Un hombre que había sido condenado en enero por violencia intrafamiliar agravada tuvo una reducción en su condena por parte del Tribunal Superior de Bogotá , ya que para ellos el hombre había actuado en legítima defensa, después de que su pareja le hubiera querido revisar el celular sin su consentimiento.
De acuerdo con la entidad, el hombre había golpeado y rasguñado en los brazos a su pareja a finales de 2017, después que la víctima le pidiera su celular para revisarle las conversaciones de WhatsApp , tras una sospecha de infidelidad, por lo que fue enviado a la cárcel por el delito de violencia intrafamiliar agravada.
Sin embargo, después de una nueva revisión al caso, al hombre que estaba condenado a 6 años de prisión se le redujo la sentencia a solo 8 meses , ya que consideran que no es culpable del delito de violencia intrafamiliar agravada, sino de violencia intrafamiliar simple, debido a que la mujer le violó el derecho a la intimidad .
Según el Tribunal Superior de Bogotá , el hombre denunciado por agredir a su pareja en esa situación obró en legitima protección.
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“Obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamental – la intimidad-, ante el riesgo inminente de vulneración por parte de su excompañera sentimental, quien de forma abusiva, sin autorización del titular, pretendía tomar el teléfono celular con la finalidad de revisar su correspondencia privada ", dijo la entidad.
Sin embargo, no cualquier persona puede golpear a su pareja solo porque le revisó el celular y no ser judicializado, ya que, si tiene antecedentes por haber maltratado a esta, no habrá excusa para evitar la ley.