
Las dos enfermedades por las que un empleado no puede ser despedido de su trabajo
Las leyes colombianas protegen a los empleados que, en los últimos tiempos, hayan sido diagnosticados con dos enfermedades en particular.

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Se conoció que la Ley 2466 de 2025 de la última reforma laboral, marca un antes y un después en las relaciones laborales en el país. Esto se debe a que esta nueva normativa busca ser más estricta en el sentido de garantizar los derechos de los trabajadores y evitar despidos sin justa causa.
Uno de los apartados más importantes que tiene esta ley, es que las empresas deben pagar indemnizaciones más altas en caso de que se presente un despido injustificado sin causas legales. Además toca el apartado de las enfermedades mentales resaltando que los empleados con alguna enfermedad de salud mental no pueden ser despedidos sin previa autorización.
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Desde la pandemia por Covid el tema de salud mental se enfatizó en Colombia y se ve reflejado en las últimas legislaciones. Tanto es así que la Sentencia T-949 de 2013 de la Corte Constitucional, destaca que los empleados hayan sido diagnosticados con depresión y ansiedad no pueden ser despedidos sin el consentimiento del Ministerio de Trabajo.
Tanto es así que varios psicólogos afirman que el estrés laboral, el acoso y la sobrecarga de tareas son motivos que pueden desencadenar una crisis en la persona, por lo cual, el despido en estas condiciones se podría considerar una vulneración a los derechos humanos.
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Otro valor que deben tener en cuenta las empresas, son las indemnizaciones por despido sin justa causa. Tanto es así que dice la ley que se dan 45 días de salario por el primer año de trabajo, más 15 días por cada año hasta los cinco años y 20 más por cada año posterior.
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Por lo cual, en caso que ocurra un despido injustificado se debe pagar una indemnización proporcional al tipo de contrato, salario y antigüedad, esto según conforme al Código Sustantivo del Trabajo y las modificaciones que existen con la Ley 2466 de 2025.
Ante situaciones especiales, como es el caso de embarazos, licencias de maternidad o paternidad, incapacidades médicas. El empleador debe seguir un procedimiento especial para desvincular al trabajador, puntos que son muy señalados por el Ministerio del Trabajo para reforzar la justicia laboral.
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