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Bancos en Colombia no podrán cobrar ni reportar en DataCrédito si cumples este requisito

Una nueva normativa legal obliga a las entidades financieras y comercios a congelar de forma inmediata los cobros y a remover los historiales negativos en centrales de riesgo.

Cómo congelar el cobro de cuotas en bancos y limpiar tu reporte en DataCrédito si te suplantaron
Cómo congelar el cobro de cuotas en bancos y limpiar tu reporte en DataCrédito si te suplantaron
Foto: Gemini y DataCrédito

Si alguna vez has temido que delincuentes utilicen tu nombre para adquirir deudas o créditos sin tu consentimiento, debes conocer los importantes cambios normativos que se han aprobado en Colombia para defender a los usuarios del sistema financiero.

A través de una legislación que fue avalada por el alto tribunal constitucional y posteriormente promulgada por el Gobierno Nacional, se fijaron reglas claras que protegen tu historial crediticio y tu bolsillo cuando enfrentas episodios de falsedad o uso indebido de tus datos.
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¿Qué establece la Ley 2573 de 2026 sobre el cobro de deudas y los reportes en DataCrédito?

La Ley Estatutaria 2573, sancionada el 19 de mayo de 2026 por el presidente Gustavo Petro, es la norma que fija mecanismos específicos para protegerte si eres víctima de suplantación de identidad ante bancos, entidades financieras, comercios y operadores de información.

Esta iniciativa legal tiene como antecedente el proyecto de Ley Estatutaria 190 de 2023 de Cámara y 303 de 2023 de Senado, el cual fue revisado por la Corte Constitucional y declarado ajustado a la Carta Política mediante la sentencia C-413/25 a finales de 2025.

La reglamentación, conocida también como la ley contra el fraude digital, establece que la entrada en vigencia de estas medidas protectoras está programada para noviembre de 2026, mes a partir del cual las entidades deberán aplicar de forma estricta los nuevos protocolos de atención.

La orden principal dispuesta en el articulado es que los bancos y establecimientos comerciales están obligados a frenar de manera inmediata el cobro de cuotas, préstamos, créditos o servicios que hayan sido contratados por terceros usando fraudulentamente tu nombre.

Al mismo tiempo en que se congela el cobro de la obligación en disputa, la entidad financiera tiene el deber explícito de tramitar ante DataCrédito y las demás centrales de riesgo la eliminación de cualquier reporte negativo existente en tu contra por causa de ese saldo no reconocido.

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La suspensión de los cobros y el retiro del reporte se mantendrán vigentes de manera preventiva hasta que la justicia penal emita una decisión definitiva sobre lo ocurrido.

¿Cuáles son los dos tipos de suplantación de identidad que reconoce la ley en Colombia?

Para garantizar una protección integral a las víctimas afectadas por el uso no autorizado de su información en la obtención de créditos y servicios, la Ley 2573 de 2026 tipifica y clasifica la suplantación de identidad en dos categorías fundamentales:

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  1. Suplantación mediante la expedición y uso de datos para fines ilícitos: Corresponde a las situaciones en las que un tercero gestiona, obtiene, usa, vende, ofrece, posee, suministra, intercambia, divulga o emplea documentos de identificación personal, datos sin autorización previa o tarjetas de débito y crédito con propósitos contrarios a la ley.
  2. Suplantación de identidad mediante medios electrónicos: Comprende las actuaciones realizadas a través del diseño, elaboración, desarrollo, descarga, comercialización, envío, venta, suministro o empleo de herramientas y medios electrónicos orientados a capturar o sustraer datos personales e información del titular sin su debido permiso.

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¿Qué pasos debes seguir para detener el cobro de cuotas y limpiar tu reporte negativo si eres víctima?

Si te ves afectado por el uso fraudulento de tus datos personales para la adquisición de productos o servicios financieros, la ley detalla el trámite preciso que debes adelantar para activar las garantías de protección:

  • Notificación a la entidad con prueba sumaria: Tienes que dirigirte formalmente al banco, entidad crediticia o establecimiento comercial donde los delincuentes tramitaron la obligación a tu nombre. En esa comunicación debes solicitar formalmente la suspensión de los cobros y la cancelación del reporte negativo en DataCrédito, adjuntando los documentos y elementos de prueba sumaria que respalden tu versión y ayuden a esclarecer los hechos.
  • Radicación de la denuncia penal: Debes interponer la correspondiente denuncia formal ante la Fiscalía General de la Nación o la Policía Nacional de Colombia por los delitos de falsedad personal, documental y conductas conexas.
  • Evaluación e intercambio de información: Tras recibir tu alerta e información de prueba, la entidad financiera tiene la obligación de atender oportunamente el caso, revisar los documentos presentados durante la apertura del crédito en disputa y trasladar dichos elementos a las autoridades competentes para coadyuvar en la investigación judicial.

¿Qué ocurre una vez que el juez penal toma una decisión sobre el caso de suplantación?

El protocolo fijado en la legislación prevé dos escenarios finales de acuerdo con el sentido del fallo emitido por las autoridades judiciales una vez concluida la actuación penal:

Si la investigación judicial demuestra efectivamente que fuiste víctima de suplantación de identidad, se procede a exonerarte de forma definitiva del pago de la totalidad de las cuotas, intereses y obligaciones derivadas de la deuda fraudulenta.

Adicionalmente, se ratifica y mantiene la eliminación de tu reporte negativo en las centrales de información crediticia como DataCrédito.

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Por el contrario, si tras el proceso penal el juez determina que no existió tal suplantación de identidad, la entidad financiera o comercial quedará facultada para reanudar de inmediato los cobros pendientes, incluyendo el cobro de intereses acumulados y la reinstauración del reporte negativo en las centrales de riesgo.

Asimismo, la persona que formuló la solicitud infundada deberá asumir las responsabilidades penales que correspondan según el Código Penal colombiano por el delito de falsa denuncia y las demás actuaciones a que haya lugar.

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