La Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia contra Daneidy Barrera Rojas , conocida como ‘Epa Colombia’, imponiéndole una pena de 63 meses y 15 días de cárcel sin posibilidad de prisión domiciliaria.
Además, se le prohíbe ejercer como creadora de contenido o influencer en redes sociales, una decisión que marca un precedente en casos relacionados con incitación al vandalismo a través de plataformas digitales.
La sentencia ratifica el fallo emitido en 2021 por el Tribunal Superior de Bogotá, que encontró a Barrera culpable de los delitos de perturbación en servicio público de transporte colectivo u oficial, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.
La condena surge a raíz de un video publicado en noviembre de 2019, en el que se ve a la influencer destruyendo con un martillo una estación de TransMilenio en el marco de las protestas sociales.
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El pasado martes, durante la lectura de la sentencia, la Corte Suprema enfatizó que Barrera no podrá acceder a beneficios como la suspensión condicional de la pena o la prisión domiciliaria. En el documento se señala: "Ratificar la negación a Daneidy Barrera Rojas de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria".
Durante la diligencia, el magistrado ponente Fernando Bolaños argumentó que , al aceptar voluntariamente los cargos, Barrera se sometió al principio de irretractabilidad, lo que impide cualquier intento posterior de revocación de su declaración de culpabilidad.
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"La defensa dejó en evidencia que su intención era retractars e de la instigación con fines terroristas, pretendiendo que se revoque", señaló Bolaños.
Además, la Corte recalcó que el uso de redes sociales para difundir mensajes de violencia puede acarrear consecuencias legales.
"La expresión violenta, dañina, a través de las redes de comunicación social, digital, t ambién está proscrita y puede generar responsabilidad penal", subrayó el magistrado.
La prohibición de ejercer como influencer resalta el impacto legal del uso irresponsable de las plataformas digitales. Este fallo podría influir en futuras decisiones judiciales sobre la responsabilidad de los creadores de contenido en la incitación a actos violentos o ilegales.
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Mientras tanto, ‘Epa Colombia’ deberá cumplir su condena sin posibilidad de casa por cárcel y afrontar las repercusiones legales de sus acciones. Con esta decisión, la Corte Suprema reitera que la protesta social debe desarrollarse dentro del marco normativo y sin recurrir a la violencia.
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