Los colombianos que tienen mascotas en edificios o conjuntos residenciales deben estar atentos a las normativas vigentes para evitar sanciones. Recientemente, se ha alertado sobre multas de hasta $432.000 para aquellos propietarios que no cumplan con las reglas de convivencia establecidas.Según la Corte Constitucional, mantener un animal doméstico en un espacio de habitación es un derecho que hace parte del libre desarrollo de la personalidad y de la intimidad familiar. Sin embargo, este derecho no debe afectar la tranquilidad ni la seguridad de los demás residentes.Normas que regulan la tenencia de mascotas en conjuntos residencialesLas multas impuestas a dueños de mascotas están respaldadas por la Ley 1801 de 2016, conocida como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Esta ley establece normas para evitar perturbaciones en los conjuntos residenciales y promover una sana convivencia.Entre los principales motivos que pueden generar sanciones se encuentran el exceso de ruido, el uso indebido de zonas comunes, la generación de conflictos entre vecinos y el incumplimiento de reglamentos internos.Además, la Ley 746 de 2002 y el Código Nacional de Policía incluyen disposiciones específicas para la tenencia responsable de mascotas, particularmente en lo que respecta a perros de manejo especial, como Pitbull Terrier, Dogo Argentino, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Fila Brasileiro, Bullmastiff y Dóberman. Estos animales deben ser paseados con bozal y correa en espacios comunes para evitar incidentes.Incluso aquellos perros que, sin pertenecer a estas razas, han mostrado conductas agresivas o han sido entrenados para la defensa, también están sujetos a estas regulaciones.Para 2025, el incumplimiento de estas normas podría traducirse en multas de hasta 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale aproximadamente a $711.750. En los casos más graves, las autoridades podrían incluso ordenar el decomiso del animal.Es importante destacar que la administración de los conjuntos residenciales no tiene la facultad de prohibir la tenencia de mascotas, pero sí puede establecer normas de convivencia dentro del reglamento interno.Recomendaciones para evitar sancionesPara garantizar una convivencia armoniosa y evitar multas, los propietarios de mascotas deben seguir algunas recomendaciones clave:Usar siempre correa y bozal en perros de manejo especial al transitar por áreas comunes.Recoger los desechos de las mascotas para mantener la higiene en los espacios compartidos.Respetar los horarios y zonas designadas para el esparcimiento de los animales.Cumplir con todas las disposiciones del reglamento interno del conjunto residencial.La Ley de Propiedad Horizontal (Ley 675 de 2001) establece que cualquier tipo de sanciones o multas solo pueden ser impuestas por la asamblea general de propietarios o el consejo de administración, siempre que esto esté estipulado en el reglamento del conjunto.Conocer y acatar estas normativas no solo evitará sanciones económicas, sino que también contribuirá a una mejor convivencia entre vecinos y al bienestar de las mascotas.Mira también: Subsidio de transporte para estudiantes de Bogotá
La convivencia en conjuntos residenciales impone responsabilidades a todos los habitantes, incluidas aquellas relacionadas con la tenencia de mascotas. En Colombia, la Ley 746 de 2002 y el Código Nacional de Policía establecen normativas específicas para garantizar una tenencia responsable, especialmente en lo que respecta a perros considerados de manejo especial.El artículo 108F de la Ley 746, en concordancia con la Ley 2054 de 2020, regula la circulación de estos animales en espacios comunes. Específicamente, razas como Pitbull Terrier, Dogo Argentino, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Fila Brasileiro, Bullmastiff y Dóberman, entre otras, deben ser paseadas con bozal y correa en zonas compartidas para evitar incidentes que puedan poner en riesgo la seguridad de los residentes.Además, la norma también se aplica a aquellos perros que, sin pertenecer a estas razas, han mostrado comportamientos agresivos o han sido entrenados para la defensa, representando un posible peligro para la comunidad.El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear sanciones económicas significativas. En 2025, las multas por no acatar la normativa podrían ascender a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale a aproximadamente $711.750. En los casos más graves, las autoridades podrían incluso ordenar el decomiso del animal.Es importante destacar que, si bien la administración de los conjuntos residenciales no está facultada para prohibir la tenencia de mascotas, sí puede establecer normas de convivencia dentro del reglamento interno. Estas medidas buscan no solo evitar sanciones, sino también prevenir conflictos entre vecinos y garantizar la seguridad de todos los habitantes.La Ley de Propiedad Horizontal (Ley 675 de 2001) establece que cualquier tipo de sanciones o multas deben ser impuestas únicamente por la asamblea general de propietarios o por el consejo de administración, siempre y cuando se haya otorgado esta facultad en el reglamento de la propiedad. De lo contrario, cualquier multa impuesta por un administrador de manera unilateral sería considerada ineficaz.En caso de una sanción impuesta de manera indebida, los propietarios pueden interponer una acción de tutela como mecanismo de defensa. Las decisiones sancionatorias que no cuenten con la debida autorización legal carecen de validez, ya que el administrador no tiene la competencia para imponerlas.Para evitar sanciones y promover una buena relación entre vecinos, los propietarios de mascotas deben cumplir con las regulaciones vigentes. Algunas de las recomendaciones incluyen:Utilizar siempre correa y bozal en perros de manejo especial al transitar por áreas comunes.Mantener la higiene de los espacios compartidos, recogiendo los desechos de las mascotas.Respetar los horarios y zonas designadas para el esparcimiento de los animales.Cumplir con las disposiciones del reglamento interno del conjunto residencial.El cumplimiento de estas normas no solo evitará multas onerosas, sino que también contribuirá a una convivencia más segura y armoniosa para todos los residentes.Mira también: Así puedes acceder al subsidio Mi Casa Ya
En Colombia, cerca de 7 millones de hogares viven en arriendo, lo que representa un porcentaje significativo de la población. Sin embargo, muchos inquilinos y propietarios desconocen aspectos clave de los contratos de arrendamiento, lo que puede generar inconvenientes legales y económicos. En 2025, es fundamental prestar atención a ciertos vacíos contractuales para evitar sorpresas desagradables. La revista Semana destacó algunos aspectos claves sobre este tema que tanto arrendadores como arrendatarios deben tener en cuenta.Revisar la fecha del contratoUn punto esencial al firmar un contrato de arrendamiento es la fecha en que se suscribió. Desde el 10 de julio de 2003, la legislación colombiana establece reglas específicas para el incremento del canon de arrendamiento. En este sentido:Si el contrato se firmó después de esa fecha, el aumento del arriendo se rige por la inflación anual del país.El incremento no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble.Para contratos previos a esa fecha, las condiciones pueden variar, lo que hace necesario revisar términos específicos antes de aceptar cualquier ajuste en el canon.Condiciones para la terminación del contrato de arrendamientoOtro aspecto a considerar son las condiciones bajo las cuales el arrendador puede dar por terminado el contrato de manera unilateral. Algunos de los motivos más comunes incluyen:Realización de modificaciones o reformas sin autorización del propietario.Subarriendo del inmueble sin consentimiento expreso.Incumplimiento en los pagos del canon de arrendamiento.Es crucial que ambas partes revisen estas cláusulas con detenimiento y que cualquier modificación contractual quede documentada por escrito para evitar disputas futuras.¿Qué pasa en el caso de los arriendos de las bodegas?Para los contratos de arrendamiento de locales comerciales, oficinas y bodegas, es importante tener en cuenta que estos se rigen por el Código de Comercio, no por la normativa de vivienda. En los artículos 518 al 524 de dicho código se abordan las regulaciones para estos inmuebles, sin embargo:No existe una regulación específica sobre el incremento del canon de arrendamiento.Los aumentos dependen de lo pactado entre arrendador y arrendatario.La falta de claridad en los contratos puede generar conflictos al momento de establecer reajustes.El sector de arrendamientos en Colombia moviliza aproximadamente 55 billones de pesos al año, según datos de Fedelonjas. Con esta cifra en mente, es evidente la importancia de contar con contratos claros y bien estructurados para evitar inconvenientes legales o financieros.Recomendaciones para evitar problemas al momento de arrendar un inmueblePara evitar problemas con el arrendamiento en 2025, ten en cuenta estos consejos:Revisa minuciosamente las cláusulas antes de firmar.Verifica la fecha de inicio del contrato para determinar el régimen de incremento del arriendo.Asegúrate de que todas las condiciones estén por escrito para evitar malos entendidos.En el caso de locales comerciales o bodegas, negocia con claridad los ajustes del canon.Un contrato bien redactado y revisado es la mejor garantía para una relación de arrendamiento sin inconvenientes.También puedes ver: ¿Comprar una casa es una deuda buena?, el experto Sebastián Rodríguez nos dio la respuesta
En un esfuerzo por frenar la discriminación y violencia contra la comunidad LGBTIQ+, algunos conjuntos residenciales en Colombia han decidido imponer sanciones económicas a aquellos que agredan, ya sea física, verbal o psicológicamente, a cualquier persona perteneciente a este sector social. De acuerdo con información obtenida por La Kalle, estas multas pueden superar un salario mínimo colombiano, representando una postura firme en favor de la inclusión y el respeto.Si bien esta medida no es generalizada en todos los conjuntos residenciales del país, encuentra sustento en un marco legal sólido que protege los derechos de las personas LGBTIQ+. La Constitución Política de Colombia, en sus artículos 1, 2, 5 y 13, establece la igualdad como principio fundamental, garantizando que todas las personas disfruten de los mismos derechos y libertades sin discriminación por orientación sexual o identidad de género.Además, la Ley 1482 de 2011, modificada por la Ley 1752 de 2015, sanciona penalmente los actos discriminatorios, incluyendo aquellos motivados por la orientación sexual o identidad de género de una persona. Asimismo, el artículo 130 de la Ley 1753 de 2015 refuerza la necesidad de implementar políticas públicas que garanticen los derechos de la comunidad LGBTIQ+, promoviendo su inclusión en los planes de desarrollo departamentales y municipales.Medidas de protección en el ámbito internacional a la comunidad LGBTIQ+El compromiso con la protección de los derechos de esta comunidad no es exclusivo de Colombia. Organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han reafirmado la obligación de los Estados de prevenir y sancionar cualquier forma de discriminación. En este sentido, la Resolución AG/RES.2435 de la Organización de Estados Americanos (OEA) manifiesta su preocupación por la violencia y violaciones a los derechos humanos motivadas por la orientación sexual o identidad de género.A pesar de los avances legales y los compromisos internacionales, las personas LGBTIQ+ en Colombia continúan enfrentando actos de violencia y discriminación en distintos ámbitos de su vida cotidiana, incluyendo sus propios lugares de residencia. Por esta razón, la decisión de algunos conjuntos residenciales de establecer sanciones económicas busca generar un ambiente de convivencia basado en el respeto y la dignidad humana.Desde la jurisprudencia nacional, la Corte Constitucional ha destacado en múltiples fallos (C-098 de 1996, C-507 de 1999, T-196 de 2016, entre otros) que la orientación sexual y la identidad de género son expresiones del libre desarrollo de la personalidad, lo que implica que ninguna persona debe ser objeto de agresión o exclusión por estas razones.Si bien las sanciones económicas pueden servir como un mecanismo de disuasión, es necesario que las comunidades promuevan el diálogo y la educación en diversidad. La discriminación y la violencia no se erradican únicamente con multas, sino con estrategias que fomenten el respeto y la empatía. Programas de sensibilización, capacitaciones y políticas de cero tolerancia son algunas de las acciones complementarias que pueden contribuir a la construcción de espacios seguros para todos.La implementación de estas sanciones en algunos conjuntos residenciales refleja una tendencia hacia la protección de los derechos de la comunidad LGBTIQ+ en el ámbito privado. No obstante, el desafío sigue siendo garantizar que esta protección se extienda a todos los espacios, en concordancia con el mandato constitucional de igualdad y no discriminación. La lucha por una sociedad inclusiva continúa, y cada acción que refuerce este principio es un paso adelante en la defensa de los derechos humanos.Mira también: Recomendaciones para solicitar la visa
Si tienes escombros, muebles en mal estado o colchones viejos y no sabes qué hacer con ellos, Bogotá cuenta con una solución práctica. La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) dispuso una serie de Ecopuntos para la recolección de estos residuos en varias localidades de la ciudad, desde el 28 al 31 de enero de 2025.¿Qué tipo de residuos puedes llevar?En los Ecopuntos habilitados, puedes depositar:Escombros y residuos de construcción y demolición.Colchones, muebles, madera y tejas.Enseres voluminosos en mal estado.Esto permite a los ciudadanos deshacerse de residuos que el operador de aseo regular no recoge, promoviendo una ciudad más limpia y organizada.Horarios y ubicaciones de los Ecopuntos A continuación, se detalla la programación de los Ecopuntos para estos días:DíaHorarioUbicaciónLocalidadMartes 28/018:00 a.m. - 12:00 m.Parque Autopista Sur Muzu, Carrera 50C #38 Sur - 62Puente ArandaMartes 28/018:00 a.m. - 12:00 m.Parque El Muelle, Calle 64B #105G - 15EngativáMiércoles 29/019:00 a.m. - 2:00 p.m.Nueva Zelanda, Carrera 52 con Calle 180SubaMiércoles 29/018:00 a.m. - 12:00 m.Parque La Francia, Carrera 50G #44A - 26Puente ArandaMiércoles 29/018:00 a.m. - 12:00 m.Parque Luis Carlos Galán, Carrera 94G #90 - 86EngativáJueves 30/018:00 a.m. - 12:00 m.Parque Santa Matilde Primer Sector, Carrera 32A #1-39Puente ArandaJueves 30/019:00 a.m. - 2:00 p.m.Santa Margarita, Calle 104A con Carrera 47SubaJueves 30/019:00 a.m. - 2:00 p.m.Niza Antiguo, Calle 118 con Carrera 70SubaViernes 31/018:00 a.m. - 12:00 m.Parque Miska, Carrera 119 con Calle 66BEngativáViernes 31/018:00 a.m. - 12:00 m.La Floresta, Carrera 68D con Calle 99Barrios Unidos¿Qué hacer para que me recojan los escombros en fechas diferentes?El Distrito tiene habilitada la línea 110 para que las personas se puedan comunicar y solicitar la recolección de sus muebles, escombros y demás tipo de residuos voluminosos con alguno de los operadores de aseo.Este servicio tiene costo y la tarifa es acordada entre el operador y el ciudadano, dependiendo de la cantidad de desechos que se deben recoger.¿De cuánto es la multa por sacar escombros y desechos de gran tamaño a la calle? Es importante recordar que sacar escombros o residuos voluminosos en lugares no autorizados puede generarte multas según el Código Nacional de Policía. Las sanciones oscilan entre $208,331 (cuatro salarios mínimos diarios) y $833,324 (32 salarios mínimos diarios).Por ello, aprovechar los Ecopuntos de la UAESP no solo contribuye al orden en la ciudad, sino que también te ayuda a evitar infracciones. Haz parte del cambio y acércate al Ecopunto más cercano.Te recomendamos ver: Reciclaje de baterías, ¿peligroso?
Este tema no solo es de interés para administradores y residentes, sino también un factor clave para prevenir conflictos. Entre las inquietudes más recurrentes surge la cuestión de si los perros de razas grandes deben llevar bozal en las áreas comunes de conjuntos residenciales. Descubre lo que establece la legislación colombiana y cómo estas normativas buscan garantizar la convivencia armónica.Regulaciones legales sobre la tenencia de perros en propiedad horizontalEl Código Nacional de Policía y Convivencia, junto con la Ley 746 de 2002, establece normativas claras para la tenencia de animales de compañía en espacios de propiedad horizontal. Estas leyes tienen como objetivo minimizar riesgos y promover una coexistencia pacífica entre los residentes.De acuerdo con el Artículo 108F de la Ley 746, los perros catalogados como potencialmente peligrosos deben llevar bozal y correa en espacios públicos o concurridos, incluidas las zonas comunes de conjuntos residenciales. Esta categoría incluye caninos que han mostrado conductas agresivas, han sido entrenados para ataque o defensa, o pertenecen a determinadas razas reconocidas por su morfología y fuerza. Entre estas razas se encuentran:American Staffordshire Terrier.Bullmastiff.Dóberman.Dogo Argentino.Fila Brasileiro.Pit Bull Terrier.Rottweiler.Staffordshire Terrier.El incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en sanciones significativas, como multas de hasta cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes y el decomiso del animal.¿Qué dice la ley sobre el uso obligatorio del bozal y la correa en los perros?Mientras que el uso de la correa es obligatorio para todos los perros en zonas comunes, el bozal solo es exigido para aquellos clasificados como potencialmente peligrosos. Estas medidas buscan prevenir incidentes, como ataques o accidentes, y garantizar la seguridad tanto de los animales como de las personas que comparten estos espacios.Además, la legislación subraya la importancia de recoger las excretas de los animales y desecharlas de manera adecuada, así como de evitar que los perros causen daños a bienes comunes o molestias a otros residentes.Conflictos más comunes en propiedad horizontalEl Instituto de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) señala que los conflictos más frecuentes relacionados con la tenencia de animales en conjuntos residenciales incluyen:Falta de recolección de excrementos.Ruidos molestos, como ladridos o maullidos nocturnos.Maltrato animal o negligencia en su cuidado.Desacuerdos sobre el uso de las áreas comunes.Aunque la administración de la propiedad horizontal no puede prohibir la tenencia de mascotas, sí está facultada para establecer reglas de convivencia en el manual del conjunto. Estas reglas deben alinearse con la legislación vigente y ser respetadas tanto por los cuidadores de animales como por los demás copropietarios.Recomendaciones para una convivencia armónica con mascotasPara los residentes de conjuntos residenciales que tienen mascotas, se sugiere:Usar siempre la correa en las áreas comunes.Colocar bozal a los perros de razas clasificadas como potencialmente peligrosas.Solicitar a la asamblea general la adecuación de espacios comunes para las mascotas.Respetar el uso compartido del ascensor, solicitando permiso a otros vecinos si es necesario.Garantizar la higiene y el bienestar del animal.La tenencia responsable de mascotas en propiedad horizontal requiere un esfuerzo conjunto entre residentes, administradores y cuidadores de animales. Cumplir con las normativas legales no solo evita conflictos, sino que también promueve una convivencia respetuosa y segura. El uso adecuado de bozales y correas es una medida clave para proteger tanto a los animales como a las personas, garantizando así una mejor calidad de vida para todos los habitantes del conjunto residencial.Mira también: Tres alternativas con la que el ICETEX te podría perdonar la deuda
En los últimos años, la tendencia pet friendly ha ganado terreno en los espacios urbanos, incluyendo los conjuntos residenciales. Sin embargo, surgen preguntas recurrentes entre los propietarios de animales: ¿puede mi perro utilizar el parque infantil del conjunto? Para responder, es esencial conocer las normativas y derechos relacionados con la tenencia de mascotas en inmuebles de propiedad horizontal.¿Se puede prohibir el acceso de los perros a los parques de niños?El acceso de perros a parques infantiles dentro de un conjunto depende de las disposiciones del reglamento interno. Aunque no existe una ley que prohíba expresamente esta práctica, las normas internas pueden limitar el uso de ciertos espacios por motivos de seguridad o higiene. Sin embargo, estas restricciones deben ser razonables, proporcionales y no vulnerar los derechos de los propietarios de mascotas.De acuerdo con la Sentencia T-035 de 1997 de la Corte Constitucional, tener mascotas es un derecho que forma parte del desarrollo de la personalidad y la intimidad personal y familiar. Esto significa que los residentes de un inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal pueden convivir con sus animales de compañía sin restricciones arbitrarias, siempre que se respeten las normas de convivencia establecidas en el reglamento del conjunto.La Ley 675 de 2001 establece el marco normativo para la propiedad horizontal en Colombia. Su artículo 74 señala que los reglamentos internos de las unidades inmobiliarias pueden incluir disposiciones sobre la permanencia de mascotas, siempre que estas no vulneren derechos fundamentales. Por ejemplo, prohibir totalmente la tenencia de animales sería inconstitucional, como lo ha aclarado la Corte Constitucional en varias sentencias, incluyendo la T-034 de 2013.¿Cuál es el rol del administrador y las asambleas?El administrador del conjunto es clave para garantizar una convivencia armónica entre los residentes y sus mascotas. Su función incluye mediar en conflictos y asegurar que las normas internas respeten tanto los derechos individuales como el bienestar colectivo.Por otro lado, la asamblea de copropietarios tiene la facultad de establecer reglas específicas para el uso de zonas comunes por parte de los animales de compañía. Esto incluye decidir si los perros pueden o no acceder a espacios como parques infantiles o zonas verdes. Estas decisiones deben estar respaldadas por mayorías calificadas, conforme a lo estipulado por la Ley 2054 de 2020.¿Cuáles son las multas por incumplir con las normas de mascotas en los conjuntos?El incumplimiento de las normas de convivencia relacionadas con mascotas puede acarrear sanciones. La Ley 1801 de 2016, conocida como el Código Nacional de Policía, en su artículo 124 establece multas por comportamientos que afecten la convivencia, como no recoger los excrementos de los animales.Además, los propietarios deben garantizar que sus mascotas cumplan con medidas de seguridad como el uso de bozales y correas en zonas comunes, especialmente en el caso de perros catalogados como de manejo especial.La clave está en respetar las normas internas, garantizar el bienestar de todos los residentes y promover una cultura de respeto y tolerancia.Mira también: Tres alternativas para que el ICETEX te perdone la deuda
La convivencia en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal exige equilibrar derechos y deberes entre los copropietarios. Bajo este sistema, se reconocen derechos de propiedad exclusiva sobre unidades privadas y derechos de copropiedad sobre las áreas comunes, según lo dispuesto por la normativa vigente.De acuerdo con la ley que regula la propiedad horizontal, uno de sus objetivos principales es garantizar la seguridad y la convivencia pacífica, enmarcándose en principios orientadores como la función social y ecológica de la propiedad, la solidaridad social y el respeto por la dignidad humana. Esto incluye medidas que fomenten relaciones armónicas entre los copropietarios.¿Se puede prohibir el ruido en zonas comunes de los conjuntos residenciales?Una de las principales problemáticas que enfrentan las comunidades en propiedad horizontal es el ruido excesivo. Este no solo afecta la tranquilidad de los residentes, sino que también puede vulnerar los derechos de grupos específicamente protegidos, como personas mayores, enfermos o quienes necesitan descansar tras jornadas laborales. Por ello, la regulación de normas de silencio es una herramienta clave para la convivencia.En zonas residenciales, los niveles máximos de ruido permitidos por la normativa son de 65 decibeles durante el día y 55 decibeles por la noche. Estos niveles equivalen al ruido normal de una casa, como conversaciones en tono moderado o el funcionamiento de electrodomésticos. Superar estos límites podría representar una infracción que amerita intervención.¿Qué pasa si no cumples las normas de ruido en un conjunto residencial?Si bien las administraciones de las copropiedades tienen el deber de establecer y hacer cumplir reglamentos que promuevan el respeto mutuo, también es posible recurrir a acciones legales en caso de que las normas no sean suficientes o no se apliquen correctamente. Por ejemplo:Intervención policial: Ante una situación de ruido excesivo dentro de unidades privadas, los afectados pueden llamar a la Policía, que está facultada para invitar a los responsables a moderar su comportamiento.Acciones judiciales: Si la situación persiste y afecta el uso y goce de la propiedad, se pueden emprender acciones judiciales, como una acción de tutela, para proteger los derechos vulnerados.Sanciones internas: Los reglamentos de propiedad horizontal pueden incluir sanciones por incumplimiento de las normas, siempre que se respete el debido proceso y el derecho a la defensa.La implementación de normas de silencio no es solo una cuestión de reglamentación, sino también un reflejo de la solidaridad y el respeto entre los miembros de una comunidad. Los reglamentos deben propender a generar un entorno donde se reconozcan las necesidades de todos los residentes, promoviendo relaciones pacíficas y cooperativas.El respeto por el bienestar colectivo no es solo una obligación legal, sino una muestra de empatía y conciencia comunitaria. Garantizar la tranquilidad de las zonas comunes y el cumplimiento de horarios de silencio es un paso esencial para construir espacios de convivencia armónica.Mira también: Las tres formas en las que el ICETEX te perdonaría la deuda
Cuando se trata de vivir en conjuntos residenciales o edificios sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, cualquier cambio que se desee hacer en la fachada de una vivienda debe seguir estrictamente lo estipulado por la Ley 675 de 2001. Este marco normativo regula el uso, mantenimiento y modificación de los bienes comunes esenciales, entre los que se incluyen las fachadas, las estructuras y los techos, entre otros.De acuerdo con la ley, las fachadas forman parte de los llamados bienes comunes esenciales, aquellos indispensables para la estabilidad, conservación y seguridad del edificio, así como para el disfrute de los bienes privados. Estas áreas incluyen elementos como las estructuras, los cimientos, las circulaciones esenciales, las instalaciones de servicios públicos básicos y las cubiertas.Esto significa que cualquier alteración en la fachada no solo afecta a la propiedad individual, sino también a la estética, el valor y la seguridad del conjunto en su totalidad.Requisitos para modificar una fachadaPara realizar cambios en la fachada de una vivienda, es necesario cumplir con dos requisitos fundamentales:Licencia ante curadurías urbanas: Cualquier intervención, como modificar el tamaño de una ventana o instalar una nueva estructura, requiere de la autorización de una curaduría urbana.Aprobación de la asamblea de copropietarios: Si se trata de un conjunto residencial, la asamblea debe aprobar previamente las modificaciones. Esto aplica incluso para cambios aparentemente simples, como pintar de otro color o agregar ventanas al balcón.La normativa establece que para que la asamblea general apruebe estas modificaciones, debe contar con la participación de más de la mitad de los propietarios, lo que equivale a la mitad más uno de los coeficientes de copropiedad. Por ejemplo, en un edificio con 50 apartamentos, serían necesarios al menos 26 votos a favor.Modificar una fachada sin la debida autorización puede desvalorizar no solo el inmueble intervenido, sino también el de los demás copropietarios. Esto ocurre porque la uniformidad y el diseño original de las fachadas son elementos clave en la percepción de valor y estética del edificio.sAunque los patios de los apartamentos del primer piso suelen estar designados como áreas privadas, estos también forman parte de la fachada. En varios casos, propietarios han realizado ampliaciones sin autorización ni licencias, lo que ha generado problemas legales y conflictos entre vecinos.Algunos abogados argumentan que incluso los actuales propietarios de inmuebles intervenidos son responsables de las irregularidades, aunque no hayan sido quienes realizaron las obras. Esto podría implicar la restitución de la construcción original, a pesar de que hayan pasado más de 12 años desde que se ejecutaron las modificaciones.Para resolver este tipo de irregularidades, los copropietarios pueden recurrir a las autoridades competentes o interponer acciones legales, aunque deben considerar factores como el tiempo transcurrido y las normativas locales. En casos extremos, podría ordenarse la demolición de las obras no autorizadas, lo que abre la posibilidad de demandas contra el edificio o los vendedores originales.Respetar las normas sobre modificaciones en conjuntos residenciales no solo protege el valor de las propiedades, sino que también garantiza la convivencia y el cumplimiento de la ley. Antes de realizar cualquier cambio en la fachada de tu vivienda, consulta con la administración, verifica los requisitos legales y busca la aprobación de la asamblea general.Mira también: Tres alternativas a las que puedes recurrir para que el ICETEX te perdone
La creación de huertas y la siembra en conjuntos residenciales es una práctica que ha ganado popularidad debido a su impacto positivo en la sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente. Sin embargo, este tipo de iniciativas debe realizarse cumpliendo con las normativas estipuladas en la Ley 675 de 2001, conocida como la Ley de Propiedad Horizontal, que regula los inmuebles con derechos de propiedad exclusiva y bienes comunes.La Ley y el cuidado de las áreas verdes en conjuntos residencialesDe acuerdo con la Ley 675 de 2001, cada conjunto residencial tiene la potestad de establecer sus propias normas internas mediante el reglamento de propiedad horizontal o las decisiones de la asamblea general. Estas normas regulan el uso y mantenimiento de las zonas comunes, incluidas las áreas verdes, donde podrían instalarse huertas.Para proteger y mantener estas áreas verdes, se deben seguir ciertas recomendaciones generales:Evitar la acumulación de basura: Mantener las áreas libres de desechos no solo mejora la apariencia del lugar, sino que también previene malos olores y promueve un ambiente limpio.Podar las plantas y mantener el orden: Las plantas bien cuidadas no solo embellecen el espacio, sino que también contribuyen al bienestar general de los residentes.Regar y cuidar adecuadamente las plantas: Garantizar un riego apropiado y evitar el uso excesivo de productos químicos ayuda a conservar un entorno saludable.Plantar árboles y especies nativas: Este enfoque fomenta la biodiversidad local y reduce el impacto ambiental negativo.Al igual que existen recomendaciones para cuidar las áreas verdes, también hay prohibiciones claras para preservar la armonía en los conjuntos residenciales. Estas incluyen:Modificar fachadas y zonas comunes sin autorización.Colocar letreros, pancartas o avisos no permitidos en ventanas y fachadas.Utilizar pasillos, escaleras o puntos fijos para estacionar bicicletas, jugar o almacenar objetos.Usar los parqueaderos como espacios de juego o reunión.Estas reglas buscan mantener el orden y prevenir el deterioro de las instalaciones comunes.¿Es posible tener huertas en conjuntos residenciales?La instalación de huertas en zonas comunes es una decisión que depende del reglamento interno de cada conjunto residencial. Por ejemplo, en muchas ocasiones, las asambleas generales de copropietarios discuten y aprueban proyectos relacionados con huertas comunitarias, siempre que se respete el uso designado de las áreas comunes y no se altere el diseño arquitectónico del lugar.La creación de huertas puede traer diversos beneficios, como la producción de alimentos frescos, la promoción de la educación ambiental entre los residentes y el fortalecimiento del sentido de comunidad. Sin embargo, es fundamental que los residentes lleguen a acuerdos claros sobre su manejo y mantenimiento.Si estás interesado en implementar una huerta en tu conjunto residencial, considera los siguientes pasos:Revisa el reglamento de propiedad horizontal para conocer las normativas aplicables.Presenta la propuesta en la asamblea general, argumentando los beneficios y planteando un plan de mantenimiento.Asegúrate de que la huerta no interfiera con otras actividades o usos de las zonas comunes.Promueve la participación activa de los residentes para garantizar el éxito del proyecto.Sí es posible sembrar en conjuntos residenciales, pero bajo las condiciones y regulaciones que establezcan sus propias normas internas. Una huerta comunitaria bien gestionada puede ser una excelente iniciativa para fortalecer los lazos vecinales y fomentar un estilo de vida más sustentable.Mira también: Tres alternativas para que el ICETEX te perdone la deuda