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Alivios para morosos en impuestos; así puedes acceder para que te descuenten hasta el 80%

Estos alivios tributarios representan una excelente oportunidad para que los ciudadanos de Bogotá se pongan al día con sus obligaciones tributarias.

Toma lápiz, papel y calculadora y haz las cuentas de cuánto te puedes ahorrar con el descuento por pago de impuestos
Toma lápiz, papel y calculadora y haz las cuentas de cuánto te puedes ahorrar con el descuento por pago de impuestos
/Foto: Lexica IA

En Bogotá, se han implementado una serie de alivios tributarios destinados a ciudadanosy contribuyentes con deudas pendientes. Estos alivios, aprobados bajo el Plan Distrital de Desarrollo permiten a los deudores ahorrarse hasta el 80% en intereses y sanciones, siempre y cuando paguen el 100% del impuesto adeudado.

¿Quiénes Pueden Beneficiarse del ahorro en el pago de intereses de los impuestos?

Los contribuyentes con deudas tributarias como impuesto predial, vehicular e ICA de los años 2020, 2021 y 2022, que estén en mora hasta el 12 de junio de 2024, pueden beneficiarse de estos alivios. Específicamente, aplican para aquellos casos donde:

  • La Secretaría de Hacienda no ha emitido una liquidación oficial.
  • La liquidación oficial emitida aún no está en firme.

Deudas tributarias y no tributarias

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Las deudas no tributarias incluyen aquellas con secretarías del Distrito y alcaldías locales por el uso de bienes y servicios o sanciones y multas hasta el 30 de junio de 2022. Es importante destacar que para las multas de tránsito y obligaciones con el fondo de salud, los deudores deben gestionar sus solicitudes en las Secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.

Beneficios y modalidades de pago

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Ana María Cadena, la Secretaría de Hacienda, ha resaltado la importancia de aprovechar esta oportunidad: "El ahorro del 80% en intereses y sanciones constituye un alivio significativo para los deudores y una oportunidad de ingresos para el Distrito".

Modalidades de pago disponibles:

  1. Pago completo: Pagar el 100% de la deuda principal y el 20% de los intereses y sanciones causadas. Este pago debe realizarse antes del 13 de diciembre de 2024.
  2. Facilidad de pago: Disponible solo para deudas en etapa de cobro. El plazo máximo para acogerse es el 15 de octubre de 2024. Para optar por esta facilidad, el deudor debe abonar al menos el 30% de todas las deudas, incluyendo capital, intereses y sanciones, y no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado por incumplimiento de acuerdo de pago previo.

Proceso para acogerse a los alivios

Para beneficiarse de estos alivios, los contribuyentes deben seguir un proceso sencillo:

  1. Ingresar a la página web de la Secretaría de Hacienda de Bogotá: www.haciendabogota.gov.co.
  2. Hacer clic en el banner o botón de ‘consultar’.
  3. Ingresar el tipo y número de documento para verificar si se es beneficiario.
  4. Si eres beneficiario, seguir los pasos indicados por el aplicativo, diligenciar y firmar el formulario correspondiente, y adjuntar una copia de la cédula de ciudadanía.

Aprovechar esta oportunidad no solo alivia la carga financiera de los contribuyentes, sino que también contribuye a mejorar los ingresos del Distrito, facilitando la inversión en proyectos y servicios públicos que benefician a toda la comunidad.

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