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Dinero extra que está pronto a llegarles a trabajadores; algunos recibirán el doble

Se acerca la mitad del año y muchos colombianos esperan la tan anhelada prima para ponerse al día o darse gusticos. Te contamos cuanto te debe llegar si ganas el mínimo.

Imagen referencial, dinero colombiano
Imagen referencial, dinero colombiano
/ Foto: Getty Images

A medida que se acerca la mitad de año del 2024, los trabajadores en Colombia comienzan aanalizar el impacto del nuevo salario mínimo en sus ingresos y prestaciones sociales, como la prima, que se les gira dos veces al año y depende de su salario. El reciente ajuste salarial también influye en el cálculo de prestaciones adicionales, como las cesantías.

El salario mínimo se ha fijado en $1'300,000 COP mensuales, lo que afecta directamente los cálculos de prima para los trabajadores que perciben este salario o más. Además del salario base, también se suma el auxilio de transporte, que para 2024 es de $162,000 COP, elevando el total a $1'462,000 COP mensuales.

Con respecto a la prima, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo establece que los empleadores deben pagar 30 días de salario por año a sus empleados, distribuidos en dos pagos anuales. Los trabajadores recibirán $731,000 COP a mitad de año y otros $731,000 COP a final de año si han trabajado durante los semestres completos.

Para aquellos empleados que no han trabajado el semestre completo, el cálculo se realiza de manera proporcional a los días laborados. La fórmula utilizada es, salario total multiplicado por los días trabajados dividido entre 360. Por ejemplo, un trabajador con un salario de $1'462,000 COP que ha laborado 110 días recibiría una prima de $446,722 COP.

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Las fechas de pago de la prima están determinadas por ley, el primer pago debe realizarse a más tardar el 30 de junio y el segundo pago debe efectuarse a más tardar el 20 de diciembre. Estos pagos benefician a trabajadores con contratos indefinidos, contratos fijos, y trabajadores del servicio doméstico o de fincas.

Sin embargo, no todos los empleados están contemplados para recibir prima. Los trabajadores independientes, contratados por prestación de servicios, temporales o en modalidad de salario integral, así como aprendices o personas con contratos de aprendizaje, no son elegibles para este beneficio.

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