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Esto es lo que viene con la aprobación de la reforma pensional

Te cintamos todo lo que debes saber sobre la reforma pensional que fue aprobada. Ojo a los cambios importantes.

Imagen referencial, reforma pensional
Imagen referencial, reforma pensional
/ Foto: Bing Images

La reciente aprobación de la reforma pensional en la Cámara de Representantes, impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, ha suscitado interrogantes sobre el futuro de la pensión familiar, una figura ya existente en el sistema de pensiones colombiano.

La reforma, que introduce cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario complementario, mantiene vigente la jubilación conjunta bajo ciertas condiciones.

¿Qué es la pensión familiar y cómo funciona?

La pensión familiar se describe en el Artículo 38 de la reforma pensional como aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización de los cónyuges o compañeros permanentes. Esta figura permite que ambos sumen sus semanas cotizadas para cumplir con los requisitos necesarios para obtener la pensión integral de vejez del pilar contributivo.

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Según la ley, solo se puede obtener esta pensión una vez agotadas las disposiciones del sistema actuarial de equivalencias definido por el Gobierno nacional. Este sistema asegura que los cónyuges o compañeros permanentes cumplan con los requisitos mínimos de cotización y convivencia.

Continuidad y requisitos de la pensión familiar

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La reforma no introduce cambios en la estructura de la pensión familiar. No obstante, establece requisitos específicos para su reconocimiento y pago, los cuales estarán a cargo de Colpensiones, la administradora del componente de prima media. Entre estos requisitos se incluyen:

  • Duración de la relación: Los cónyuges o compañeros permanentes deben acreditar más de cinco años de relación conyugal o convivencia.
  • Semanas de cotización: Deben sumar, entre ambos, un mínimo de 1300 semanas cotizadas.
  • Afiliación y cotización en salud: El titular de la pensión debe estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud y cotizar según la normativa vigente.

En caso de fallecimiento de uno de los beneficiarios, el 50% de la pensión acrecentará la del sobreviviente, salvo que existan hijos menores de edad, mayores de edad hasta los 25 años dependientes por estudios o hijos inválidos, en cuyo caso se distribuirá el beneficio de acuerdo a la ley.

La pensión familiar se extinguirá en caso de divorcio, separación legal o de hecho, con cada excónyuge recibiendo el 50% del monto de la pensión que percibían. Además, esta pensión es incompatible con otras pensiones o prestaciones económicas provenientes del sistema de Protección Social Integral para la Vejez, excluyendo las pensiones otorgadas por el sistema de riesgos laborales.

En resumen, la reforma pensional de Petro asegura la continuidad de la pensión familiar, pero con claras directrices sobre su reconocimiento y condiciones, brindando así seguridad a los beneficiarios de esta modalidad de jubilación conjunta.

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