18.841 es el número de deudores que se reportan por infracciones cometidas entre el 2016 y el 2021, al Código Nacional de Tránsito. Por ende, el ente regulador, es decir a Secretaría de Movilidad de Bogotá emitió la orden de embargar los productos bancarios y financieros de quienes no realicen el pago correspondiente.
El Distrito señaló que aunque estos ciudadanos morosos en un principio fueron motivados a realizar el pago de sus obligaciones a través de cobros persuasivos, estos llamados no fueron acatados.
Sebastián Cortés, director de Gestión de Cobro de la Secretaría de Movilidad de Bogotá, indicó que "es importante resaltar que a todos estos deudores se les embargó después de hacerse una gestión persuasiva importante, invitándolos al pago". En ese mismo renglón agregó: " ante la renuencia de efectuar el pago y por mandato, se inició un proceso de cobro coactivo librando y notificando los debidos mandamientos de pago y luego sí se procedió con los embargos".
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En esta instancia entonces, vale la pena señalar que un ciudadano puede ser embargado por tener multas de tránsito o transporte sin pagar; saldos pendientes de deudas anteriores; acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad y por lo tanto, este puede ser penalizado con el embargo de sus cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y hasta honorarios.
Así que la Secretaría de Movilidad realizó un llamado a los conductores de la capital del país para que respeten las normas de tránsito, para que de esta manera se eviten multas y problemas mayores como los cobros coactivos que pueden multiplicarse hasta por el doble del capital de la obligación, más sus respectivos intereses.
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