Convivir en un edificio o conjunto residencial bajo el régimen de propiedad horizontal puede convertirse en una verdadera pesadilla cuando te frentas a residentes molestos que organizan fiestas constantes, ponen música a volúmenes estridentes e interrumpe la tranquilidad a altas horas de la madrugada.
Muchas veces, las llamadas recurrentes a los celadores o a las patrullas nocturnas no logran solucionar el problema de fondo.
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Para aclarar qué herramientas jurídicas existen realmente en estos casos, el abogado penalista Francisco Bernate Ochoa explicó en entrevista durante la emisión de El Klub de La Kalle el paso a paso legal que debes seguir para que las autoridades intervengan y apliquen sanciones efectivas.
¿Qué hacer legalmente si tienes un vecino ruidoso en una propiedad horizontal?
Si te encuentras en una situación donde un residente o propietario realiza reuniones ruidosas de manera reiterada sin respetar el descanso de los demás, el jurista explicó que existen dos instancias principales a las que debes acudir:
- El Comité de Convivencia de la copropiedad: Como primer recurso interno, el Comité de Convivencia de la unidad de propiedad horizontal permite reunir a los vecinos afectados para intentar llegar a un acuerdo directo con la persona que genera los desórdenes. Sin embargo, si la persona es conflictiva o se niega a conciliar, el diálogo interno deja de ser suficiente.
- Querella formal en la estación de policía: Cuando la bulla y las fiestas no cesan, llamar a la patrulla en la mitad de la noche no resuelve el problema de forma definitiva. El abogado enfatizó que lo correcto es acudir directamente a la estación de policía de la localidad donde te encuentres (por ejemplo, en Usaquén, Ciudad Bolívar o la zona correspondiente) y formular una querella por atentados contra la convivencia.
Al interponer esta querella formal, la estación de policía citará a ambas partes a una audiencia para escuchar sus versiones, impondrá una multa al infractor y fijará órdenes y condiciones precisas de convivencia que el vecino deberá cumplir obligatoriamente dentro de la copropiedad.
¿Qué pruebas debes presentar y qué pasa si el vecino insiste en hacer ruido?
Para que tu querella avance de forma sólida en la estación de policía, es fundamental que documentes adecuadamente el problema. Según detalló Francisco Bernate en El Klub de La Kalle, las pruebas válidas que debes recopilar e incluir al momento de hacer la denuncia son:
- Grabaciones de audio y video: Puedes usar tu teléfono celular para grabar desde tu residencia el ruido desmedido a altas horas de la noche o en la madrugada (por ejemplo, a las 2:00 a. m.).
- Medición de niveles de ruido: Existen aplicaciones móviles que te permiten medir los decibeles o niveles de ruido; puedes tomar capturas de pantalla de estos registros como soporte complementario.
- La minuta de vigilancia: La bitácora o libro de minuta que elabora el celador de la portería es una prueba clave, ya que allí quedan consignadas las fechas, horas y llamados de atención realizados, así como las visitas previas de la Policía.
- Mensajes y chats de queja: Conversaciones registradas donde conste el reclamo directo sobre la molestia generada.
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¿Qué ocurre si el vecino ruidoso desobedece la orden de la Policía?
Si el infractor continúa haciendo fiestas y desobedeciendo las órdenes e instrucciones impartidas por la autoridad policial tras la querella, la situación escala de ser un asunto meramente de convivencia a un tema judicial.
En ese punto, el incumplimiento de la orden policial configura el delito de fraude a resolución judicial o administrativa, lo que permite que el caso pase a ser investigado directamente por la Fiscalía General de la Nación.
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