La temporada de declaración de renta para personas naturales ha comenzado y es crucial que los contribuyentes estén preparados para cumplir con sus obligaciones ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ( Dian ). La declaración de renta es un documento esencial donde se registran los ingresos, gastos, inversiones, activos y pasivos de un contribuyente, permitiendo al Estado determinar la obligación tributaria correspondiente.
Para el año 2024, los contribuyentes deberán incluir en su declaración todos los ingresos obtenidos, así como los activos y pasivos , y los gastos realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023. Esta información es vital para calcular el monto de impuestos que deberá pagar cada persona natural.
El calendario tributario para personas naturales establece las fechas límites para declarar y pagar, basadas en los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía. Es fundamental que los contribuyentes consulten este calendario para evitar sanciones por presentar la declaración fuera del plazo establecido. A continuación, se detalla el proceso y las fechas clave para este año.
El proceso de declaración de renta puede ser complejo, y es recomendable que los contribuyentes se asesoren con un contador o un experto en temas tributarios para asegurarse de cumplir correctamente con todos los requisitos. Además, es importante reunir y organizar toda la documentación necesaria, como certificados de ingresos, extractos bancarios, facturas de gastos, y cualquier otro comprobante relevante que respalde la información reportada en la declaración.
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Calendario tributario según los últimos dígitos de la cédula
Agosto
- 01-02: Hasta el 12 de agosto
- 03-04: Hasta el 13 de agosto
- 05-06: Hasta el 14 de agosto
- 07-08: Hasta el 15 de agosto
- 09-10: Hasta el 16 de agosto
- 11-12: Hasta el 20 de agosto
- 13-14: Hasta el 21 de agosto
- 15-16: Hasta el 22 de agosto
- 17-18: Hasta el 23 de agosto
- 19-20: Hasta el 26 de agosto
- 21-22: Hasta el 27 de agosto
- 23-24: Hasta el 28 de agosto
- 25-26: Hasta el 29 de agosto
Septiembre
- 27-28: Hasta el 2 de septiembre
- 29-30: Hasta el 3 de septiembre
- 31-32: Hasta el 4 de septiembre
- 33-34: Hasta el 5 de septiembre
- 35-36: Hasta el 6 de septiembre
- 37-38: Hasta el 9 de septiembre
- 39-40: Hasta el 10 de septiembre
- 41-42: Hasta el 11 de septiembre
- 43-44: Hasta el 12 de septiembre
- 45-46: Hasta el 13 de septiembre
- 47-48: Hasta el 16 de septiembre
- 49-50: Hasta el 17 de septiembre
- 51-52: Hasta el 18 de septiembre
- 53-54: Hasta el 19 de septiembre
- 55-56: Hasta el 20 de septiembre
- 57-58: Hasta el 23 de septiembre
- 59-60: Hasta el 24 de septiembre
- 61-62: Hasta el 25 de septiembre
- 63-64: Hasta el 26 de septiembre
- 65-66: Hasta el 27 de septiembre
Octubre
- 67-68: Hasta el 1 de octubre
- 69-70: Hasta el 2 de octubre
- 71-72: Hasta el 3 de octubre
- 73-74: Hasta el 4 de octubre
- 75-76: Hasta el 7 de octubre
- 77-78: Hasta el 8 de octubre
- 79-80: Hasta el 9 de octubre
- 81-82: Hasta el 10 de octubre
- 83-84: Hasta el 11 de octubre
- 85-86: Hasta el 15 de octubre
- 87-88: Hasta el 16 de octubre
- 89-90: Hasta el 17 de octubre
- 91-92: Hasta el 18 de octubre
- 93-94: Hasta el 21 de octubre
- 95-96: Hasta el 22 de octubre
- 97-98: Hasta el 23 de octubre
- 99-00: Hasta el 24 de octubre
Oleada de solidaridad por la esposa de Carlos Calero
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