El incumplimiento de un inquilino que decide huir dejando deudas puede convertirse en una verdadera pesadilla para los propietarios de vivienda.
Este escenario no solo genera pérdidas económicas, sino también un desafío legal que requiere acciones rápidas y efectivas. Te contamos qué hacer en estas situaciones, basados en la legislación colombiana vigente.
El primer paso para evitar este problema es garantizar que el contrato de arrendamiento sea claro y detallado. Este documento debe establecer los plazos para el pago del canon, la responsabilidad sobre los servicios públicos y otras disposiciones económicas, como la cuota de administración.
Según la Ley 820 de 2003, el incumplimiento en el pago del arriendo constituye una causal para la terminación unilateral del contrato.
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En caso de llegar a una conciliación, ¿qué debes hacer?
Cuando el inquilino se atrasa o abandona el inmueble sin pagar, la recomendación inicial es intentar una conciliación. Esto puede realizarse en centros de convivencia, notarías, o ante un conciliador en equidad. Este paso no solo facilita una solución más rápida, sino que puede ahorrar costos legales a ambas partes.
Qué hacer caso de terminación del contrato de arrendamiento y acción judicial
Si la conciliación no es posible, el propietario deberá terminar el contrato de manera unilateral. Es crucial notificar al inquilino sobre la causal de incumplimiento, tal como lo establece el artículo 22 de la Ley 820 de 2003.
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Si, tras esta notificación, el inmueble no es entregado, se puede iniciar un proceso judicial.
El propietario puede presentar una demanda civil ante un juez competente para solicitar la devolución del inmueble y el pago de los daños ocasionados. En algunos casos, como cuando la deuda no supera los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV), se puede acudir a un juez de pequeñas causas.
En cualquier acción judicial, es fundamental presentar pruebas contundentes. Estas incluyen:
- El contrato de arrendamiento.
- Evidencia de los pagos no realizados.
- Relatos detallados de los hechos.
Estas pruebas ayudarán al juez a tomar una decisión favorable para el arrendador.
Embargo y proceso ejecutivo
Si el juez falla a favor del arrendador, este podrá ordenar no solo la restitución del inmueble, sino también el embargo de bienes del inquilino hasta que salde las deudas en mora, incluyendo intereses y daños. Esto está respaldado por la Ley 794 de 2003.
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En 2025, los cánones de arrendamiento podrán incrementarse hasta en un 5,20%, conforme a la inflación del año anterior. Este aumento resalta la necesidad de mantener contratos actualizados y bien estructurados para proteger los intereses de los propietarios.
En conclusión, aunque enfrentar la huida de un inquilino moroso es complejo, las herramientas legales permiten tomar acciones contundentes para recuperar el inmueble y las deudas pendientes. La clave está en actuar rápidamente, respaldado por un contrato sólido y el asesoramiento legal adecuado.
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