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Así puedes quedarte con una propiedad sin ser el dueño; la ley lo confirma

Conoce cómo la figura de la declaración de pertenencia puede jugar en contra de los propietarios si no se formalizan correctamente los acuerdos.

Casa, imagen de referencia
Casa, imagen de referencia
Foto: Getty Images

En Colombia, arrendar una vivienda sin firmar un contrato formal no solo es imprudente, sino potencialmente riesgoso para los propietarios.

La normativa nacional establece claramente que deben existir acuerdos escritos que precisen las condiciones del arriendo y las obligaciones del inquilino.

Esta práctica, además de legal, es una herramienta preventiva frente a posibles conflictos derivados de ocupaciones prolongadas.

Uno de los temores más frecuentes entre quienes arriendan sus inmuebles es que, con el paso de los años, el arrendatario se niegue a desalojar el predio o incluso intente apropiárselo de forma definitiva.

Aunque puede sonar lejano, esta situación es legalmente posible a través de una figura conocida como declaración de pertenencia, prevista en el artículo 375 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y en la Ley 1561 de 2012.

De acuerdo con el Ministerio de Justicia y del Derecho, esta figura permite a una persona solicitar ante un juez que se le reconozca como propietaria de un bien que no le pertenece legalmente, siempre que haya ejercido actos de dominio de manera continua, pacífica y pública por un periodo mínimo de diez años.

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El procedimiento aplica tanto a bienes inmuebles, como casas o terrenos, como a bienes muebles, incluidos vehículos y motocicletas.

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No es necesario contar con un título de propiedad, pero sí es indispensable probar que se ha actuado como propietario: pagos de impuestos, mantenimiento del inmueble o realización de mejoras son algunas de las pruebas que un juez puede considerar válidas.

¿Qué se necesita para una declaración de pertenencia?

Para que prospere una declaración de pertenencia, el solicitante debe demostrar:

  • Que ha tenido la posesión material del bien durante al menos diez años.
  • Que dicha posesión ha sido pública, pacífica e ininterrumpida.
  • Que ha actuado como dueño, pagando servicios, impuestos y realizando arreglos en la propiedad.
  • Que durante ese tiempo no hubo reclamaciones legales por parte del verdadero propietario.

Por ello, el Ministerio de Justicia insiste en la necesidad de contar con contratos formales y actualizados al arrendar una propiedad.

Un acuerdo escrito no solo protege los derechos del dueño, sino que puede servir como prueba ante eventuales litigios.

En definitiva, el arrendamiento sin formalidades abre la puerta a escenarios complejos que pueden culminar en la pérdida del inmueble.

La ley brinda herramientas para que los propietarios puedan proteger su patrimonio, pero exige diligencia y responsabilidad en la gestión de sus bienes. Formalizar el contrato, hacer seguimientos periódicos y conservar registros de pago no es una opción, es una necesidad legal.

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