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De la Espriella ya puso sus reglas para las marchas en Colombia: así actuará la Policía

El Gobierno expidió el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, que establece lineamientos para el manejo de las protestas sociales, los bloqueos viales y la actuación de la Fuerza Pública en Colombia.

Decreto 1525 de 2026: nuevas reglas para las marchas y protestas en Colombia
El Gobierno expidió el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, que establece lineamientos para el manejo de las protestas sociales, los bloqueos viales y la actuación de la Fuerza Pública en Colombia.

El Gobierno de Abelardo de la Espriella expidió el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, una norma que modifica y adiciona disposiciones relacionadas con la regulación de las protestas sociales en Colombia, justo un día antes de las movilizaciones convocadas en distintas ciudades del país.

La medida actualiza aspectos del Decreto 003 de 2021 y establece lineamientos para la actuación de la Fuerza Pública, el manejo de bloqueos viales, los mecanismos de diálogo con los manifestantes y el control posterior de las decisiones adoptadas durante las jornadas.

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Uno de los puntos centrales es que las autoridades deberán diferenciar entre quienes participan pacíficamente en una movilización y las personas que cometan actos de violencia. Además, la norma contempla medidas para garantizar el paso de ambulancias, equipos de emergencia y otros servicios esenciales, incluso cuando se presenten afectaciones en las vías.

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¿Qué dice el Decreto 1525 de 2026 sobre las marchas en Colombia?

La nueva reglamentación mantiene la presunción del carácter pacífico de las manifestaciones y establece el diálogo como una de las principales herramientas para gestionar las concentraciones. Sin embargo, también aclara que esta prioridad no impide una intervención policial inmediata cuando se registren agresiones físicas u otras conductas que representen un peligro.

El documento señala: "Privilegiar el diálogo y la mediación es una regla de preferencia general para la manifestación, pero no condiciona ni pospone las intervenciones policiales individuales contra personas que cometan actos de violencia física desde el inicio de la concentración".

Esto significa que, según las disposiciones descritas, la actuación de la Policía debe dirigirse contra quienes protagonizan los hechos violentos, sin que esa intervención implique automáticamente dispersar a todas las personas que participan pacíficamente.

Para facilitar la comunicación durante las marchas, se contempla la participación de gestores de convivencia, personal especializado de la Policía Nacional, representantes de la Defensoría del Pueblo y de las personerías, quienes deberán mantener contacto con los líderes y convocantes de las movilizaciones.

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¿Qué pasará con los bloqueos de vías durante las protestas?

Otro de los aspectos relevantes del Decreto 1525 de 2026 tiene que ver con los bloqueos viales y la ocupación temporal de accesos a instalaciones productivas.

La norma establece que ocupar una calzada durante una manifestación no convierte automáticamente la protesta en una actividad no pacífica. No obstante, las autoridades deberán evaluar las circunstancias cuando las afectaciones sean graves, prolongadas y desproporcionadas.

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El Puesto de Mando Unificado (PMU) tendrá que considerar factores como el tiempo que lleva el bloqueo, la disponibilidad de rutas alternas y las consecuencias para las personas que no participan en la movilización.

También deberá evaluar posibles afectaciones al abastecimiento de alimentos y medicamentos, el acceso de trabajadores a sus lugares de trabajo y las actividades de los comerciantes de las zonas involucradas.

De esta manera, las decisiones sobre una eventual intervención deberán tener en cuenta las condiciones particulares de cada situación y los elementos establecidos en la reglamentación.

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Corredores solidarios: ¿quiénes tendrán prioridad para pasar?

La disposición también contempla la habilitación de los llamados corredores solidarios, espacios de tránsito libre y señalizados destinados a garantizar el paso de servicios esenciales durante las movilizaciones.

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De acuerdo con el texto suministrado, las autoridades territoriales y la Policía deberán asegurar su habilitación y mantenimiento para facilitar la circulación de:

  • Ambulancias y misiones médicas.
  • Cuerpos de bomberos y equipos de emergencia.
  • Transporte de medicamentos e insumos hospitalarios.
  • Vehículos que transporten alimentos perecederos.

Si las gestiones de diálogo no permiten garantizar el paso de estos servicios y persiste la obstrucción, la situación podrá constituir una causal para dar por agotada esa etapa y habilitar la intervención de la Fuerza Pública, conforme a las condiciones previstas en la norma.

Vista panorámica de ciudadanos concentrados pacíficamente en el Parque Nacional de Bogotá durante una jornada de marchas viales."
Paro 14 de octubre: Puntos de encuentro y horarios de marchas
/Foto: IA

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Los cinco niveles de actuación de la Fuerza Pública

El decreto establece un procedimiento escalonado para orientar la respuesta institucional durante las manifestaciones. El objetivo es que las medidas se adopten de forma progresiva y proporcional, de acuerdo con las circunstancias.

Los cinco niveles contemplados son:

  1. Facilitación preventiva: acciones para preparar y acompañar el desarrollo de la movilización.
  2. Diálogo directo: comunicación con los participantes para atender situaciones que puedan generar tensiones.
  3. Mediación institucional: intervención de los actores designados para buscar acuerdos.
  4. Disuasión: medidas orientadas a evitar que continúen las conductas que afectan la convivencia.
  5. Restablecimiento del orden: actuación mediante unidades especializadas cuando se cumplan las condiciones establecidas.

El paso de una etapa a otra deberá sustentarse en una evaluación del PMU que permita establecer si las medidas anteriores resultaron insuficientes. El texto también contempla excepciones cuando se presentan ataques armados, incendios u otras situaciones de violencia inminente que pongan en riesgo inmediato a las personas.

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¿Qué funciones tendrán los Puestos de Mando Unificado?

Los Puestos de Mando Unificado tendrán un papel central en la coordinación de las autoridades durante las jornadas de protesta. Según la información suministrada, deberán instalarse antes del inicio de las marchas y permanecer activos hasta que estas terminen.

Su integración contempla representantes institucionales y otros participantes, entre ellos delegados del Ministerio Público, bomberos, gremios y juntas de acción comunal.

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Además, las decisiones de las autoridades administrativas deberán quedar registradas en actas oficiales y bitácoras en tiempo real. Estos documentos tendrán que precisar los motivos de cada determinación, la hora en que se tomó y el funcionario responsable.

La medida busca dejar constancia de las actuaciones realizadas durante las movilizaciones para facilitar su revisión por parte de los organismos de control.

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