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¿Qué pasa si conduzco descalzo en Colombia, me pueden multar?

Esto es lo que dice la legislación colombiana acerca de conducir sin zapatos o con calzado inapropiado.

Conducir descalzo no solo es incómodo sino que podría causar accidentes
Conducir descalzo no solo es incómodo sino que podría causar accidentes
/Foto: Lexica IA

En el día a día al volante, los conductores deben prestar atención a una serie de detalles, y uno de los debates recurrentes gira en torno a la elección de calzado adecuado. La interrogante sobre si es aceptable conducir descalzo o usando sandalias ha generado controversias entre los conductores colombianos, quienes se cuestionan sobre posibles implicaciones legales y de seguridad.

La selección de calzado inadecuado puede convertirse en un factor de riesgo al tomar el volante. A nivel internacional, en países como España, existe una prohibición expresa de conducir con zapatos que puedan interferir con el control del vehículo. El uso de sandalias, chanclas o tacones altos mientras se conduce se considera una práctica peligrosa que compromete la seguridad vial.

En el contexto colombiano, aunque no existe una normativa específica que prohíba conducir descalzo o con ciertos tipos de calzado, la ausencia de restricciones claras en el Código Nacional de Tránsito no implica la ausencia de implicaciones legales o riesgos de seguridad asociados.

Pedro Rodríguez Martín, abogado especializado en temas de tráfico y conducción, enfatizó que la conducción se considera una actividad de alto riesgo. Si existe evidencia que demuestre que ciertos tipos de calzado aumentan la probabilidad de accidentes, sería prudente considerar la necesidad de prohibir y sancionar dichas prácticas. Aunque la legislación colombiana no sea explícita en este aspecto, la prudencia y la seguridad deben ser prioritarias.

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En Colombia, las multas de tránsito son una realidad cotidiana para muchos conductores. Estas sanciones, que van desde infracciones leves hasta graves, son impuestas por las autoridades competentes, como los agentes de tránsito y las cámaras de vigilancia.

Con la llegada del año 2024 y un incremento en el salario mínimo y en el nivel de vida, también se incrementaron las tarifas de las multas de tránsito, clasificadas de la ‘A’ a la ‘F’ según su gravedad. Las multas más severas, como conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, pueden alcanzar montos considerables, hasta de $1′950.00.

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En cuanto a las infracciones más comunes, clasificadas como tipo ‘A’, estas incluyen acciones como circular por el lado incorrecto de la vía, obstruir la visibilidad con objetos en el vehículo, transitar por zonas peatonales o desobedecer las señales de tránsito. Aunque el conducir descalzo no esté específicamente mencionado como una infracción, comportamientos negligentes pueden ser sancionados bajo las normativas generales del Código Nacional de Tránsito.

Es importante destacar que la elección de calzado adecuado al conducir es fundamental para garantizar la seguridad en la vía. Se recomienda optar por zapatos planos y ajustados, con suelas antideslizantes y tacones bajos y anchos que proporcionen estabilidad. Evitar el uso de calzado con correas o tiras que puedan enredarse con los pedales también contribuye a reducir el riesgo de accidentes.

En resumen, aunque la legislación colombiana no prohíba explícitamente el conducir descalzo o con calzado inapropiado, es fundamental que los conductores actúen con responsabilidad y tomen las precauciones necesarias para garantizar su seguridad y la de los demás usuarios de la vía.

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