El mes de septiembre de 2026 ha comenzado con importantes novedades en las finanzas de la mayoría de los hogares de Colombia.
Si has revisado recientemente tus cuentas o estás pendiente de tus gastos mensuales, debes saber que empezó a regir una nueva iniciativa de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
El propósito principal de esta norma es incentivar que se consuma menos energía eléctrica en todo el país y, de esta forma, mitigar los efectos energéticos que produce el fenómeno de El Niño.
Se trata de un programa transitorio diseñado inicialmente para durar seis meses. No obstante, el Gobierno de Abelardo De La Espriella ha señalado que el periodo de aplicación de la medida se podría extender hasta los 12 meses si las condiciones y la necesidad energética del país así lo exigen.
¿Cómo funciona el nuevo cobro extra en el recibo de la luz en Colombia?
Para que no caigas en confusiones ni en desinformación, es fundamental entender las reglas del juego que estableció la CREG en su Resolución 101 126 de 2026.
Esta entidad fijó metas individuales de consumo para los usuarios, las cuales aparecerán reflejadas directamente en las facturas que emita cada compañía prestadora del servicio.
La aplicación de los recargos o beneficios se calcula con base en unos porcentajes estrictos sobre la meta de consumo mensual de tu hogar. Para entenderlo de forma sencilla, la CREG utiliza un ejemplo con una meta mensual establecida de 180 kWh:
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- Consumo menor al 90% (menos de 162 kWh): Si logras mantenerte por debajo de este límite, estarás generando un ahorro real en tu consumo.
- Consumo entre el 90% y el 110% (entre 162 y 198 kWh): En este rango intermedio de consumo, tu factura no presentará ningún tipo de cobro adicional, pero tampoco recibirás un beneficio o saldo a favor.
- Consumo superior al 110% (más de 198 kWh): Aquí es donde debes prestar mucha atención. Si tu vivienda supera este límite, únicamente el consumo excedente que pase del 10% de tu meta establecida tendrá un recargo o cobro adicional en la factura del ciclo de lectura correspondiente.
Una gran ventaja para la adaptación de la ciudadanía es que el primer mes de implementación (septiembre) ha sido definido como un periodo completamente pedagógico.
Esto significa que, aunque el recibo que recibas en septiembre ya incluirá la información detallada sobre el cobro extra en caso de que hayas presentado un excedente, todavía no se te cobrará ese recargo en tu factura real.
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Es un tiempo de gracia para que aprendas a monitorear y regular tu consumo mensual.
Puedes leer: Así puedes pagar menos en tu recibo de la luz en Bogotá; LINK de inscripción
¿Cuáles son los hogares exentos de pagar el recargo de energía de la CREG?
No todas las personas ni todas las edificaciones en Colombia formarán parte de este nuevo esquema de consumo regulado.
La normativa contempla una serie de excepciones específicas y de cumplimiento obligatorio para proteger a sectores vulnerables y garantizar la continuidad de servicios esenciales.
En primer lugar, los establecimientos que prestan servicios clave de seguridad, salud y educación pública están totalmente excluidos de participar en esta medida de ahorro energético.
Esto abarca directamente a todas las estaciones de Policía, hospitales y colegios distribuidos a lo largo del territorio nacional.
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Asimismo, existen excepciones para los hogares que han pasado por situaciones de desastre o que registran condiciones especiales de vulnerabilidad.
Específicamente, las personas afectadas por el terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto no entran en este programa de ahorro energético.
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No obstante, para que esta exoneración aplique, es un requisito obligatorio que estas personas se encuentren debidamente identificadas por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
Finalmente, existe un grupo muy importante de usuarios residenciales que también quedarán exentos de los cobros extra: los hogares donde habitan personas con necesidades médicas especiales.
Si en tu vivienda reside una persona que, debido a alguna condición médica particular, requiere el uso continuo de dispositivos o aparatos electrónicos para garantizar la estabilidad de su salud, no tendrás que participar en este esquema de penalizaciones por consumo.
Para hacer efectiva esta exoneración médica, debes cumplir con un requisito obligatorio dictado por la CREG: tienes que acercarte a las oficinas del comercializador de energía que te presta el servicio.
Allí deberás dar a conocer tu situación médica particular con el fin de presentar la situación y estar exento de la participación en este esquema.
Recuerda que cada factura especificará claramente tu meta individual, los consumos excedentes, el ahorro que hayas alcanzado, así como los valores correspondientes a saldos a favor o cobros adicionales.
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Mantener un control constante de tus hábitos de consumo será tu mejor herramienta durante la vigencia de esta medida transitoria.
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