La Corte Constitucional les permitirá a los indigentes hacer sus necesidades fisiológicas en el espacio público.
Cabe mencionar, que, hasta el día de hoy, todo habitante de la calle como cualquier otro ciudadano recibía una multa por hacer esto , además debían participar en un programa pedagógico obligatorio con el objetivo de corregir dicho comportamiento.
Sin embargo, una sentencia del alto tribunal determinó que las personas sin hogar son las únicas exoneradas de las medidas correctivas que contempla el Código Nacional de Seguridad y Convivencia para quienes hagan sus necesidades en el espacio público.
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Así lo indico el tribunal: “Corte exceptúa a los habitantes de calle de las medidas correctivas ante la realización de necesidades fisiológicas en espacio públicos y exhorta a las autoridades territoriales a que adopten acciones políticas que garanticen a esta población el acceso universal a la infraestructura sanitaria”.
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En otras palabras, dichas consecuencias jurídicas existentes no aplicaran para esta población.
Asimismo, para quien se cuestiona dicha ley, la entidad dejó claro que esta fue formada debido a la falta de acceso de infraestructura sanitaria que tienen los indigentes.
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“Responde a la falta de acceso a la infraestructura sanitaria, tanto por su insuficiencia como debido a las barreras que tienen para acceder a la existente o a partir de la estigmatización y prejuicios que sufren”, agregó.
Por eso, las autoridades territoriales tendrán que crear estrategias que le garanticen a los habitantes de la calle, el acceso a estos servicios mínimos .