Una de las decisiones importantes de los padres y madres con la llegada de un bebé es la selección del nombre que llevará esta persona durante, por lo menos, 18 años; es por esto que dicha "tarea" suele llevarles un tiempo mientras escogen el nombre que consideren acertado para su hijo o hija; además de ponerse de acuerdo ya que al momento de registrar el nombre, ambos padres deberán firmal el acta de registro civil.
Y esto, aunque pareciera una terea divertida, en ocasiones suele ser todo un desafío ya que con tantas opciones disponibles, encontrar un nombre que sea atractivo para algunos y no tan común para otros puede llevar tiempo, investigación e incluso seguir las tendencias actuales, corriendo el riesgo de que con el tiempo ya no sean novedosos.
En medio de esta tarea muchos tutores terminan recurriendo a la creatividad para ser originales con el nombre que llevará su descendencia y optando por nombres compuestos o inspirándose en sus pasiones, intereses, o lugares preferidos.
Sin embargo, algunos caen en un exceso de creatividad que en ocasiones termina jugándole una mala pasada a los niños que llevan ciertos nombres y que los pueden estar haciendo vulnerables ante la sociedad.
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Pues con el tiempo se ha detectado que los nombres hacen parte de las burlas que se presentan, especialmente, en ámbitos escolares y que algunas personas pueden llegar a ser víctimas de matoneo solamente por su nombre.
¿Registraduría puede prohibir algunos nombres?
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Es por esto que desde la Registraduría Nacional se dio a conocer un listado de nombres catalogados como no aptos para el registro civil, ya que se considera que podrían afectar la integridad moral de los niños y niñas.
La entidad aclaró que aunque dichos nombres no son tomados puntualmente como prohibidos, sí hay una libertad para que los funcionarios se nieguen a registrar algunos nombres que se considere que atenten contra la dignidad de la persona.
No se trata de cualquier nombre sino de los que la entidad estableció que corresponden a una descripción ofensiva o denigrante y que afectarían la sana crítica y la objeción de conciencia del nuevo ciudadano.
Nombres prohibidos por la Registraduría
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La entidad señaló que estos nombres suelen surgir del gusto o la ocurrencia de los padres del recién nacido y que, posiblemente, con el tiempo afectarían su libre desarrollo.
Por eso determinaron que a los niños a niñas no se les puede poner nombres que incidan de manera negativa en su personalidad o resulten objeto de bullying o matoneo en el futuro a causa de dichos nombres, y ante esto el funcionario podrá apelar a la objeción de conciencia ante alguno de los siguientes nombres:
- Warnerbro
- Miperro
- Híbrido
- Satanás
- Judas
- Balcebú
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