Las autoridades sanitarias han anunciado de manera oficial la entrada en vigor de un nuevo requisito para viajar a Estados Unidos, el cual será de exigencia estricta para todos los vuelos internacionales a partir de las 11:59 p. m. (hora del Este) del martes 3 de noviembre de 2026.
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Esta medida, coordinada directamente por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), se ha convertido de inmediato en una condición obligatoria y sin excepciones que los viajeros deben tramitar de forma anticipada si no desean que se les sea denegado el derecho a abordar el avión.
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¿De qué se trata el nuevo formulario obligatorio de los CDC?
La nueva disposición legal consiste en el diligenciamiento y firma obligatoria de una declaración jurada sanitaria. A través de este documento oficial, cada pasajero internacional debe certificar bajo juramento que no ha estado ni ha transitado por la República Democrática del Congo durante los últimos 21 días previos a la fecha programada de su desplazamiento.
Este protocolo de vigilancia epidemiológica internacional responde de manera directa a las acciones preventivas adoptadas por el gobierno estadounidense para mitigar los riesgos de propagación global asociados al brote de virus del ébola registrado en el continente africano.
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La norma estipula que la restricción cobija incluso los tránsitos y las escalas aeroportuarias dentro de dicho territorio, sin importar si el pasajero llegó a abandonar o no las instalaciones aéreas.
¿A quiénes aplica y cómo se debe diligenciar?
Una de las advertencias más importantes compartidas por aerolíneas comerciales como Avianca es que el alcance de la norma es universal.
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La medida no distingue nacionalidades, lo que significa que cobija por igual a turistas extranjeros, ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes.
De igual manera, aplica con rigor tanto para quienes tienen como destino final alguna ciudad norteamericana como para los pasajeros que únicamente realizarán una escala o conexión aérea en cualquier aeropuerto de los Estados Unidos.
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El proceso de diligenciamiento es netamente personalizado. Cada viajero debe contar con su propia declaración, de modo que no está permitido realizar trámites grupales o familiares unificados.
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Para cumplir con el requerimiento, los usuarios disponen de dos alternativas principales:
- Formato digital: Completar el formulario en línea a través de las plataformas autorizadas por los CDC o los aplicativos proporcionados por la aerolínea correspondiente, conservando el comprobante de confirmación digital.
- Formato físico: Descargar de forma directa la declaración desde el portal web oficial de las autoridades de salud, para luego proceder a su impresión, llenado manual y firma autógrafa.
Finalmente, las autoridades aeroportuarias recuerdan que esta certificación de salud no reemplaza los requisitos migratorios habituales.
Todos los viajeros deberán seguir presentando en los mostradores su pasaporte vigente, la correspondiente visa americana o la autorización de viaje aprobada que valide su estatus de ingreso legal al país.