Las vacaciones son un derecho fundamental de los trabajadores, garantizado por la ley laboral en Colombia. Sin embargo, bajo ciertas circunstancias, las empresas pueden interrumpir este periodo de descanso si existen razones de fuerza mayor que lo justifiquen. Aunque esto no significa que el empleado pierda su derecho a disfrutar de sus vacaciones, sí puede verse obligado a postergarlas temporalmente.¿Cuándo puede una empresa interrumpir las vacaciones?De acuerdo con el artículo 188 del Código Sustantivo del Trabajo, una empresa solo puede interrumpir las vacaciones de un trabajador por una causa justa. Esto puede ocurrir si una situación extraordinaria afecta directamente la operación de la organización y requiere la presencia del empleado. Entre los motivos que podrían justificar la interrupción de las vacaciones se encuentran:Incapacidades imprevistas de otros trabajadores.Licencias de luto o calamidades que alteren la operatividad del equipo.Eventos inesperados que pongan en riesgo la estabilidad de la empresa.Si una empresa toma esta decisión, el trabajador tiene derecho a reanudar sus vacaciones una vez resuelta la contingencia. Además, es fundamental que la organización informe con claridad los motivos de la interrupción y ofrezca una solución equitativa para garantizar el bienestar del empleado.El derecho a las vacaciones y su regulación en ColombiaEn Colombia, todo trabajador con un contrato formal y un horario definido tiene acceso a una serie de beneficios contemplados en la legislación laboral. Estos incluyen afiliación a la seguridad social y el derecho a disfrutar de vacaciones remuneradas tras cumplir un año de trabajo.Las vacaciones son consideradas un derecho fundamental, ya que permiten el descanso físico y mental del trabajador, promoviendo su bienestar y productividad. Por esta razón, la ley estipula que el empleador debe garantizar su disfrute, sin posibilidad de eliminarlas o compensarlas económicamente, salvo en casos excepcionales. Según la Ley 995 de 2005, está prohibido cambiar las vacaciones por dinero, aunque el Ministerio del Trabajo aclara que, en circunstancias especiales, se puede pagar hasta la mitad del tiempo correspondiente.¿Cómo se otorgan las vacaciones en Colombia?Los empleados que completan un año de trabajo tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones. Para hacer uso de este beneficio, deben solicitarlo con al menos 15 días de anticipación. Sin embargo, también existen otras modalidades:Vacaciones anticipadas: En algunos casos, el empleador y el trabajador pueden acordar que las vacaciones sean disfrutadas antes del año de servicio.Vacaciones colectivas: Algunas empresas establecen períodos fijos en los que toda la organización entra en receso.Compensación parcial: En situaciones especiales, se puede pagar hasta el 50 % del tiempo de vacaciones.Si un trabajador finaliza su contrato sin haber tomado sus vacaciones, la empresa está en la obligación de pagarlas junto con la liquidación final.En los últimos años, los debates sobre la reducción de la jornada laboral en Colombia. Algunos países optan por disminuir el número de horas semanales trabajadas, lo que podría impactar la forma en que se calculan los días de vacaciones. En Colombia, se han propuesto iniciativas para reducir la jornada de 48 a 42 horas semanales, lo que podría generar ajustes en los derechos laborales y en la organización del tiempo de descanso de los empleados.Puedes seguir viendo: ¿La empresa en la que trabajas te puede obligar a tomar vacaciones sin pedirlas?
TikTok se ha convertido en una plataforma donde muchos profesionales logran destacarse y brindar información de valor. Un caso particular es el del abogado especializado Jackson Peláez, quien se ha vuelto viral en esta red social al explicar temas jurídicos de interés general. En uno de sus videos más recientes, que acumula más de 144,000 reproducciones y ha sido guardado en más de 360 ocasiones, el abogado explica cómo calcular la indemnización por despido sin justa causa en contratos a término indefinido en Colombia.¿Se puede despedir a un trabajador con contrato indefinido?Según lo explicado por el abogado, en Colombia, contar con un contrato a término indefinido no significa que el trabajador no pueda ser despedido. Según el Código Sustantivo del Trabajo, el empleador tiene la facultad de terminar el contrato en cualquier momento. Sin embargo, si el despido se da sin justa causa, el empleador está obligado a indemnizar al trabajador, de acuerdo con lo establecido en la ley.¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin justa causa?La legislación laboral colombiana establece lo siguiente para calcular la indemnización en contratos a término indefinido:Primer año trabajado: El trabajador tiene derecho a recibir una indemnización equivalente a 30 días de salario.Años adicionales: Por cada año adicional laborado, se suman 20 días de salario.Por ejemplo, si un trabajador ha estado en la empresa durante cinco años y es despedido sin justa causa, la indemnización se calcularía así:Primer año: 30 días de salarioCuatro años adicionales: 20 días por cada año (4 x 20 = 80 días)Total: 110 días de salario como indemnizaciónEste cálculo aplica para trabajadores que devengan hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Si el salario supera este límite, la indemnización es diferente, ya que por cada año adicional solo se suman 15 días de salario en lugar de 20.Otras consideraciones legales respecto a los despidos sin justa causaPago de prestaciones sociales: Independientemente de la indemnización, el empleador también debe liquidar las prestaciones sociales (cesantías, intereses a las cesantías, primas de servicios y vacaciones).Seguridad social: La empresa debe garantizar el pago de aportes a salud y pensión hasta el último día laborado.Acciones legales: Si el empleador no cumple con el pago de la indemnización correspondiente, el trabajador puede interponer una demanda ante el Ministerio del Trabajo o acudir a un abogado laboralista.Conocer tus derechos laborales es fundamental para garantizar un trato justo en caso de despido. La viralidad de profesionales como Jackson Peláez en plataformas como TikTok ha permitido que más personas accedan a información valiosa sobre legislación laboral. Si enfrentas un despido sin justa causa, asegúrate de calcular correctamente tu indemnización y, en caso de irregularidades, busca asesoría legal.Continúa viendo: Todo lo que debes de saber sobre los contratos laborales en Colombia ¿Qué pasa con la subordinación?
En Colombia, muchos trabajadores operan bajo la modalidad de prestación de servicios, lo que les impide gozar de estabilidad laboral y beneficios como prestaciones sociales; vacaciones, cesantías, salud y pensión, prima, entre otros.Sin embargo, existe una ley que pretende cambiar este panorama al permitir que aquellos contratistas que cumplan ciertos requisitos puedan aspirar a un contrato a término indefinido. A continuación, te explicamos en qué consiste esta normativa y cómo puedes beneficiarte.La legislación vigente establece que, si un trabajador vinculado mediante un contrato de prestación de servicios cumple con ciertas condiciones, su relación laboral puede ser considerada como un contrato de trabajo, otorgándole derechos propios de un empleado formal. La clave radica en la existencia de subordinación, es decir, cuando el trabajador debe acatar órdenes directas sobre la forma y el lugar en que realiza sus funciones.Esto significa que, si un contratista sigue instrucciones del empleador de manera regular y cumple horarios específicos, la empresa podría estar incurriendo en una presunción de contrato laboral. En este caso, el trabajador tendría derecho a ser formalizado con un contrato a término indefinido.¿Cuándo se presume la existencia de un contrato laboral?Si bien el contrato de prestación de servicios implica independencia y autonomía, hay situaciones en las que la relación se convierte en una relación laboral encubierta. Algunos criterios que pueden llevar a la conversión del contrato incluyen:Subordinación: Si el contratista recibe órdenes directas sobre cómo y dónde realizar sus funciones.Continuidad: Si el vínculo con la empresa se extiende por un tiempo prolongado y no se limita a proyectos específicos.Funciones regulares: Si el trabajador desempeña actividades propias del objeto social de la empresa de forma continua.Si se cumplen estas condiciones, el contratista puede solicitar el reconocimiento de su relación laboral ante las autoridades competentes.¿Cómo acceder a un contrato a término indefinido?Si crees que tu contrato de prestación de servicios cumple con los criterios de subordinación y continuidad, puedes tomar las siguientes acciones:Revisar tu relación laboral: Identifica si cumples con los elementos de un contrato de trabajo según la legislación vigente.Solicitar la formalización: Puedes hablar con tu empleador para exponer tu situación y solicitar la conversión a un contrato laboral.Recurrir a instancias legales: En caso de negativa, puedes acudir al Ministerio del Trabajo o presentar una demanda para que se reconozcan tus derechos.Esta ley representa un avance en la protección de los derechos laborales en Colombia. Si eres contratista y cumples con las condiciones de un vínculo laboral formal, podrías acceder a la estabilidad de un contrato a término indefinido. Infórmate y reclama tus derechos.También puedes ver: Todo lo que debes de saber sobre los contratos laborales en Colombia ¿Qué pasa con la subordinación?
El presidente Gustavo Petro anunció recientemente que el salario mínimo en Colombia para el año 2025 será de 1.623.500 pesos, incluyendo el auxilio de transporte. Este aumento, que representa un 9,5% respecto al salario de 2024, fue recibido con optimismo por muchos trabajadores, especialmente aquellos que ganan el salario mínimo. Sin embargo, no todos los trabajadores en Colombia se beneficiarán de este incremento.A partir del 1 de enero de 2025, el nuevo salario mínimo será aplicable solo a aquellos trabajadores que perciben el salario mínimo legal vigente, que para 2024 se fijó en 1.300.000 pesos sin incluir el auxilio de transporte. Esto significa que aproximadamente tres millones de colombianos verán un incremento en su salario.Este aumento es el resultado de unas negociaciones fallidas entre empresarios y representantes de los trabajadores, por lo que finalmente fue establecido por decreto, ya que las cifras iniciales no permitieron llegar a un acuerdo en la mesa de diálogo que se inició el pasado 25 de noviembre entre los ministerios de Trabajo y Hacienda.¿A quiénes no les aplica el aumento del Salario Mínimo 2025?Sin embargo, este incremento no será automático para todos los trabajadores en Colombia. Existen varios grupos que no verán reflejada esta subida en su salario. Uno de los principales grupos excluidos son los empleados que ganan más de un salario mínimo, es decir, aquellos que devengan más de 1.300.000 pesos al mes en este 2024. Aunque estos trabajadores pueden recibir un ajuste salarial, el incremento solo se llevará a cabo si se llega a un acuerdo entre los empleadores y los empleados, ya que no existe una legislación que obligue a las empresas a aumentar los salarios de quienes ganan más de un salario mínimo.Otro grupo que no se beneficiará del aumento son aquellos trabajadores que tienen contratos por prestación de servicios. Este tipo de contratos, en los que los trabajadores no tienen una relación laboral directa con la empresa, no están sujetos a las mismas disposiciones que los contratos de trabajo regulares. Los trabajadores independientes que laboran bajo este esquema no reciben el mismo tipo de beneficios que aquellos con contratos formales, como el ajuste en el salario mínimo.Además de estos dos grupos, otros trabajadores que no se beneficiarán de la subida salarial son aquellos con contratos temporales o de corta duración, así como aquellos que laboran en sectores no regulados, como el empleo informal. En estos casos, la falta de normativas claras para aplicar el aumento del salario mínimo deja a muchos colombianos sin la posibilidad de recibir este beneficio.Es fundamental que los empleados que no se beneficien directamente de este ajuste busquen negociar con sus empleadores para asegurar una mejora en sus ingresos.Puedes seguir viendo: El salario mínimo ideal es ¿el de Luxemburgo, el de Suiza, el de Colombia o el de Jhovanoty?
En Colombia, una gran parte de los trabajadores afiliados al Sistema de Protección Social Integral se preparan para cumplir los requisitos que les permitan acceder a la pensión y retirarse de sus actividades laborales. Sin embargo, algunos eligen continuar trabajando incluso después de recibir su primera mesada pensional. Esto genera una pregunta clave: ¿puede un empleador dar por terminado el contrato de trabajo de un empleado que ya cumple con los requisitos para pensionarse?Para resolver esta inquietud, El Tiempo a través de una entrevista con Karina Zuluaga Jiménez, especialista en Derecho Laboral de la Universidad Externado de Colombia, explicó cómo la legislación actual y la reforma laboral abordan este tema."El artículo 10 de la reforma pensional Ley 2381 de 2024 permite que los empleadores terminen el contrato de trabajo cuando el empleado ya cumple con los requisitos para pensionarse y se confirma que está incluido en la nómina de pensionados. Es decir, si una persona le reconocen la pensión y entra en nómina de pensionado, es decir, recibe su primera mesada pensional, el empleador puede finalizar su relación laboral"El artículo 10 de la reforma laboral contempla que alcanzar los requisitos para obtener la pensión de vejez puede ser considerado una causa justa para terminar un contrato de trabajo o relación laboral, tanto en el sector privado como en el público. Sin embargo, esto solo se aplica si el empleador notifica al trabajo sobre el reconocimiento de la pensión y su inclusión en la nómina de pensionados por parte de la administradora correspondiente.Además, si un trabajador o servidor público no realiza la solicitud de pensión dentro de los 30 días siguientes a cumplir los requisitos, el empleador está facultado para gestionarla en su nombre y comunicarle esta decisión.Esta disposición abarca a todos los afiliados al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte, salvo que un servidor público manifieste su voluntad de seguir laborando, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1821 de 2016.¿Cuáles son tus derechos como pensionado? Los pensionados y pre-pensionados en Colombia cuentan con varios beneficios establecidos por la ley, según el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre. Entre ellos se destacan el pago puntual de la pensión, un incremento anual basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), la reducción del aporte en salud manteniendo la afiliación al sistema, y el derecho a recibir una mesada adicional en diciembre, conocida como la mesada 13.Puedes seguir viendo: Todo lo que debes saber sobre la reforma pensional con el abogado Javier Almanza
El fin de un contrato laboral puede generar incertidumbre, especialmente si no tienes claro cuánto dinero recibirás en tu liquidación. En Colombia, este cálculo depende del tipo de contrato, el tiempo trabajado y el salario devengado. Te explicamos cómo hacerlo paso a paso, con un ejemplo basado en el salario mínimo de 2024.¿Qué incluye la liquidación? La liquidación corresponde a los pagos que un empleador debe realizar al terminar un contrato laboral. Incluye:Cesantías: Un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo.Intereses sobre cesantías: 12% anual sobre el valor de las cesantías.Prima de servicios: Equivalente a 15 días de salario por cada semestre trabajado.Vacaciones no disfrutadas: 15 días hábiles por cada año trabajado o proporcional al tiempo.En 2024, el salario mínimo en Colombia es de $1.300.000 y el auxilio de transporte es de $162.000. Para calcular tu liquidación, debes incluir ambos valores, ya que el auxilio de transporte es parte del salario base para efectos de cesantías, intereses y prima. Así, el total sería $1.462.000.CesantíasFórmula: (Salario mensual + auxilio de transporte) x días trabajados ÷ 360Cálculo: $1.462.000 x 360 ÷ 360 = $1.462.000Intereses sobre cesantíasFórmula: Cesantías x 12%Cálculo: $1.462.000 x 0,12 = $175.440Prima de serviciosFórmula: (Salario mensual + auxilio de transporte) x días trabajados ÷ 360 ÷ 2Cálculo: $1.462.000 x 360 ÷ 360 ÷ 2 = $731.000VacacionesFórmula: Salario mensual x días de vacaciones acumulados ÷ 30Cálculo: $1.300.000 x 15 ÷ 30 = $650.000Total de la liquidaciónCesantías: $1.462.000Intereses: $175.440Prima: $731.000Vacaciones: $650.000Total estimado: $3.018.440Si el despido es sin justa causa deberás recibir una indemnización adicional según el tipo de contrato:A término fijo: El salario correspondiente al tiempo restante del contrato.A término indefinido: Un mes de salario por cada año trabajado, proporcional si es menor.El Ministerio del Trabajo dispuso de una calculadora laboral, una herramienta pedagógica de fácil uso, con la que todos los trabajadores y empleadores de Colombia pueden generar estimativos de liquidación de prestaciones sociales y simular las provisiones mensuales que los empleadores deben tener en cuenta al contratar un trabajador. Ingresa a este link para acceder a la calculadora de liquidación.Recuerda: “Conocer tus derechos te permite tomar decisiones informadas y reclamar lo que corresponde según la ley”. También puedes usar herramientas como la calculadora de liquidación del MinTrabajo.Recomendaciones finalesSolicita un desglose detallado de tu liquidación.Si notas inconsistencias, consulta con un abogado laboral.Como dijo una experta en derecho laboral, “Entender cómo se calcula tu liquidación te da tranquilidad al finalizar tu contrato y evita posibles abusos”.
Con la llegada de diciembre, muchos trabajadores en Colombia buscan anticipar la prima navideña y prepararse para las festividades de fin de año. Una opción que cada vez toma más fuerza es solicitar el adelanto de la prima navideña, un beneficio que permite a los empleados contar con un ingreso adicional antes de la fecha regular de pago, ayudando a aliviar los gastos típicos de esta temporada.¿Qué es la prima navideña?La prima de servicios, o prima de Navidad, es una prestación social en Colombia que corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado. Este beneficio se paga en dos cuotas: la primera, a más tardar el 30 de junio, y la segunda, conocida como prima navideña, durante los primeros 20 días de diciembre. Su propósito es recompensar el esfuerzo del trabajador y contribuir a su bienestar en la temporada decembrina.Pasos para pedir el adelanto de la prima navideñaPara quienes deseen solicitar el adelanto de esta prima, es importante considerar los siguientes pasos y revisar su contrato. Aquí algunos consejos:Consulta con tu empleador o área de recursos humanos: No todas las empresas permiten adelantar la prima, ya que no están obligadas a hacerlo. La solicitud depende de las políticas internas de cada organización, por lo que es clave consultar primero si esta opción está disponible.Haz una solicitud por escrito: Lo ideal es presentar una solicitud formal por escrito, en la que se explique el motivo de la petición, las fechas tentativas de pago y cualquier detalle relevante. En algunos casos, podría requerirse un acuerdo firmado sobre los términos del adelanto.Planifica tus gastos: Recibir la prima de manera anticipada significa ajustar el presupuesto para fin de año, ya que este ingreso no se recibirá nuevamente en diciembre. Es una alternativa útil para cubrir gastos iniciales, pero es esencial planificar bien para no quedarse corto al cierre del año.Beneficios y posibles desventajasSolicitar el adelanto de la prima puede facilitar los gastos de fin de año, permitiendo cubrir compras, cenas familiares o cualquier otra necesidad que demande presupuesto en esta época. Sin embargo, algunos trabajadores prefieren recibirla en diciembre para contar con ingresos durante todo el mes.En conclusión, el adelanto de la prima navideña puede ser una buena estrategia financiera si se utiliza de forma responsable y se solicita en el momento adecuado, permitiendo un alivio económico en la temporada más demandante del año.
El debate sobre el salario mínimo en Colombia para 2025 está en marcha, y tanto el Gobierno como los sectores empresariales y sindicales enfrentan un panorama desafiante. Con una proyección de crecimiento moderado, el Banco de la República, en su Encuesta Trimestral de Expectativas Económicas, ajustó sus previsiones salariales, mientras que el Ministerio de Hacienda anticipa un ajuste significativo en el salario mínimo para mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores.Expectativas para el salario mínimo en 2025En la actualidad, el salario mínimo en Colombia es de $1.300.000 mensuales, con un auxilio de transporte adicional de $162.000 para aquellos trabajadores que ganan hasta dos salarios mínimos. Sin embargo, se espera que este valor pueda aumentar a más de $1.380.000 en 2025, una cifra basada en estimaciones que buscan responder al incremento del costo de vida y la inflación proyectada.De acuerdo con el sector empresarial, se prevé un aumento cercano al 6% en el salario mínimo para el próximo año, cifra ligeramente menor al 7% que se había proyectado anteriormente. Este ajuste en las expectativas refleja los cambios en el panorama económico del país, donde se estima que más de dos millones de trabajadores se beneficiarían directamente del incremento.Factores que influirán en el ajuste salarialPara definir el aumento del salario mínimo, el Gobierno colombiano tiene en cuenta dos factores clave:Inflación proyectada: El Banco de la República anticipa una inflación del 5,3% para este año. Sin embargo, el incremento del salario mínimo suele estar al menos un punto porcentual por encima de la inflación, lo que llevaría el ajuste mínimo esperado a un 6,3%.Productividad laboral: Cada diciembre, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) entrega un reporte de productividad, que también se considera para el ajuste. Para este año, se estima que el aumento total, sumando la inflación y la productividad, podría estar en torno al 6,54%."Este ajuste no solo impactará el salario básico, sino también el auxilio de transporte, un beneficio esencial para aquellos que perciben hasta dos salarios mínimos", destaca el Ministerio de Trabajo.¿Será posible un acuerdo o se aumentaría el salario mínimo por decreto?El año pasado, las negociaciones del salario mínimo se extendieron hasta el último momento y, al no lograrse un consenso, el Gobierno tuvo que tomar la decisión final. Este año, el panorama podría ser aún más complejo, ya que las negociaciones coinciden con el tercer debate de la reforma laboral en el Senado. Sin embargo, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, asegura que no será un obstáculo: "Si es necesario, el presidente puede tomar la decisión de incremento de forma independiente".La visión de los diferentes sectores es variada:Grandes cadenas de almacenes: Se muestran optimistas y proyectan un aumento salarial del 8%, considerando la necesidad de mantener el consumo y responder al incremento de precios.Académicos y consultores: Son más cautelosos y estiman que el aumento debería rondar el 5%, basándose en el comportamiento moderado de la economía y el crecimiento de la productividad.Con una inflación acumulada hasta septiembre de 5,81%, según el DANE, y un crecimiento moderado de la productividad, el ajuste salarial para el próximo año promete ser un tema de intenso debate en Colombia.Mira también: ¿Cómo puedo ahorrar si me gano un salario mínimo en Colombia?
A finales del 2023, se logró una colaboración significativa entre los diferentes sectores, lo que permitió abrir camino para una negociación justa en torno al salario mínimo 2025 y el auxilio de transporte 2025. Este acuerdo busca reflejar las necesidades económicas del país y apoyar a los trabajadores colombianos en medio de un contexto financiero desafiante.Según las proyecciones actuales, el auxilio de transporte aumentaría en aproximadamente 10.000 pesos, alcanzando un total de más de 172.000 pesos mensuales. Este incremento representa un alza del 6% respecto al valor actual de 162.000 pesos, que actualmente reciben los trabajadores con un salario igual o inferior a dos salarios mínimos.Este auxilio se otorga para cubrir parte de los costos de desplazamiento de los trabajadores, y no es considerado como un ingreso salarial sino como una ayuda adicional que permite facilitar el traslado desde sus hogares hasta el lugar de trabajo y de regreso.¿Quiénes No tienen derecho al auxilio de transporte?La ley establece criterios específicos para definir quiénes pueden acceder a este beneficio económico. Los empleados que se encuentran en las siguientes condiciones no tienen derecho al auxilio de transporte:Ingresos superiores a dos salarios mínimos mensuales: Aquellos trabajadores que ganen más de $2,6 millones.Trabajadores en modalidad virtual: Empleados que trabajan desde casa y, por lo tanto, no requieren desplazarse.Días de inasistencia: Los empleadores pueden descontar el auxilio de transporte cuando el trabajador falta por enfermedad o cualquier otra causa.Empleados en vacaciones: Durante el período de vacaciones, el auxilio de transporte no es aplicable, y tampoco se toma en cuenta para el cálculo de aportes parafiscales o de seguridad social.¿Cómo va la negociación del salario mínimo?La ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez, confirmó que las negociaciones para definir el aumento tanto del salario mínimo como del auxilio de transporte ya están en marcha. Durante este proceso, se evaluarán factores como la productividad laboral y la inflación registrada en el 2024 para llegar a un acuerdo justo para ambas partes. Las centrales obreras también participarán activamente en estas discusiones, buscando garantizar que el aumento refleje las condiciones económicas y sociales del país.Puntos clave a considerarProyección del auxilio de transporte: Alrededor de $172.000 para 2025.Incremento estimado del salario mínimo: 6,54%.Ingreso total proyectado: Más de $1,55 millones sumando el auxilio de transporte.Es importante recordar que, si las empresas incumplen con el pago del auxilio de transporte a quienes corresponda, pueden enfrentar sanciones económicas o administrativas de parte de un juez laboral. Además, si el trabajador falta al trabajo en uno o más días, el empleador está autorizado para realizar un descuento proporcional al tiempo trabajado.
Este 2 de octubre, la Cámara de Representantes avanzó en la aprobación de 33 de los 80 artículos que componen la reforma laboral, en una sesión marcada por el intenso debate sobre los impactos de estas modificaciones en las condiciones laborales y en la sostenibilidad económica de las pequeñas y medianas empresas (pymes). El nuevo horario para la jornada nocturna ha generado tanto apoyos como críticas. Por un lado, algunos sectores consideran que este ajuste es necesario para mejorar las condiciones de trabajo.Por otro lado, existen advertencias sobre su posible repercusión en el empleo formal, especialmente en un país donde las pymes son fundamentales para la economía.A pesar de los avances, la sesión fue suspendida debido a la falta de quórum tras aproximadamente siete horas de discusión. El presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, anunció que los representantes se reunirán nuevamente el próximo 9 de octubre a las 10:00 a.m., para continuar con la votación del resto de los artículos pendientes.¿Desde cuándo aplicará el recargo nocturno a partir de las 7:00 p.m?Aunque el Gobierno ha logrado un avance notable con la aprobación de la mitad de la reforma, todavía queda un largo camino por recorrer. Entre los asuntos por discutir se encuentran otros aspectos críticos relacionados con los derechos laborales, como las condiciones para la contratación a término fijo y las protecciones para los trabajadores informales, un sector que afecta a millones de colombianos.La aprobación total de esta reforma significaría uno de los cambios más relevantes en la legislación laboral colombiana en décadas. Sin embargo, es importante señalar que esta reforma tiene plazo hasta junio de 2025 para completar los cuatro debates restantes antes de ser sancionada por el presidente Gustavo Petro y que sea una realidad para los trabajadores.Puedes ver | Todo lo que debes saber sobre la reforma pensional