fenómeno. La comunidad en general está invitada a seguir las indicaciones y boletines oficiales, ya que las condiciones climáticas podrían cambiar.
Un lamentable accidente de tránsito cobró la vida del empresario Juan Carlos García Sastoque en Neiva, Huila, luego de que un convertible Ford Mustang lo arrollara mientras practicaba ciclismo junto a su hermano César Augusto García Sastoque, quien también resultó gravemente herido. El lamentable hecho, que ocurrió en la madrugada del 3 de noviembre, tiene en absoluta conmoción a la comunidad local y pone en debate la seguridad vial de los ciclistas en la región.¿Quién era Juan Carlos García Sastoque?El incidente se registró sobre las 5:00 de la mañana en la avenida Circunvalar, en el barrio Rodrigo Lara, cerca del antiguo parque La Rebeca. Según las autoridades, el ciclista fallecido, Juan Carlos García, era socio de un negocio de bicicletas en Neiva y se encontraba compartiendo una jornada de deporte con su hermano. “Perdimos a un gran hombre y deportista, justo en el día previo a los cumpleaños de César Augusto”, comentó su cuñado Weymar Muñoz.Edna Johana Cruz Bonilla, secretaria de Movilidad de Neiva, afirmó que el accidente involucró a un Ford Mustang rojo, un tractocamión y las dos bicicletas de los hermanos. “El vehículo de gama alta, que aparentemente circulaba a alta velocidad y bajo efectos de alcohol, embistió a los ciclistas sin frenar”, aseguró la funcionaria.Detalles del accidente con el convertible Ford Mustang en NeivaTestigos presentes en el lugar señalaron que, tras el accidente, el conductor del Ford Mustang y sus acompañantes huyeron sin prestar ayuda a las víctimas. “El conductor y sus tres ocupantes abandonaron el lugar en una camioneta Nissan gris que llegó para recogerlos”, explicó Edna Cruz. Según las investigaciones preliminares, la camioneta fue captada por cámaras de seguridad y las autoridades ya tienen las placas del vehículo, lo que podría ayudar en la pronta captura del presunto responsable.Además, Muñoz añadió que el conductor del Mustang, identificado como Sergio Israel Rojas Serrano, habría adquirido licor en un establecimiento de la avenida Circunvalar antes del accidente. “La hipótesis apunta a que el conductor se encontraba en una aparente competencia de velocidad cuando embistió a los ciclistas”, indicó Muñoz.Testimonio del conductor de la tractomula es clave en la investigaciónEl accidente ha desatado una ola de indignación en Neiva, especialmente en la comunidad deportiva que exige mayor seguridad para los ciclistas en las vías. “Es inconcebible que alguien pueda causar una tragedia de esta magnitud y huir sin ofrecer auxilio a los heridos”, expresó un vecino del sector."La omisión de socorro y la imprudencia al volante en estado de alicoramiento son inaceptables", puntualizó Cruz. Agregó que se espera la colaboración de todos los testigos para esclarecer los detalles. La versión del conductor del tractocamión, quien presenció el accidente, podría ser crucial para conocer cómo ocurrieron los hechos y asignar responsabilidades.A la espera de justiciaLa pérdida de Juan Carlos García y la situación delicada de salud en la que se encuentra su hermano han conmovido a la comunidad, que lamenta profundamente lo ocurrido. Las autoridades de Neiva han reiterado su compromiso con la justicia y prometen tomar medidas para proteger a los ciclistas y peatones en las vías.Mira también: Video del momento en que bus se vuelca en vía la Mesa
¿Te gustaría ser el dueño de una camioneta BYD Yuan Up 2025? Cine Colombia, en colaboración con la reconocida marca de vehículos eléctricos BYD, sorteará tres camionetas eléctricas BYD Yuan Up entre sus clientes. Desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, quienes asistan a cualquier función de Cine Colombia podrán participar en este sorteo.¿Cómo participar en el sorteo de las camionetas con Cine Colombia?Si quieres tener la oportunidad de ganar una de estas camionetas, sigue estos pasos sencillos:Compra una boleta para cualquier función de Cine Colombia, ya sea cine tradicional o eventos alternativos como óperas, ballets o teatro.Recibe un cupón por cada boleta que adquieras. Este cupón es clave para participar.Llena el cupón con tus datos personales y el número de auditoría o transacción de la boleta, ya sea en formato físico o digital.Deposita el cupón en las urnas disponibles en todos los multiplex de Cine Colombia.Fechas del sorteo de las camionetas BYDCada mes se realizará un sorteo, y cada boleta te permitirá participar en el sorteo correspondiente al mes de la función. Las fechas de los sorteos serán:17 de diciembre de 2024: Incluye funciones realizadas entre el 1 y el 30 de noviembre de 2024.17 de enero de 2025: Incluye funciones realizadas entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024.17 de febrero de 2025: Incluye funciones realizadas entre el 1 y el 31 de enero de 2025.Todos los sorteos se llevarán a cabo en el Multiplex de Cine Colombia en el Centro Comercial Titán Plaza en Bogotá.Requisitos para participar en el concursoPara que tu participación sea válida, asegúrate de cumplir con los siguientes requisitos:Compra de boletas: Solo se aceptan boletas adquiridas en puntos autorizados de Cine Colombia (taquillas, kioskos de autoservicio o página web oficial).Asistencia dentro del período específico: La función de la boleta debe estar dentro de los plazos de cada sorteo.Diligenciamiento del cupón: Asegúrate de completar todos los datos requeridos en el cupón y depositarlo en las urnas asignadas.Condiciones adicionales para los ganadoresSi resultas ganador de una de las camionetas BYD Yuan Up 2025, deberás tener en cuenta lo siguiente:La entrega se realizará en Bogotá, en la vitrina de Motorysa en la avenida carrera 68.Requisitos para la entrega: Los ganadores deben cumplir con las normativas de tránsito vigentes, y además, cubrir los siguientes costos adicionales:Matrícula del vehículoSOAT y otros seguros requeridosCargador eléctrico y otros accesorios necesariosImpuestos aplicablesCon cada visita a Cine Colombia tienes una oportunidad de ganar y llevarte una moderna camioneta eléctrica.
Este lunes festivo 4 de noviembre de 2024, la capital colombiana implementará el pico y placa regional, una medida que todos debemos tener en cuenta si planeamos ingresar a Bogotá. La idea es facilitar el flujo vehicular en un día que suele tener un alto tráfico debido al retorno de muchas personas a la ciudad. Así que, ¡toma nota!¿Cuándo aplica el pico y placa regional?La restricción estará en efecto de 12:00 m. a 8:00 p. m. Así que, si tienes planeado entrar a Bogotá, asegúrate de saber en qué horario debes salir dependiendo del número final de tu placa.Placas pares (0, 2, 4, 6 y 8) podrán ingresar entre 12:00 m. y 4:00 p. m.Placas impares (1, 3, 5, 7 y 9) podrán hacerlo entre 4:00 p. m. y 8:00 p. m.Esto significa que tendrás que organizar tu viaje para cumplir con estas restricciones. ¡No querrás quedarte atorado en el tráfico!Rutas afectadasEl pico y placa regional aplica en nueve corredores que son las principales vías de ingreso a la ciudad. Aquí te mencionamos cuáles son para que planifiques tu ruta:Autopista Norte: Desde el peaje Andes hasta el portal Norte de TransMilenio, en sentido norte-sur.Autopista Sur: Desde el límite municipal de Soacha hasta la avenida Boyacá, en sentido sur-norte.Avenida Centenario (Calle 13): Desde el río Bogotá hasta la Avenida Ciudad de Cali (Carrera 86), en sentido occidente-oriente.Calle 80: Desde el Puente de Guadua hasta el Portal 80 de TransMilenio, en sentido occidente-oriente.Carrera 7: Desde la Calle 245 hasta la Calle 183, en sentido norte-sur.Avenida Boyacá - Vía al Llano: Desde el Túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, en sentido sur-norte.Vía Suba - Cota: Desde el río Bogotá hasta la Avenida Calle 170, en sentido norte-sur.Vía a La Calera: Desde el peaje Patios hasta la Avenida Carrera 7, en sentido oriente-occidente.Vía a Choachí: Desde la vía a Monserrate hasta la Avenida Circunvalar, en sentido oriente-occidente.¿Quiénes deben cumplir esta medida?El pico y placa regional aplica para todos los vehículos que circulen por estos corredores. Esto significa que tanto los residentes de Bogotá como los visitantes deben tener en cuenta el número de su placa al planificar su viaje. Es fundamental estar atento a las restricciones para evitar contratiempos.Recuerda que el pico y placa no solo es una medida para controlar el tráfico, sino también una forma de contribuir a la movilidad y mejorar la calidad del aire en la ciudad. ¡Así que a planificar tu viaje se ha dicho!Puedes ver | Delincuentes intentaron robar una camioneta en el barrio Santa Isabel
La situación en Valencia, España, es crítica tras el paso de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), un fenómeno climático que ha generado inundaciones masivas, dejando destrucción y varios desaparecidos. La intensidad de las lluvias y el desbordamiento de los cuerpos de agua tienen en alerta a las autoridades, que trabajan sin descanso para asistir a las personas afectadas.Entre los testimonios que han surgido en medio de esta emergencia, destaca el de Daniel Baliz, un colombiano que vivió momentos de pánico debido a la tormenta. El santandereano, quien se encontraba realizando entregas en su furgoneta cuando comenzó la tormenta, contó al diario Vanguardia, medio de comunicación santandereano, que “a la furgoneta se la llevó el agua”. Ante el peligro inminente, Baliz logró salir del vehículo y buscar refugio: “Fue muy terrible, ya que estuve cinco horas en un árbol montado. Esa sujetada fue terrible, logro subirme al árbol y el agua empieza a subir, subir. No se veía nada, solamente los relámpagos. Estoy contando esto de milagro”."Estoy vivo y agradecido": Daniel Baliz, santandereano sobreviviente en Valencia, EspañaCon el paso de las horas, la desesperación aumentaba. Baliz narró cómo finalmente pudo bajar del árbol gracias a la ayuda de unos hombres que pasaron en una embarcación. “Cuando me bajo del árbol, el agua me llega hasta el ombligo y empiezo a caminar despacio”. Una vez en tierra segura, el colombiano no dudó en ayudar a otros afectados, uniéndose a una fundación local: “Estamos aquí en la Asociación de Vecinos de Patraix cargando alimentos. Estoy vivo, agradezco eso y a los que estuvieron pendientes”.Baliz describió al medio mencionado que la escena que encontró una vez en tierra firme parecía algo salido de una película de terror. “Eso parecía una escena de ‘The Walking Dead’. Los carros atravesados, mugre por todo lado, los autos encima de otros. No había paso”. Su descripción refleja la gravedad de la situación y el caos que dejó a su paso el fenómeno DANA en la región valenciana.Ahora, Baliz trabaja junto a un grupo de voluntarios, formado por más de 100 ciclistas, en la recolección y distribución de alimentos y productos de primera necesidad. “Somos un grupo de más de 100 ciclistas los que estamos cargando alimentos y agua. Por las calles no se puede entrar en carro porque están llenas de barro”, explicó. Con su historia, el colombiano también hizo un llamado al Gobierno de Colombia para que habilite puntos de acceso y brinde información a los connacionales atrapados en los pueblos de la Comunidad Valenciana.Por último, Baliz envió un mensaje de prevención a quienes viven en zonas propensas a este tipo de emergencias: “Le recomiendo a las personas que siempre carguen silbatos o linternas”