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Tatequieto a los administradores de conjuntos; residentes celebran medida

Una decisión clave en los conjuntos residenciales no podrá ser tomada por administradores ni consejos, al no tener validez legal.

Administradores de conjuntos residenciales
Tatequieto a los administradores de conjuntos residenciales; residentes celebran
Foto: imagen realizada con ImageFX

La convivencia en edificios y conjuntos residenciales está regida por la Ley de Propiedad Horizontal, una normativa que busca equilibrar los derechos y deberes de los habitantes, la cual, recientemente, enfatizó que los administradores y consejos de administración ya no pueden modificar el uso de las zonas comunes solo con su decisión.

Esta medida busca proteger el patrimonio colectivo, recordando que las áreas compartidas pertenecen a la totalidad de los copropietarios que se encuentran en los conjuntos residenciales y no a un órgano de dirección específico.

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Cabe recordar que históricamente, siempre han existido conflictos cuando un administrador decide, por cuenta propia o con el aval del consejo, transformar un espacio compartido, donde uno de los casos más conocidos es la conversión de un salón comunal en una oficina administrativa o la adecuación de parqueaderos para otros fines.

Por lo cual, se conoció que ante cualquier cambio en el destino de una zona común requiere obligatoriamente la autorización previa de la Asamblea General de Copropietarios. Esta instancia es el máximo órgano de decisión y la única facultada para permitir tales modificaciones.

¿Cómo se pueden hacer las modificaciones en conjuntos residenciales?

Para que una modificación en el uso de los bienes comunes sea legalmente vinculante en Colombia en los conjuntos residenciales, se deben cumplir con formalidades estrictas:

  1. Aprobación por mayoría calificada: La decisión debe pasar por la asamblea y alcanzar la votación requerida, según lo establecido en el reglamento específico de la propiedad horizontal.
  2. Consignación en acta: Todo el procedimiento debe quedar debidamente registrado en un acta oficial que cumpla con las formalidades exigidas por la ley colombiana.

En los casos donde un administrador o consejo de administración proceda con cambios sin la aprobación de la asamblea, los copropietarios tienen mecanismos legales de defensa, se pueden acudir ante la Inspección de Policía o la Alcaldía local para exponer su queja formal.

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Ante esta situación, las autoridades tienen la potestad de revisar si se cumplió el debido proceso. En caso de demostrarse que la decisión fue unilateral o no alcanzó la votación necesaria, pueden ordenar la restitución del uso original de la zona común.

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¿Cómo se pueden evitar los conflictos con esta modificación?

Por lo cual, la Ley de Propiedad Horizontal, afirma que para evitar conflictos y proteger sus derechos, se recomienda a los residentes:

  • Revisar el reglamento de propiedad horizontal de su conjunto para conocer las mayorías necesarias para cada tipo de decisión.
  • Verificar las actas de asamblea antes de aceptar cualquier obra o cambio en áreas compartidas.
  • Participar activamente en las reuniones de la Asamblea General para asegurar que el patrimonio común se gestione de acuerdo con la ley.