Este lunes, 21 de febrero, la Corte Constitucional despenalizó el aborto en Colombia hasta las 24 semanas o 6 meses de gestación, manteniendo también las tres causales ya conocidas: malformación del feto, riesgo para la vida de la madre o en caso de violación.
La decisión histórica se tomó en presencia del conjuez Julio Andrés Ossa, y tras examinar una demanda presentada por el movimiento Causa Justa, compuesto para varias organizaciones de mujeres.
La despenalización fue aceptada en sesión extraordinaria por 5 votos a favor y 4 en contra de los magistrados de la alta corte, en un proceso que lleva meses dilatado por trabas administrativas, por impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto, y que hasta hoy no había abordado el debate de fondo.
A favor (5 votos): magistrados Alberto Rojas, Antonio J. Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa (conjuez).
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En contra (4 votos): magistrados Cristina Pardo, Jorge E. Ibáñez, Paola Meneses y Gloria Ortiz.
Hasta la fecha el aborto solo estaba permitido en Colombia por tres causas: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre; cuando es fruto de violación o incesto, o si hay malformación del feto, mientras que en el resto de casos está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.
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La decisión fue celebrada a las puertas de la Corte Constitucional en Bogotá por medio centenar de mujeres que esperaban ataviadas con las características pañoletas verdes y que rodearon a la organización feminista Causa Justa, impulsora de la demanda.
En 2020, al menos 4.268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, un país donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que, por tanto, podrían entrar dentro de las causas del aborto legal.
El aborto es la cuarta causa de mortalidad materna en el país y se calcula que de los 400.000 que se realizan en Colombia al año, menos del 10 % son llevados a cabo en instituciones sanitarias con garantía.