La implementación de la reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia, que busca pasar de 48 a 42 horas semanales, trae consigo modificaciones que van más allá del número de horas trabajadas, con la vigencia de lo establecido por la Ley 2101 de 2021, el país ya avanza en su aplicación y las implicaciones para los empleados se están materializando.
Aunque en principio la medida tiene el objetivo de mejorar la calidad de vida de los trabajadores y mantener el salario sin reducirlo, el Ministerio de Trabajo aclaró que dos momentos del día laboral dejarán de considerarse parte del horario efectivo de trabajo, como lo son, la hora de almuerzo y el desplazamiento desde la vivienda hasta el centro laboral.
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¿La hora del almuerzo y el tiempo de desplazamiento hacia el trabajo cuenta como jornada laboral?
Según el artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo, cada jornada ordinaria debe distribuirse en al menos dos secciones, dejando un intermedio de descanso para alimentación o descanso, sin embargo, ese periodo ya no se computa como parte de las horas de trabajo, lo que implica que no genere recargos u horas extras ni aporte al cómputo para otros beneficios ligados a la jornada.
Asimismo, el Ministerio determinó que el tiempo que tarda un trabajador en desplazarse de su residencia al sitio de labores, incluso cuando el transporte es proporcionado por la empresa no constituye parte de la jornada laboral, lo que significa que ese lapso no se remunera como tiempo de trabajo ni genera recargos o prestaciones asociadas.
¿Cuáles son las consecuencias de reducir la jornada laboral?
Para muchos empleados, la medida representa una contradicción, aunque trabajar menos horas parece un avance, perder el reconocimiento de ciertos tiempos puede implicar una carga mayor en la práctica. Diversos análisis advierten que el cambio puede generar una “reducción efectiva” del tiempo remunerado, aunque formalmente la jornada haya disminuido.
Desde el punto de vista de las empresas, el ajuste permite una mayor flexibilidad administrativa para contabilizar el tiempo laboral, pero para los trabajadores implica un monitoreo más riguroso de sus tareas y descansos.
¿Cuándo se complementará la reducción de jornada laboral?
Desde julio de 2025, la jornada laboral máxima se redujo a 44 horas semanales y en julio de 2026 se espera alcanzar las 42 horas establecidas por la ley, en ese punto, también se eliminarán beneficios adicionales como el “Día de la Familia” y algunas actividades recreativas obligatorias, lo que ha generado preocupación en sindicatos y empleados.
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¿Qué pueden hacer los trabajadores ante los cambios de la jornada laboral?
Se recomienda a los empleados:
- Verificar que su empleador aplique correctamente los cálculos de horas trabajadas y descanso.
- Consultar acuerdos colectivos o contratos individuales.
- Exigir claridad sobre qué horas se consideran efectivas para trabajar.
- En caso de dudas o incumplimientos, acudir al Ministerio de Trabajo o a los mecanismos de inspección laboral.
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