Vivir en un conjunto residencial implica asumir responsabilidades más allá de adquirir un inmueble. Entre estas, destacan la convivencia, el uso adecuado de las zonas comunes y el manejo de recursos compartidos, como los parqueaderos, uno de los temas que más controversia genera entre vecinos.
La asignación y uso de estos espacios no solo puede causar malentendidos, sino que, en algunos casos, llega a convertirse en un asunto legal.
La Ley 675 de 2001 regula la propiedad horizontal en Colombia , estableciendo las bases para una convivencia armónica en conjuntos residenciales.
Este marco normativo también abarca el uso de los parqueaderos y define si es legal arrendarlos o subarrendarlos.
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De acuerdo con esta ley, cada propietario tiene la libertad de arrendar su espacio de parqueo, incluso a terceros que no residan en el conjunto.
Además, puede vender o hipotecar dicho espacio, siempre y cuando no existan problemas legales asociados . Es importante resaltar que las administraciones de los conjuntos residenciales no tienen la potestad de imponer restricciones que limiten estos derechos.
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Es fundamental que los residentes conozcan sus derechos y deberes en relación con el uso de los parqueaderos. Esto no solo previene conflictos , sino que también contribuye a una mejor convivencia en el conjunto residencial.
Los propietarios tienen autonomía sobre el uso de sus espacios asignados , pero deben garantizar que estas prácticas no interfieran con los derechos de los demás ni con las disposiciones urbanísticas locales.
Por su parte, el artículo 22 de esta normativa señala que los parqueaderos asignados a los propietarios pueden ser de uso exclusivo y equitativo, siempre que se respete la normatividad urbanística local.
No obstante, los espacios de uso público, como los destinados a visitantes, no pueden ser subarrendados ni utilizados para estacionar vehículos adicionales de los residentes.
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Conflictos comunes por el uso de parqueaderos en conjuntos residenciales
El uso indebido de parqueaderos es una de las principales causas de disputas en conjuntos residenciales.
Situaciones como ocupar lugares asignados a otros propietarios o utilizar espacios de visitantes para vehículos adicionales generan malestar y, en ocasiones, enfrentamientos legales.
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Aunque algunos reglamentos internos permiten que los residentes arrienden parqueaderos privados a otros vecinos , siempre debe prevalecer un acuerdo entre ambas partes.
Por otro lado, si bien los parqueaderos de visitantes pueden ser ocupados por propietarios en eventos especiales, su uso está sujeto a las disposiciones del reglamento interno del conjunto.
¿Es posible cobrar por el uso de parqueaderos de visitantes?
Una duda frecuente es si es legal cobrar por el uso de parqueaderos destinados a visitantes.
Según la plataforma Ciencuadras, esta decisión depende del reglamento de cada copropiedad. Aunque no es común en conjuntos residenciales, algunas administraciones optan por implementar tarifas , similar a lo que ocurre en los centros comerciales.
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Lo que está claro es que estos espacios no deben utilizarse para suplir la falta de parqueaderos entre los residentes.
En caso de necesidad , los propietarios pueden arrendar un espacio adicional, siempre bajo las normas establecidas por la ley y los acuerdos internos del conjunto.
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