Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Entérate de lo más reciente en el mundo del entretenimiento al activar las notificaciones.
Tal vez más tarde
Quiero recibirlas

Publicidad

El dinero que no te pueden quitar: así se reclama la prima si renuncias o te despiden en junio

¿Vas a renunciar o te despidieron antes del 30 de junio? Conoce cómo calcular el pago proporcional de tu prima de servicios por ley.

¿Qué pasa con la prima de servicios si renuncio antes de junio?
¿Qué pasa con la prima de servicios si renuncio antes de junio?
/Foto: IA

La mitad de año suele ser una época de alta rotación laboral. Muchos trabajadores deciden cambiar de rumbo profesional, mientras que otros enfrentan despidos imprevistos justo en el mes de junio.

Ante este escenario, surge una duda recurrente y alarmante para miles de personas en Colombia: ¿se pierde la prima de servicios si el contrato termina antes de la fecha de pago?

Puedes leer: Dato clave para obtener la pensión de tu pareja; Ley aclara el concubinato en Colombia

La respuesta legal es un no rotundo. La prima de mitad de año es un derecho adquirido que no está condicionado a la permanencia del trabajador en la empresa hasta el 30 de junio.

Publicidad

A continuación, te explicamos cómo funciona este amparo legal y cómo debes exigir el dinero que te corresponde por ley.

La prima como derecho adquirido e irrenunciable

De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es una prestación social obligatoria que corresponde a 30 días de salario por año laborado, pagaderos en dos cuotas (junio y diciembre).

Publicidad

La normativa colombiana protege este beneficio bajo la figura de derecho irrenunciable.

Esto significa que, independientemente del motivo de la terminación del contrato —bien sea por renuncia voluntaria, despido con justa causa o despido sin justa causa—, el empleador está obligado a pagar el monto acumulado hasta el último día de actividades del empleado.

¿Cómo se calcula la prima proporcional en una liquidación?

Cuando dejas tu puesto antes del desembolso masivo de junio, el dinero de la prima no se pierde, sino que se integra directamente dentro de tu liquidación definitiva de prestaciones sociales. El cálculo ya no se hace sobre los 180 días completos del semestre, sino de forma proporcional al tiempo exacto laborado.
La fórmula matemática para aplicar en tu liquidación es la misma que la estándar:

  • Fórmula proporcional: (Salario base mensual × Días trabajados en el semestre) ÷ 360.
¿Quiénes no reciben prima de servicios? Tipos de contrato excluidos de esta prestación
¿Esperas prima en junio? Revisa tu contrato porque podrías quedarte sin este dinero extra
Foto: Gemini

Por ejemplo, si tu salario base (incluyendo el auxilio de transporte vigente) es de $2.000.000 y presentas tu renuncia para hacerla efectiva el día 15 de mayo, habrás acumulado exactamente 135 días de trabajo dentro del primer semestre del año.

Al aplicar la fórmula legal, el empleador deberá incluir en tu pago de liquidación la suma de $750.000 netos por concepto de prima proporcional.

Puedes leer: Estos pensionados se quedarán sin prima en junio de 2026: consulte si está en la lista

Publicidad

Plazos legales para el pago de la liquidación

A diferencia del personal activo, que tiene como fecha límite el 30 de junio para recibir el dinero, el trabajador que se retira debe recibir su pago de forma inmediata.

La ley estipula que la liquidación (junto con la prima proporcional) debe ser cancelada al momento exacto de la terminación del vínculo laboral.

Publicidad

Si la empresa se retrasa injustificadamente en este desembolso, se expone a la denominada indemnización moratoria, la cual equivale a un día de salario por cada día de retraso en el pago, según lo estipulado en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.

Revisa detenidamente tu desprendible de liquidación para asegurar que cada día trabajado haya sido correctamente sumado a tu favor.