En Colombia, el sistema de pensiones tiene diversas opciones para quienes no logran alcanzar las semanas necesarias para obtener una pensión por vejez de manera individual.Una de estas alternativas es la pensión familiar, que permite sumar los aportes de dos miembros del núcleo familiar para alcanzar el mínimo requerido. Esta opción es de gran interés para aquellos que, a pesar de haber cotizado, no cumplen con los requisitos exigidos debido a la falta de tiempo de cotización.En una reciente intervención en el programa El Klub de La Kalle, el abogado especializado en derecho laboral, Javier Almanza, explicó en detalle cómo funciona esta posibilidad. Almanza destacó que, bajo ciertas condiciones, las personas pueden combinar los aportes de su pareja para alcanzar la pensión de vejez. "Sí, es posible unir las pensiones entre personas del núcleo familiar bajo condiciones específicas, como la situación de vulnerabilidad laboral y algunos estratos sociales, particularmente los sectores 1, 2 y 3", comentó el abogado.Requisitos para acceder a la pensión familiarPara poder acceder a esta opción, se deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la ley. Los más importantes incluyen:Afiliación al mismo régimen pensional: Ambos miembros de la pareja deben estar afiliados ya sea al Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, o al Régimen de Ahorro Individual (RAIS), gestionado por los fondos privados.Pertenecer a los grupos del Sisbén: Los solicitantes deben estar clasificados en los grupos A1 a A5, B1 a B7 o C1 a C12 del Sisbén IV, lo cual demuestra una situación de vulnerabilidad social y económica.Estratos sociales bajos: Es necesario pertenecer a los estratos 1, 2 o 3.Requisitos de cotización: Ambos miembros deben haber cotizado al menos el 25% de las semanas requeridas para la pensión de vejez ordinaria al cumplir los 45 años.Tiempo de cotización combinado: La suma de las semanas cotizadas por ambos debe ser igual o superior a 1.300 semanas.Edad mínima para la pensión de vejez: La edad mínima para acceder a la pensión debe ser 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.Acreditar convivencia: Es fundamental demostrar que la pareja ha vivido junta durante al menos 5 años previos a la solicitud. Esto aplica tanto para parejas heterosexuales como para parejas del mismo sexo.Imposibilidad de seguir aportando: Ambos miembros deben manifestar que no pueden continuar realizando aportes al Sistema General de Pensiones.La pensión familiar, creada para ayudar a quienes no alcanzan a completar las semanas necesarias por sí solos, representa una opción viable para muchas parejas que han enfrentado limitaciones económicas o laborales durante su vida laboral. Esta alternativa no solo ayuda a las parejas a juntar sus esfuerzos para obtener una pensión conjunta, sino que también contribuye a mejorar la calidad de vida al garantizar un ingreso mínimo.¿Cómo se calcula la pensión familiar?Al aplicar a este beneficio, las semanas cotizadas de cada miembro de la pareja se suman para alcanzar el mínimo de 1.300 semanas necesarias para la pensión de vejez. El monto de la pensión resultante es, en la mayoría de los casos, equivalente a un salario mínimo. Esto es crucial para aquellos que, aunque no han cotizado lo suficiente, logran cumplir con los requisitos a través de esta modalidad conjunta.Es importante que las parejas interesadas en acceder a este beneficio revisen cuidadosamente los requisitos y se asesoren adecuadamente, ya que el proceso de solicitud y los documentos necesarios son esenciales para evitar rechazos o problemas legales. Con la asesoría adecuada, la pensión familiar puede ser una solución clave para muchos hogares en Colombia.Mira también: ¿Cómo será el proceso para cambiar de fondo de pensión?
La reforma pensional aprobada recientemente en Colombia trae consigo importantes cambios en el sistema de jubilación, incluyendo la implementación de las ACCAI (Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual). Si no sabes de qué se tratan estas entidades ni para qué sirven, aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.¿Qué son las ACCAI?Las ACCAI son entidades encargadas de gestionar los aportes adicionales de los trabajadores que ganan más de 2,3 salarios mínimos legales vigentes (SMMLV). Mientras que Colpensiones se encarga de administrar los recursos equivalentes a ingresos de hasta 2,3 SMMLV, las ACCAI gestionan el excedente de quienes superan este umbral. Es decir, si tu salario es mayor a $3.273.050 (con base en el SMMLV actual), deberás destinar el excedente a una de estas administradoras.La creación de las ACCAI responde a la necesidad de un sistema de pensiones más equilibrado, donde Colpensiones y las administradoras privadas trabajen de manera complementaria para garantizar una mejor cobertura.¿Cómo funcionan las ACCAI?A partir del 1 de julio de 2025, todos los trabajadores comenzarán a cotizar en Colpensiones hasta el límite establecido de 2,3 SMMLV. El dinero que supere ese monto será administrado por las ACCAI.Estas entidades se encargarán de invertir los recursos bajo un esquema de ahorro individual, similar al que ya gestionan las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).¿Qué entidades ofrecen el servicio como ACCAI?Actualmente, las entidades habilitadas como ACCAI son:ColfondosPorvenirProtecciónSkandiaEstas instituciones están supervisadas por la Superintendencia Financiera de Colombia y puedes inscribirte en cualquiera de ellas a través de sus páginas web o directamente en Colpensiones.¿Qué pasa si no elegí una ACCAI antes del 16 de enero?Si no seleccionaste una administradora antes de la fecha límite, el sistema asignará una de manera automática. Sin embargo, no te preocupes, porque podrás cambiar tu ACCAI después de seis meses, en caso de que no estés conforme con la asignación inicial.El tiempo limitado para elegir una ACCAI ha sido uno de los principales puntos de crítica. Según Asofondos, los colombianos tuvieron apenas unos pocos días para tomar esta decisión, ya que el decreto regulatorio fue publicado a finales de diciembre y las licencias a las ACCAI se otorgaron a comienzos de enero.A pesar de estos inconvenientes, las ACCAI representan un paso hacia un sistema pensional más organizado y adaptado a las necesidades de los trabajadores con ingresos superiores al promedio. Asegúrate de revisar las opciones disponibles y elegir la que mejor se adapte a tus necesidades.Te recomendamos: Reforma pensional en Colombia: Todo lo que necesitas saber sobre el cambio de fondo de pensiones
El sistema pensional en Colombia está en un proceso de transformación con la entrada en vigencia de la reforma pensional promovida por el presidente Gustavo Petro. Una de las novedades más relevantes es la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), que jugará un papel clave para quienes ganen más de 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y no pertenezcan al régimen de transición.¿Quiénes deben elegir una Accai?La obligación de escoger una Accai recae sobre los hombres que, para julio de 2025, tengan menos de 900 semanas cotizadas y las mujeres con menos de 750 semanas cotizadas. Esto responde a la implementación del nuevo pilar contributivo, compuesto por dos elementos:Régimen de Prima Media (RPM): Quienes ganen hasta 2.3 SMMLV ($3.274.050 en 2025) aportarán exclusivamente a Colpensiones.Ahorro Individual: Los ingresos que excedan 2.3 SMMLV se destinarán a una Accai, gestionada por fondos privados de pensiones.Si usted ya cotiza en un fondo privado, quedará automáticamente vinculado a la Accai correspondiente a su administradora actual. En cambio si es usuario de Colpensiones, deberá elegir un fondo privado antes del jueves. De no hacerlo, será asignado de manera aleatoria a uno de los cuatro fondos acreditados por el gobierno.La inscripción puede realizarse a través de los portales web de las administradoras. No se requiere documentación adicional, solo sus datos personales y, si aplica, el NIT de su empleador.¿Qué sucede si no eliges antes del 16 de enero?El gobierno asignará a los usuarios que no hayan elegido Accai de forma aleatoria. A partir de los seis meses siguientes, los afiliados podrán cambiarse de administradora si lo consideran conveniente.Estos son los beneficios si tienes AccaiAunque ninguna Accai ha informado aún sobre las rentabilidades que ofrecerán, hay otros factores que pueden influir en su decisión:Cercanía de oficinas: Valore la ubicación física de las oficinas en caso de necesitar atención presencial.Propietarios y tamaño de los fondos: Conozca la solidez y experiencia de cada administradora:Porvenir: Parte del Grupo Aval, con 11,7 millones de afiliados.Protección: Perteneciente al Grupo Sura, con 5,6 millones de afiliados.Colfondos: Controlada por Fondos de Pensiones Hábitat S.A. de Chile, con 1,7 millones de afiliados.Skandia: Asociada al conglomerado chino Skandia S.A., con 100 mil afiliados.¿Qué cambiaria en caso de estar en Accai?La reforma de pensiones también reorganiza el sistema pensional en cuatro pilares:Solidario: Para quienes no alcanzan a cotizar una pensión mínima.Semicontributivo: Para quienes tienen aportes parciales.Contributivo: Destinado a cotizantes activos, tanto dependientes como independientes.Voluntario: Para quienes desean aumentar su ahorro pensional.Este cambio representa un esfuerzo por garantizar mayor equidad en el sistema pensional, aunque también plantea retos para los afiliados, quienes deberán tomar decisiones informadas sobre su futuro financiero.Puedes seguir viendo: Reforma pensional en Colombia: Todo lo que necesitas saber sobre el cambio de fondo de pensiones
En Colombia, una gran parte de los trabajadores afiliados al Sistema de Protección Social Integral se preparan para cumplir los requisitos que les permitan acceder a la pensión y retirarse de sus actividades laborales. Sin embargo, algunos eligen continuar trabajando incluso después de recibir su primera mesada pensional. Esto genera una pregunta clave: ¿puede un empleador dar por terminado el contrato de trabajo de un empleado que ya cumple con los requisitos para pensionarse?Para resolver esta inquietud, El Tiempo a través de una entrevista con Karina Zuluaga Jiménez, especialista en Derecho Laboral de la Universidad Externado de Colombia, explicó cómo la legislación actual y la reforma laboral abordan este tema."El artículo 10 de la reforma pensional Ley 2381 de 2024 permite que los empleadores terminen el contrato de trabajo cuando el empleado ya cumple con los requisitos para pensionarse y se confirma que está incluido en la nómina de pensionados. Es decir, si una persona le reconocen la pensión y entra en nómina de pensionado, es decir, recibe su primera mesada pensional, el empleador puede finalizar su relación laboral"El artículo 10 de la reforma laboral contempla que alcanzar los requisitos para obtener la pensión de vejez puede ser considerado una causa justa para terminar un contrato de trabajo o relación laboral, tanto en el sector privado como en el público. Sin embargo, esto solo se aplica si el empleador notifica al trabajo sobre el reconocimiento de la pensión y su inclusión en la nómina de pensionados por parte de la administradora correspondiente.Además, si un trabajador o servidor público no realiza la solicitud de pensión dentro de los 30 días siguientes a cumplir los requisitos, el empleador está facultado para gestionarla en su nombre y comunicarle esta decisión.Esta disposición abarca a todos los afiliados al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte, salvo que un servidor público manifieste su voluntad de seguir laborando, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1821 de 2016.¿Cuáles son tus derechos como pensionado? Los pensionados y pre-pensionados en Colombia cuentan con varios beneficios establecidos por la ley, según el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre. Entre ellos se destacan el pago puntual de la pensión, un incremento anual basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), la reducción del aporte en salud manteniendo la afiliación al sistema, y el derecho a recibir una mesada adicional en diciembre, conocida como la mesada 13.Puedes seguir viendo: Todo lo que debes saber sobre la reforma pensional con el abogado Javier Almanza
El Gobierno de Gustavo Petro ha lanzado la Ley 2381 de 2024, que entrará en vigencia el 1 de julio de 2025, pero comenzará a implementar cambios desde el 1 de enero. Esta reforma, diseñada para aliviar la carga de cotización de las mujeres en el sistema pensional colombiano, incluye reducciones significativas en el número de semanas requeridas y reconoce el trabajo no remunerado de las madres.A partir de enero de 2025, las mujeres podrán pensionarse con solo 1.000 semanas cotizadas, en lugar de las 1.150 previamente exigidas. Además, la ley permite reducir 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres hijos, lo que significa que una madre con tres hijos podría pensionarse con solo 850 semanas cotizadas. Este cambio busca reconocer las desigualdades estructurales que enfrentan las mujeres en el mercado laboral, las cuales dificultan su acceso a una pensión digna.La reforma también incluye un Pilar Solidario para mujeres en condiciones de pobreza extrema, permitiéndoles acceder a un subsidio a partir de los 55 años si cumplen con requisitos específicos, como una pérdida de capacidad laboral superior al 50%. Además, para los casos de invalidez, las mujeres podrán solicitar una pensión anticipada a los 50 años, siempre y cuando hayan cotizado al menos 1.000 semanas.Un aspecto clave de esta reforma es la reciente decisión de la Corte Constitucional, que declaró inconstitucional la exigencia de 1.150 semanas para las mujeres afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). La Corte argumentó que esta norma vulneraba los derechos de las mujeres al no considerar las disparidades de género en el mercado laboral.Con estos ajustes, la Ley 2381 no solo busca mejorar las condiciones de las mujeres dentro del sistema pensional, sino también reducir las brechas de género y ofrecer un reconocimiento a quienes, además de su trabajo formal, han dedicado años al cuidado de sus familias.Estas son las personas que pueden sacar su declaración de renta en ceros
La pensión es esencial para mantener una vida estable durante la jubilación. Permite cubrir gastos cotidianos y acceder a servicios de salud, garantizando una independencia financiera. Alcanzar una pensión superior a 3 millones de pesos requiere una estrategia de cotización adecuada y un salario base significativo. Es vital planificar con anticipación y aprovechar las herramientas y asesorías disponibles para asegurar una jubilación tranquila y sin preocupaciones financieras.Para tener una idea clara de cuánto se necesita cotizar, es útil recurrir a simuladores en línea o buscar la orientación de asesores financieros. Aquí presentamos dos ejemplos concretos:Persona de 35 años, con 480 semanas cotizadas:Edad: 35 añosSemanas cotizadas: 480Salario mensual necesario: $6 millones Este individuo, con un salario mensual de alrededor de $6 millones, podría aspirar a una pensión superior a los 3 millones de pesos al alcanzar la edad de jubilación.Persona de 65 años, con 1.500 semanas cotizadas:Edad: 65 añosSemanas cotizadas: 1.500 (equivalente a 30 años de cotización)Salario mensual necesario: $8 millones En este caso, una persona de 65 años con un historial de cotización de 1.500 semanas y un salario base de cotización mensual de $8 millones podría recibir una pensión de más de 3 millones de pesos.Fórmula para Calcular la PensiónPensión = (IBL) x (porcentaje de pensión) x (número de semanas cotizadas) / 1300IBL (Ingreso Base de Liquidación): Promedio de los ingresos sobre los cuales se cotizó.Porcentaje de Pensión: Estipulado por la Ley 100 de 1993, varía según el tiempo de cotización.Por ejemplo, para personas que cotizaron 1.050 semanas (aproximadamente 27 años), el porcentaje es del 65% del IBL.Regímenes Pensionales en ColombiaEl sistema pensional colombiano está compuesto por dos regímenes principales:Régimen de Prima Media (RPM):Administrado por Colpensiones.Cálculo basado en el promedio del ingreso de los últimos diez años de cotización.Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS):Gestionado por fondos privados de pensiones.La pensión se calcula con base en los rendimientos obtenidos por las inversiones.¿Qué hacer en caso de que mi empresa incumpla con el pago de la prima?
La reciente reforma pensional aprobada por el Congreso de la República de Colombia introduce cambios significativos para los ciudadanos mayores que han cotizado al sistema, pero no alcanzaron las semanas necesarias para recibir una pensión completa. Esta reforma, estructurada en cuatro pilares fundamentales, tiene como objetivo brindar apoyo a diferentes segmentos de la población según sus necesidades y aportes.Pilar Semicontributivo: apoyo a trabajadores informalesEl pilar semicontributivo se dirige a los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que, aunque han cotizado al sistema, no lograron completar las semanas requeridas. Este grupo, principalmente compuesto por trabajadores informales, se beneficiará con una renta vitalicia mensual otorgada por el Gobierno Nacional. Esta medida reemplaza la devolución de los ahorros más la rentabilidad generada en los fondos privados.Beneficiarios y renta vitaliciaTrabajadores con 300 a 1.000 semanas cotizadas: Recibirán una renta vitalicia en lugar de sus ahorros.Grupo en pobreza extrema y vulnerabilidad: Renta vitalicia compuesta por cotizaciones ajustadas por inflación y un subsidio de $223.000 del pilar solidario.Trabajadores con ingresos ligeramente superiores: Mesada calculada con un rendimiento anual del 3% y un subsidio adicional del 20% para hombres y 30% para mujeres.Pilar Solidario: renta básica para mayores en extrema pobrezaEl Pilar Solidario está diseñado para proporcionar una renta básica de $232.000 a personas mayores en situación de extrema pobreza que no han logrado obtener una pensión. Este pilar es fundamental para asegurar una vejez digna a los más vulnerables.Pilar Contributivo: Aportes a Colpensiones y Fondos PrivadosEl Pilar Contributivo permite a los afiliados cotizar en Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos. Los excedentes se dirigen a fondos privados, asegurando una distribución más equitativa y eficiente de los recursos.Pilar de ahorro voluntario: incremento de ingresos de jubilaciónDestinado a quienes desean incrementar sus ingresos de jubilación, el Pilar de Ahorro Voluntario ofrece la posibilidad de realizar aportes adicionales. Este pilar fomenta el ahorro y la planificación financiera a largo plazo.El Ministerio de Trabajo calculó las mesadas que recibirán los beneficiarios del pilar semicontributivo, basándose en las semanas cotizadas:Para hombres:301-400 semanas: $416.485401-500 semanas: $470.936501-600 semanas: $551.663601-700 semanas: $703.544701-800 semanas: $790.685801-900 semanas: $801.245Para mujeres:301-400 semanas: $242.573401-500 semanas: $243.189501-600 semanas: $396.350601-700 semanas: $465.637701-800 semanas: $578.592801-900 semanas: $621.952La reforma pensional busca ofrecer una solución a quienes, por diversas razones, no han logrado cumplir con todos los requisitos para una pensión completa. Al implementar este sistema, el Gobierno Nacional pretende garantizar una vejez digna para miles de colombianos que, a pesar de sus esfuerzos, no lograron reunir las semanas suficientes de cotización.Además, la medida incluye a una amplia franja de la población que ha trabajado en la informalidad, asegurando un sustento económico constante y ajustado a las necesidades actuales del país.
Con la llegada del fin del primer semestre del año, los trabajadores en Latinoamérica se preparan para recibir la prima de junio, una prestación social estipulada en el Código Sustantivo del Trabajo. Este beneficio, que representa una remuneración equivalente a 30 días de trabajo por un año de servicio, se divide en dos pagos: uno antes del 30 de junio y otro antes del 20 de diciembre. De esta forma, los empleados recibirán su salario mensual regular más las primas, lo que supone un alivio económico importante para muchas familias. Es importante destacar que no todos los trabajadores son elegibles para recibir esta prima. Aquellos contratados temporalmente por un periodo que no supera los 30 días no tienen derecho a esta prestación. En contraste, todos los empleados vinculados formalmente a una empresa sí disfrutarán de este beneficio.¿Los pensionados reciben prima?En cuanto a los pensionados, el panorama es diferente. Ellos no reciben una prima en junio, sino que perciben 13 pagos mensuales a lo largo del año, en lugar de los 12 pagos regulares. Este sistema se implementa según el Acto Legislativo 1 de 2005, lo que significa que la última mesada, considerada como una prima navideña, se paga junto al giro de diciembre.Sin embargo, no todos los pensionados reciben esta mesada adicional. Aquellos que obtuvieron su pensión antes del 25 de junio de 2005 y cuya pensión no supera los 15 salarios mínimos legales vigentes, pueden acceder a una mesada 14 en junio. Por otro lado, los pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, cuyo monto no superaba los 3 salarios mínimos mensuales, también tienen derecho a recibir esta mesada adicional en junio. Esta normativa es resultado de las reformas del Acto Legislativo 01 de 2005, que eliminó este beneficio para quienes se pensionaron después del 31 de julio de 2011.El propósito de la prima es compensar a los trabajadores por sus servicios, mientras que para los pensionados, la mesada 13 se concibe como una especie de prima navideña. Esta estructura busca equilibrar la situación financiera de los pensionados, brindándoles un ingreso adicional a fin de año.¿Me pueden quitar el carro o la moto si no pago el impuesto vehicular?
Con la entrada en vigor de la nueva reforma pensional en Colombia a partir del 1 de julio de 2025, una de las medidas más esperadas y significativas es la introducción de la pensión anticipada. Esta iniciativa está diseñada para ofrecer una mayor flexibilidad y accesibilidad a los trabajadores colombianos que han cotizado un considerable número de semanas pero aún no alcanzan la edad plena de jubilación.La pensión anticipada permitirá que las personas que hayan cotizado más de 1,000 semanas puedan solicitar su pensión antes de tiempo. Este beneficio aplica a los hombres que han cumplido 62 años y a las mujeres que han alcanzado los 57 años. A estos cotizantes se les descontará el valor equivalente a la cotización de las semanas que les falten para completar el total requerido, facilitando así su acceso a una pensión y proporcionando un ingreso en sus años de retiro.Este cambio es parte de una serie de reformas pensionales que buscan modernizar y hacer más equitativo el sistema de pensiones en Colombia. La reforma también incluye la reducción progresiva de las semanas de cotización necesarias para que las mujeres puedan pensionarse. A partir de 2025, se reducirá en 25 semanas cada año hasta llegar a las 1,000 semanas en 2036. Además, las mujeres recibirán un descuento adicional por cada hijo nacido vivo o adoptado, reflejando un reconocimiento a su doble rol en el ámbito laboral y familiar.Además, la mayoría de los trabajadores colombianos realizarán sus aportes a Colpensiones, el fondo de pensiones público. Aquellos con ingresos de hasta 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), aproximadamente 2.9 millones de pesos, tendrán sus aportes administrados exclusivamente por Colpensiones. Para los que ganen más de esa cantidad, los aportes hasta los 2.3 SMMLV irán a Colpensiones y el excedente podrá ser dirigido a una administradora de fondos de pensiones (AFP) de su elección.Otro aspecto importante de la reforma es el beneficio económico para los adultos mayores que, habiendo alcanzado la edad de jubilación, no lograron acumular las semanas necesarias para una pensión completa. Estas personas recibirán un apoyo del Estado, asegurando un ingreso básico en su vejez. Asimismo, los adultos mayores de 60 y 65 años en condición de vulnerabilidad recibirán una renta básica, lo que representa un avance significativo en la protección social para los más necesitados.La pensión anticipada se presenta como una solución valiosa para aquellos trabajadores que han contribuido significativamente al sistema, pero desean o necesitan retirarse antes de alcanzar el umbral de cotización total. Esta medida no solo ofrece una mayor flexibilidad para los cotizantes, sino que también refleja un enfoque más humano y adaptado a las diversas necesidades de la población laboral.Shakira será la artista invitada de la final de la Copa América
La reciente aprobación de la reforma pensional en la Cámara de Representantes, impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, ha suscitado interrogantes sobre el futuro de la pensión familiar, una figura ya existente en el sistema de pensiones colombiano. La reforma, que introduce cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario complementario, mantiene vigente la jubilación conjunta bajo ciertas condiciones.¿Qué es la pensión familiar y cómo funciona?La pensión familiar se describe en el Artículo 38 de la reforma pensional como aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización de los cónyuges o compañeros permanentes. Esta figura permite que ambos sumen sus semanas cotizadas para cumplir con los requisitos necesarios para obtener la pensión integral de vejez del pilar contributivo.Según la ley, solo se puede obtener esta pensión una vez agotadas las disposiciones del sistema actuarial de equivalencias definido por el Gobierno nacional. Este sistema asegura que los cónyuges o compañeros permanentes cumplan con los requisitos mínimos de cotización y convivencia.Continuidad y requisitos de la pensión familiarLa reforma no introduce cambios en la estructura de la pensión familiar. No obstante, establece requisitos específicos para su reconocimiento y pago, los cuales estarán a cargo de Colpensiones, la administradora del componente de prima media. Entre estos requisitos se incluyen:Duración de la relación: Los cónyuges o compañeros permanentes deben acreditar más de cinco años de relación conyugal o convivencia.Semanas de cotización: Deben sumar, entre ambos, un mínimo de 1300 semanas cotizadas.Afiliación y cotización en salud: El titular de la pensión debe estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud y cotizar según la normativa vigente.En caso de fallecimiento de uno de los beneficiarios, el 50% de la pensión acrecentará la del sobreviviente, salvo que existan hijos menores de edad, mayores de edad hasta los 25 años dependientes por estudios o hijos inválidos, en cuyo caso se distribuirá el beneficio de acuerdo a la ley.La pensión familiar se extinguirá en caso de divorcio, separación legal o de hecho, con cada excónyuge recibiendo el 50% del monto de la pensión que percibían. Además, esta pensión es incompatible con otras pensiones o prestaciones económicas provenientes del sistema de Protección Social Integral para la Vejez, excluyendo las pensiones otorgadas por el sistema de riesgos laborales.En resumen, la reforma pensional de Petro asegura la continuidad de la pensión familiar, pero con claras directrices sobre su reconocimiento y condiciones, brindando así seguridad a los beneficiarios de esta modalidad de jubilación conjunta.