
Cada junio y diciembre, millones de trabajadores colombianos reciben la tan esperada prima de servicios, una prestación legal que representa un alivio económico y una recompensa por su trabajo.
Pero, además de esta, algunas empresas entregan un beneficio adicional: la prima extralegal, una bonificación voluntaria que puede marcar una gran diferencia en el bolsillo de los empleados.
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Aunque no está establecida por la ley como un derecho obligatorio, muchas organizaciones la incluyen dentro de sus paquetes de compensación para motivar y reconocer el desempeño laboral. ¿Cómo se define, quiénes la reciben y cómo se calcula? Aquí te lo explicamos de manera clara y práctica.
Este ingreso adicional no reemplaza la prima legal, sino que la complementa. Es una señal de reconocimiento que refleja la cultura empresarial y la voluntad de generar bienestar entre los trabajadores.
¿Qué es la prima extralegal y cómo se acuerda?
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A diferencia de la prima de servicios, la prima extralegal nace de un acuerdo entre el empleador y el trabajador, y suele quedar registrada en el contrato laboral, pactos colectivos o convenciones sindicales.
Su carácter es voluntario, lo que significa que la empresa no está obligada por ley a otorgarla, pero si lo hace, debe respetar lo pactado.
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El valor de esta bonificación no está regulado, así que puede variar según la compañía y el cargo del trabajador. Puede ser igual al salario mensual, mayor o incluso menor, dependiendo de lo que se haya convenido previamente. También se acuerda la periodicidad: puede ser semestral, anual o incluso trimestral.
Este tipo de incentivos se ha vuelto cada vez más común en sectores donde se busca retener talento o premiar la productividad. Aunque no es una obligación legal, sí representa un compromiso entre las partes y puede ser un gran aliciente para el empleado.
¿Cómo se calcula la prima extralegal y qué la diferencia de la legal?
Al no estar regulada por ley, no existe una fórmula única para calcular la prima extralegal. Sin embargo, muchas empresas toman como referencia el salario mensual del trabajador o ciertos indicadores de rendimiento o antigüedad. Es común que el cálculo sea similar al de la prima legal, pero adaptado a lo que se haya pactado entre las partes.
Por otro lado, la prima de servicios legal sí tiene un cálculo establecido: se multiplica el salario mensual (incluyendo el auxilio de transporte si aplica) por los días trabajados en el semestre y se divide entre 360. Este pago debe hacerse a más tardar el 30 de junio y el 20 de diciembre de cada año.
Ambas primas pueden coexistir. Una no reemplaza a la otra, y si la empresa decide otorgar la extralegal, esta se suma al beneficio legal. Por eso, algunos trabajadores reciben en junio no una, sino dos gratificaciones, lo que sin duda representa un gran impulso económico en medio de las obligaciones del semestre.
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