Con la llegada de diciembre, muchos trabajadores en Colombia buscan anticipar la prima navideña y prepararse para las festividades de fin de año. Una opción que cada vez toma más fuerza es solicitar el adelanto de la prima navideña, un beneficio que permite a los empleados contar con un ingreso adicional antes de la fecha regular de pago, ayudando a aliviar los gastos típicos de esta temporada.¿Qué es la prima navideña?La prima de servicios, o prima de Navidad, es una prestación social en Colombia que corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado. Este beneficio se paga en dos cuotas: la primera, a más tardar el 30 de junio, y la segunda, conocida como prima navideña, durante los primeros 20 días de diciembre. Su propósito es recompensar el esfuerzo del trabajador y contribuir a su bienestar en la temporada decembrina.Pasos para pedir el adelanto de la prima navideñaPara quienes deseen solicitar el adelanto de esta prima, es importante considerar los siguientes pasos y revisar su contrato. Aquí algunos consejos:Consulta con tu empleador o área de recursos humanos: No todas las empresas permiten adelantar la prima, ya que no están obligadas a hacerlo. La solicitud depende de las políticas internas de cada organización, por lo que es clave consultar primero si esta opción está disponible.Haz una solicitud por escrito: Lo ideal es presentar una solicitud formal por escrito, en la que se explique el motivo de la petición, las fechas tentativas de pago y cualquier detalle relevante. En algunos casos, podría requerirse un acuerdo firmado sobre los términos del adelanto.Planifica tus gastos: Recibir la prima de manera anticipada significa ajustar el presupuesto para fin de año, ya que este ingreso no se recibirá nuevamente en diciembre. Es una alternativa útil para cubrir gastos iniciales, pero es esencial planificar bien para no quedarse corto al cierre del año.Beneficios y posibles desventajasSolicitar el adelanto de la prima puede facilitar los gastos de fin de año, permitiendo cubrir compras, cenas familiares o cualquier otra necesidad que demande presupuesto en esta época. Sin embargo, algunos trabajadores prefieren recibirla en diciembre para contar con ingresos durante todo el mes.En conclusión, el adelanto de la prima navideña puede ser una buena estrategia financiera si se utiliza de forma responsable y se solicita en el momento adecuado, permitiendo un alivio económico en la temporada más demandante del año.
Muchos trabajadores en Colombia están ansiosos por la llegada de las vacaciones de mitad de año, un periodo que además de estar marcado por el merecido descanso, también significa la llegada de un dinero extra que permite a muchos darse unos lujos y pagar deudas y darse un respiro. Este monto es conocido como la prima de servicios.Este beneficio, establecido por la legislación laboral colombiana, corresponde a un mes de salario adicional anual que los empleadores deben otorgar a los trabajadores con contratos que incluyan prestaciones sociales. Según la normativa, esta prima se divide en dos pagos, la primera se otorga a mitad de año, y la otra mitad en diciembre. Sin embargo, para tener derecho a recibir esta compensación, los trabajadores deben haber laborado al menos 180 días durante el primer semestre del año.¿Quiénes recibirán dinero adicional a la prima de servicios?Además del beneficio de la prima de servicios, la cual es obligatoria y está fijada por legislación, algunas empresas deciden darle a sus trabajadores un monto adicional, este es conocido como primas extralegales o bonos de gratificación, y son un incentivo adicional para motivar a sus empleados. Sin embargo, es importante aclarar que este tipo de pagos adicionales no son obligatorios y no están regulados por ley, por lo que varían según la decisión de cada empresa.Otra de las preguntas frecuentes tiene que ver con la fecha en la que se realiza el pago de esta prima. Para ellos es importante recordar que todo está estipulado por ley, en ese sentido los empleadores tienen hasta el 30 de junio para cumplir con esta obligación, lo que significa que el dinero, de las primas de servicio y extralegales, podría ser recibido en la primera o segunda quincena de dicho mes. Aquellos empleadores que no cumplan con esta fecha límite estarán sujetos a sanciones económicas establecidas por el Gobierno, que equivalen a un día de salario por cada día de retraso en el pago al trabajador. La temporada de mitad de año representa una oportunidad para que los trabajadores en Colombia reciban un ingreso adicional y puedan subsanar deudas o darse algunos gustos. Cabe resaltar que aunque existe una fecha límite establecida por ley para su pago, la posibilidad de recibir incentivos adicionales depende de la política interna de cada empresa.Te puede interesar: Zoológico chino pintó perros gorditos para hacerlos pasar como pandas
Uno de los pagos más esperados por los colombianos es el pago de la prima, una prestación que reciben los empleados tanto del sector privado como en el público, pero sabes, ¿a cuántas primas tienes derecho y cuánto deberían pagarte? Te contamos.Vale la pena mencionar que esta prestación equivale al de un mes laborado, esto con relación al monto que debes recibir. El pago de la prima lo establece el decreto 1045 de 1978.Además, también se aclara que el pago debe ser entregado al empleado hasta el 20 del mes acordado, puede ser la prima de mitad de año o la de diciembre. De no ser así, el empleador estaría incurriendo en incumplimiento y podría ser sancionado con hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.Más allá de eso, se abre la interrogante de sobre cuántas primas debe recibir un empleado, ya que muchas de las empresas cuentan con beneficios extralegales que incentivan a los trabajadores, ¿las empresas están obligadas a hacerlo?Es importante mencionar que las primas laborales pueden ser llamadas con otro nombre y varían según el monto y periodicidad; sin embargo, su objetivo puntual no cambia: ofrecer a los trabajadores ingresos adicionales a su salario mensual.Cuáles son las primas legales en ColombiaLa prima de servicio y la prima de Navidad, hacen referencia a los dos tipos específicos de prestaciones a las que los trabajadores tienen derecho según la ley, por lo que hacen parte de los derechos fundamentales de los empleados. La evasión del pago genera sanciones a la empresa.Prima de serviciosLa prima de servicios, establecida en el artículo 360 del Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, equivale al 50% de un mes de salario y se paga en dos cuotas anuales, en junio y diciembre. Tiene como propósito proporcionar apoyo económico durante las festividades de mitad y fin de año.La prima de NavidadLa prima de Navidad, también conocida como aguinaldo, equivale a un mes de salario y se paga en dos partes: antes del 20 de junio y antes del 20 de diciembre. Su objetivo es brindar un ingreso adicional para la temporada navideña y los gastos de fin de año.¿Cuáles otras primas existen?Además de estas, existen otras primas laborales como las de vacaciones, que se pagan durante el periodo de descanso; las de antigüedad, basadas en el tiempo de servicio con la empresa; las de productividad, otorgadas a empleados que alcanzan ciertos niveles de desempeño; y las de horas extra, como incentivo por el trabajo adicional realizado más allá del horario regular.Es importante aclarar que estas primas pueden variar según las empresas, y se utilizan como incentivos o premios por el desempeño laboral. También pueden ser conocidas como extralegales y la empresa es quien por decisión propia otorga el beneficio.¿Cuánto deben pagar de prima?En Colombia, las primas legales son la Prima de servicios y la Prima de Navidad, cada una equivalente al 50% del salario mensual del trabajador. Esto significa que la mitad de un salario mensual se divide en dos pagos en total.Al sumar estas dos primas laborales, divididas en dos pagos, se completa el porcentaje equivalente a medio salario, pagado cada seis meses como las primas obligatorias.Es importante tener en cuenta que estos valores representan el mínimo establecido en Colombia y pueden variar según el salario del trabajador y las políticas de la empresa. Además, las leyes y regulaciones laborales pueden cambiar con el tiempo, lo que puede afectar los valores de las primas.Vea también: Hermanos Mucutuy: imágenes y datos inéditos del accidente
A medida que se acerca la mitad de año del 2024, los trabajadores en Colombia comienzan a analizar el impacto del nuevo salario mínimo en sus ingresos y prestaciones sociales, como la prima, que se les gira dos veces al año y depende de su salario. El reciente ajuste salarial también influye en el cálculo de prestaciones adicionales, como las cesantías.El salario mínimo se ha fijado en $1'300,000 COP mensuales, lo que afecta directamente los cálculos de prima para los trabajadores que perciben este salario o más. Además del salario base, también se suma el auxilio de transporte, que para 2024 es de $162,000 COP, elevando el total a $1'462,000 COP mensuales.Con respecto a la prima, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo establece que los empleadores deben pagar 30 días de salario por año a sus empleados, distribuidos en dos pagos anuales. Los trabajadores recibirán $731,000 COP a mitad de año y otros $731,000 COP a final de año si han trabajado durante los semestres completos.Para aquellos empleados que no han trabajado el semestre completo, el cálculo se realiza de manera proporcional a los días laborados. La fórmula utilizada es, salario total multiplicado por los días trabajados dividido entre 360. Por ejemplo, un trabajador con un salario de $1'462,000 COP que ha laborado 110 días recibiría una prima de $446,722 COP.Las fechas de pago de la prima están determinadas por ley, el primer pago debe realizarse a más tardar el 30 de junio y el segundo pago debe efectuarse a más tardar el 20 de diciembre. Estos pagos benefician a trabajadores con contratos indefinidos, contratos fijos, y trabajadores del servicio doméstico o de fincas.Sin embargo, no todos los empleados están contemplados para recibir prima. Los trabajadores independientes, contratados por prestación de servicios, temporales o en modalidad de salario integral, así como aprendices o personas con contratos de aprendizaje, no son elegibles para este beneficio.Te puede interesar: Hombre que noqueó a otro en Bogotá revela lo que en realidad pasó
Se acerca el pago de la prima de servicios, un incentivo legal que deben hacer los empleadores como retribución a los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador. Es por eso que en la mandamás decidimos traer a nuestra abogada de cabecera, la doctora Andrea Rodríguez, para que nos explicara todo sobre este pago.Lo primero que debes saber es que la prima consiste en 30 días de salario por año laborado, es decir, un sueldo mensual por año, el cual debe ser pagado en dos contados. Por lo tanto, 15 días de salario deben ser pagados por el empleador a más tardar el 30 de junio; mientras que la otra mitad debe ser consignada al trabajador a más tardar el 20 de diciembre.Para ejemplificarlo mejor, la abogada Andrea Rodríguez hizo un ejemplo con el salario mínimo, ya que muchas personas devengan este sueldo. Este salario es de $1.160.000, a este valor debemos sumarle el auxilio de transporte (para aquellas personas que tienen este beneficio).Cabe resaltar que el auxilio de transporte ($140.606), es un beneficio que otorga el empleador para que su trabajador pueda transportarse de su casa al trabajo, y se suele dar a aquellas personas que ganan menos de dos salarios mínimos, es decir, que su sueldo sea menor a $2.380.000. Sin embargo, no en todos los casos se da, ya que hay muchas empresas que dan el servicio de transporte o que tienen a sus trabajadores en alternancia o trabajando desde casa.Teniendo en cuenta estos valores podemos calcular la prima de servicios, para ello debemos sumar nuestro salario más el auxilio de transporte, que para el salario mínimo sería un total de $1.300.606, luego debemos multiplicar este valor por los días trabajados, que normalmente si iniciaron contratación en enero serían 180 días y luego dividirlo en los 360 días del año, para un valor de prima de $650.303.En caso de que su contrato no iniciara en enero, debe primero contar los días desde el inicio de su contrato hasta el 30 de junio para poder multiplicarlos a su salario para después dividirlo en los 360 días del año. Tenga en cuenta que la prima de servicios solo corresponde a contratos laborales, no de prestación de servicios.Te puede interesar: Mejores momentos del concierto de Los Tigres del Norte
Se acerca una de las fechas esperadas por miles de empleados en Colombia ya que al llegar la temporada de mitad del año también llega una remuneración económica que las empresas pagan por ley a los empleados que cuentan con contrato con prestaciones.Pues se trata de la prima de servicios que, según la legislación colombiana, le corresponde a los trabajadores que cuenten con contratos con prestaciones sociales, es decir aquellos empleados dependientes con contrato de trabajo fijo o indefinido. En ese sentido, la prima corresponde a una prestación social formal que debe pagar el empleador o empresa al trabajador, con un beneficio económico correspondiente a un mes de salario extra, anual.Dicho beneficio anual se divide en dos, por lo que la mitad de ese salario (15 días) se paga a mitad de año, y los otros 15 días en diciembre, para completar el total de la prima de servicios por año.Por esto, todos los trabajadores, excepto quienes laboran bajo un contrato de prestación de servicios, tienen derecho a recibir este beneficio económico, siempre y cuando hayan trabajado los 180 días del primer semestre del año.¿Cuándo pagan la prima de mitad de año? Esta es una de las preguntas que más se hacen los empleados durante el primer semestre de cada año y para aclarar el tema debe saber que existe una fecha límite que por ley deben cumplir las empresas o empleadores. Pues según estableció el Ministerio del Trabajo, los empleadores tendrán un plazo máximo hasta el 30 de junio para pagar a sus trabajadores la prima de mitad de año, por lo que dicho dinero podría recibirse ya sea en la primera o en la segunda quincena de ese mes.Y buscando que esto se cumpla, el Gobierno también tiene establecida una serie de sanciones económicas para las empresas que incumplan con los pagos, determinando un día de salario por cada día de retraso en el pago al trabajador.¿Qué trabajadores reciben más dinero con la prima legal?Aunque el monto de dinero de la prima legal está establecido por legislación, hay empresas o empleadores que autónomamente le reconocen un dinero adicional a sus trabajadores a mitad y a fin de año.Esto bajo la modalidad de prima extralegal o bono de gratificación, el cual es un incentivo que algunos empleadores deciden dar a sus empleados como motivación o reconocimiento por labores cumplidas. Sobre este pago extra debes saber que no es obligatorio y que tampoco hay montos ni fechas límites definidos por ley, por lo que dicho incentivo está sujeto a consideración de cada empresa. Te puede interesar: Chestter revela que su cáncer se desató por exponerse al sol sin bloqueador
Cuatro hombres fueron capturados en las últimas horas en la carrera 93 con calle 71, en el occidente de Bogotá, luego de cometer un fleteo a mano armada en contra a un trabajador que acababa de retirar su prima navideña.Según las autoridades, la víctima se movilizaba en su vehículo en la localidad de Engativá cuando fue interceptada por los hombres que, además de robarlo, lo agredieron en la cabeza mientras permanecía encañonado.Los fleteros llegaron incluso a arrojar al trabajador afuera de su vehículo. Este portaba una importante suma dinero en efectivo, correspondiente a la prima navideña que acaba de cobrar.Hurto a personas en aumentoDe acuerdo con los reportes de la Secretaría de Seguridad de Bogotá, el hurto a personas presenta un incremento en la ciudad y las localidades con mayor número de denuncias por el flagelo son Santa Fe (36.57%), Teusaquillo (42.52%), Chapinero (19%), Candelaria (11%), Suba (10.41%), Fontibón (7.67%), Kennedy (1.01%), Los Mártires (6.26%) y Puente Aranda (1.68%).En medio de la disparada de la ola de crímenes, la alcaldesa de Bogotá ha culpado a los jueces que, según ella, dejan en libertad a los delincuentes, pese a ser capturados en flagrancia o con armas de fuego. En medio de la controversia, el presidente del Tribunal Superior de Bogotá, Hugo Alexander Ríos, reveló las cifras sobre las personas que quedan en libertad luego de ser capturadas en Bogotá.Según el magistrado, entre enero y octubre de 2022, la Policía Nacional capturó, 8271 personas y la Fiscalía dejó en libertad 6186 capturados, es decir, a los jueces solo fueron presentadas, 2085 personas. Las cifras reveladas por el magistrado sobre los juzgados municipales respecto a las capturas y medidas de aseguramiento, evidencian que, a diferencia de lo que dice la alcaldesa Claudia López, el 80% de los capturados por hurto, son cobijados con medida de aseguramiento, contraria a las cifras entregadas por la mandataria capitalina.Aprende a hacer adornos navideños en casa
Cómo una iniciativa para apoyar la reactivación económica, el comercio y las finanzas en los hogares el Gobierno Nacional expidió por decreto el adelanto de la prima navideña para trabajadores del sector público. Sin embargo, esta iniciativa fue extendida a empresas privadas para que contemplen la posibilidad de sumarse a estos adelantos y también pagar a sus empleados la prima navideña antes del 1 de diciembre. El decreto, firmado por el presidente, Iván Duque, establece unos parámetros con los que se busca beneficiar a 1.300.000 personas que por ser trabajadores del Estado o funcionarios públicos podrán recibir el pago de su prima antes del 30 de noviembre de 2021. En el decreto, firmado el 10 de noviembre y dado a conocer este jueves 11 de noviembre, se establecen otros detalles que te contamos a continuación, para que tengas presente todo lo que debes saber sobre el decreto 1458 que establece este pago anticipado. Pago de prima anticipada * Debe ser pagada a los trabajadores públicos antes del 1 de diciembre de 2021. * No representa más dinero de prima al establecido por ley. * El adelanto de la prima no significa algún descuento a la que por ley le pertenece a los empleados. * El pago de esta prima debe cumplir con todos los términos y condiciones en los que esté regulada. * Es de obligatorio cumplimiento para funcionarios del gobierno central; sin embargo, las entidades territoriales podrán sumarse a la iniciativa. * Las empresas privadas tienen la libertad de decidir si pagan la prima a sus trabadores antes del 1 de diciembre.* Es una medida que busca apoyar la reactivación de la economía, especialmente durante el segundo Día sin IVA que se desarrollará el próximo 3 de diciembre.
El Gobierno Nacional ya expidió el decreto que establece el pago de la prima anticipada de Navidad, para todos los funcionarios públicos del país, la cual será pagada antes del 30 de noviembre.El documento fue firmado el miércoles 10 de noviembre por el presidente, Iván Duque, el ministro de Hacienda, José Manuel Acevedo y el director administrativo del Departamento Administrativo de la Función Pública, Nerio Jose Alvis.El decreto, dado a conocer este jueves 11 de noviembre, establece continuar con el decreto 1422 de 2020, "por medio del cual se dictan disposiciones para el pago de la prima de navidad para la vigencia fiscal 2020", el cual adelantó la fecha de pago de la prima de navidad para los servidores públicos en esa vigencia.De esta forma, el Gobierno estableció que “para continuar con la estrategia de reactivación económica, se ordenará para la presente vigencia el reconocimiento y pago de la prima de navidad en el mes de noviembre de 2021”.El adelanto de este pago aplica principalmente para empleados de empresas del sector público, las cuales acogen a cerca de 1.300.000 personas; sin embargo, la invitación fue extendida al sector privado para que se sume a esta iniciativa, beneficiando a millones de colombianos de otras empresas con el pago de su prima antes de iniciar diciembre.Con esta medida el Gobierno espera contribuir en la reactivación económica que se adelanta en el país, al tiempo que mejorar las finanzas en los hogares durante la época de Navidad y Fin de Año.