Durante la mañana de este miércoles 26 de junio la abogada laboral Gina García estuvo presente en el programa "El Klub de La Kalle", dirigido por Jhovanoty, para resolver dudas sobre el pago de la prima. Durante su intervención, aclaró importantes aspectos sobre las primas legales y extralegales, además de brindar asesoría sobre qué hacer en caso de incumplimiento en el pago.
¿Qué es la prima legal?
Gina García explicó que la prima legal es un derecho contemplado en el Código Sustantivo del Trabajo. Este beneficio es obligatorio y debe ser pagado por el empleador a todos los trabajadores. Se paga en dos cuotas: una a más tardar el 30 de junio y otra a más tardar el 20 de diciembre. La prima equivale a quince días de salario por semestre laborado.
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La prima le va a llegar a la persona independientemente de la fecha en que se termine la relación laboral. El día en que se termine tu contrato de trabajo, hasta ese día tienes derecho a que te paguen tu prima.
La abogada también aclaró qué ocurre si el empleador incumple con el pago de la prima. "Si incumplen con el pago de esa liquidación, comienza a correr un día de mora por cada día que se pase después del 30 de junio" , afirmó.
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¿Qué es la prima extralegal?
Además de la prima legal, existen las primas extra legales. Estas son beneficios adicionales que algunas empresas otorgan a sus empleados. " En ocasiones, hay empresas e incluso servidores públicos que tienen otro tipo de primas porque está pactado previamente" , señaló García. Estas primas no están contempladas en el Código Sustantivo del Trabajo, sino que son acordadas entre la empresa y el trabajador como parte de beneficios adicionales o incentivos.
¿Qué hacer si no me pagan la prima de servicios?
Gina García también abordó qué pueden hacer los empleados si no reciben su prima a tiempo. "Si alguien hoy, por ejemplo, dice 'yo no sabía que me tenían que pagar prima en junio', esas personas pueden demandar en la justicia ordinaria y en el Ministerio del Trabajo. Los pueden sancionar" , indicó. Además, aclaró que si un empleado toma permisos no remunerados, estos días no se tendrán en cuenta para el cálculo de la prima. Por otro lado, si los permisos son remunerados, sí serán considerados.
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¿Se puede negociar la fecha de pago de la prima?
En cuanto a la posibilidad de negociar el pago de la prima con el empleador, García explicó que, aunque se pueden hacer pactos, estos tienen riesgos. "Si uno negocia con la empresa y la empresa le dice 'deme 15 días para pagarle la prima', es un pacto que se puede hacer entre las partes. Sin embargo , la empresa corre el riesgo de ser sancionada si el empleado pone la queja en el Ministerio del Trabajo porque el día más tardar para pagar la prima es el 30 de junio" .
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