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Habría nuevo cobro a residentes de conjuntos cerrados de estratos 3 al 6, ¿de qué se trata?

Instan a los residentes de conjuntos residenciales a alistar el bolsillo por nuevas disposiciones que les podrían general un costo adicional además de lo que ya se paga por administración.

Habitantes de conjuntos residenciales deben preparar el bolsillo por posible cobro adicional
Habitantes de conjuntos residenciales deben preparar el bolsillo por posible cobro adicional
/Foto; Getty Images

El Congreso de la República está debatiendo una propuesta legislativa que podría afectar a los residentes de conjuntos cerrados ubicados en los estratos 3, 4, 5 y 6. Esta iniciativa, que busca modificar la Ley 675 de 2001, sobre el régimen de propiedad horizontal, podría imponer nuevos costos para quienes viven en estas propiedades, generando preocupación entre los habitantes de estas comunidades.

La reforma en discusión tiene como objetivo actualizar las normativas existentes en la Ley 675 de 2001 para adaptarlas a las realidades y necesidades actuales de las comunidades residenciales y comerciales en el país. Esta ley regula la forma de dominio conocida como propiedad horizontal, la cual incluye tanto la propiedad exclusiva de bienes privados como los derechos compartidos sobre las áreas comunes.

De acuerdo con la propuesta, solo los conjuntos y edificios ubicados en los estratos 3, 4, 5 y 6 estarían sujetos a este cobro adicional, que se sumaría a los gastos de administración y posiblemente a cuotas extraordinarias. Esto podría representar una carga económica adicional para los residentes, quienes ya deben cubrir diversos gastos relacionados con el mantenimiento y gestión de las propiedades.

Nuevas normas y obligaciones

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Entre las novedades más destacadas del proyecto de ley, se incluye la creación de un Registro Único de Administradores de Propiedad Horizontal, con el fin de profesionalizar y regular la administración de estos inmuebles. Asimismo, se propone que todas las propiedades bajo este régimen cuenten con pólizas de seguro obligatorias contra incendios y terremotos, así como para cubrir riesgos en las áreas comunes.

El proyecto también introduce modificaciones en la forma de realizar las reuniones de la asamblea general de copropietarios, permitiendo que estas se realicen de manera presencial, virtual o en un formato mixto. Además, se establece que para aprobar decisiones de gran relevancia, como la destinación de bienes comunes o la modificación de los coeficientes de copropiedad, se requerirá una mayoría calificada del 70%.

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Regulación de mascotas y espacios comunes

Otro aspecto importante de la reforma es la regulación sobre la tenencia de mascotas en las propiedades horizontales. De aprobarse la ley, los reglamentos internos no podrán prohibir a los residentes tener animales domésticos, siempre y cuando se respeten las normas de convivencia establecidas.

Además, se establecen normas sobre la gestión de los espacios comunes y exclusivos. Las áreas no indispensables para el uso común deberán ser vendidas, preferentemente, a los propietarios privados que las utilizan, mientras que los bienes comunes esenciales, como terrenos y estructuras, deberán estar disponibles para todos los copropietarios.

El proyecto también aborda aspectos relacionados con la certificación y el registro de la propiedad horizontal, asignando estas responsabilidades a las Cámaras de Comercio locales. Asimismo, se definen con mayor claridad conceptos fundamentales como el de administrador de propiedad horizontal y coeficientes de copropiedad, con el fin de asegurar una mayor precisión en la gestión de estas comunidades.

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