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La infracción de tránsito que genera multas y es desconocida por miles de conductores

Una confusión entre conductores y autoridades de tránsito sobre el color de los vehículos ha abierto el debate. Conoce lo que dice la ley sobre esta infracción.

Imagen referencial, automóviles
Imagen referencial, automóviles
/ Foto: Creada con Bing Images

Bogotá es la ciudad en Colombia con más habitantes y por ende más vehículos, lo que no solo afecta la movilidad en la ciudad, sino también genera miles de infracciones por día, algo que ha causado una incomodidad en la ciudadanía, que tiene diferencias con las autoridades de tránsito en algunas de las medidas y reglamentos.

Una de las infracciones que más han generado polémica tiene que ver con el color de los vehículos, ya que en redes sociales se han viralizado metrajes en los que se ve a agentes de tránsito poner multas a conductores por tener un color diferente al que aparece en la licencia de tránsito, pero esto ha generado un debate gracias a que hay una confusión entre los conductores y las autoridades sobre esta infracción.

De acuerdo con Robinson Gómez, especialista en consultoría y asesoría en trámites de Movilidad y Tránsito, uno de los principales problemas es la determinación de los agentes de tránsito a la hora de poner una infracción sobre este tema, ya que algunos afirman que los criterios para determinar la infracción tienen que ver con porcentajes de color y dimensiones, algo que según él no tiene fundamento, por lo que hay que apegarse a lo que dice la ley.

El Código Nacional de Tránsito establece las sanciones por el incumplimiento de las normas, incluyendo el cambio de color de los vehículos. Así mismo, la Circular 20234000000767 del 05 de diciembre de 2023, elaborada por el Ministerio de Transporte como autoridad suprema de Tránsito, da claridad al respecto, allí se indica cuáles con las circunstancias que constituyen una falta a la norma y sus respectivas sanciones.

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Una de ellas es cuando el color predominante es diferente al registrado en la licencia de tránsito, es decir, si el vehículo no tiene el color que indica la tarjeta de propiedad y así mismo si el color que predomina no permite ver el color registrado, esto quiere decir que el área que lleva ese color es superior al color registrado.

La otra es la ausencia de los colores descritos en la licencia de tránsito, es decir, que en ningún espacio el vehículo tenga el color registrado o si no es posible apreciarlo. En las motos la circular explica que el color descrito en la tarjeta de propiedad corresponde a la cubierta del tanque de combustible, así como a los carenados laterales, frontales y de bordes de radiador.

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Cabe aclarar que en los procedimientos hechos por las autoridades, los agentes deben tomar registro fotográfico del vehículo, así mismo se le recomienda a los conductores tomar evidencia fotográfica, ya que la determinación administrativa del agente puede ser debatida por el conductor y la única manera de hacerlo es tomando evidencia gráfica del vehículo.

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