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Ley da respiro a bolsillo de deudores en bancos; freno a cobros abusivos

Una normativa vigente en Colombia protege tu dinero frente a los cobros automáticos de las entidades financieras, estableciendo límites claros.

Ley da respiro a bolsillo de deudores en bancos; freno a cobros abusivos
Ley da respiro a bolsillo de deudores en bancos; freno a cobros abusivos
Foto: Gemini

Seguramente sabes que los bancos en Colombia cuentan con diversas herramientas para asegurar que pagues tus deudas o, al menos, para no perder dinero si dejas de hacerlo.

Lo más común es que acudan a reportes negativos en centrales de riesgo como Datacrédito, donde se almacena tu historial financiero para que otras entidades evalúen si eres apto para un nuevo crédito.

Puedes leer: Dato clave para obtener la pensión de tu pareja; Ley aclara el concubinato en Colombia

También es usual que te hagan firmar pagarés o letras de cambio, que funcionan como respaldos legales para recuperar los recursos prestados.

Sin embargo, en esta oportunidad, los deudores han ganado una batalla importante frente a las prácticas que muchas veces se consideran excesivas.

Existe un cobro que ha sido motivo de constantes quejas y que ahora tiene límites muy estrictos: los gastos de cobranza. La Superintendencia Financiera ha sido clara al señalar que cobrar este concepto sin que la entidad haya realizado una gestión real para recuperar el dinero es una práctica abusiva.

¿Qué son los gastos de cobranza y cuándo es ilegal que te los cobren?

Para que lo entiendas de forma sencilla, los gastos de cobranza son los costos en los que incurre el banco (o un tercero que ellos contraten) para intentar que pagues una obligación que ya se venció.

Según lo explica la Notaría 19 de Bogotá, estos no son una multa por la mora ni se deben cobrar de forma automática; son la contraprestación por una actividad efectiva de recuperación de cartera.

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Aquí es donde entra a protegerte el artículo 7 de la ley 1328 de 2009. Esta ley obliga a los bancos a cumplir con tres condiciones antes de tocar tu bolsillo por este concepto:

  1. Deben abstenerse de cobrar si no han desplegado una actividad real de cobranza.
  2. Deben haberte informado previamente cuál es el valor de esos gastos.
  3. Las gestiones de cobro deben realizarse de manera respetuosa y en horarios adecuados.

Si el banco simplemente deja que pase el tiempo y luego te suma un valor extra por "cobranza" sin haber hecho llamadas, envíos de cartas o gestiones verificables, ese cobro no tiene sustento legal.

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¿Qué créditos en Colombia tienen prohibido el cobro automático de honorarios de mora?

La Personería de Bogotá, apoyada en el decreto 2331 de 1998, ha enfatizado que entrar en mora no es una carta blanca para que los bancos te cobren honorarios de forma automática.

De hecho, hay tres tipos de préstamos donde esta práctica está prohibida para los usuarios del sistema financiero:

  • Créditos hipotecarios.
  • Préstamos educativos.
  • Microcréditos.

En estos casos específicos, la protección es mayor para evitar que tu deuda crezca de manera desproporcionada por cargos que no corresponden a una gestión de cobro real.

Además, es fundamental que recuerdes que cualquier contacto que el banco intente contigo debe seguir las reglas de la ley 2300 de 2023, conocida popularmente como la 'Ley dejen de fregar'.

Esto significa que, además de ser cobros justificados, deben realizarse en horarios prudentes y bajo un trato digno, evitando el acoso y respetando tu privacidad.

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