En Colombia, una gran parte de los trabajadores afiliados al Sistema de Protección Social Integral se preparan para cumplir los requisitos que les permitan acceder a la pensión y retirarse de sus actividades laborales. Sin embargo, algunos eligen continuar trabajando incluso después de recibir su primera mesada pensional. Esto genera una pregunta clave: ¿puede un empleador dar por terminado el contrato de trabajo de un empleado que ya cumple con los requisitos para pensionarse?Para resolver esta inquietud, El Tiempo a través de una entrevista con Karina Zuluaga Jiménez, especialista en Derecho Laboral de la Universidad Externado de Colombia, explicó cómo la legislación actual y la reforma laboral abordan este tema."El artículo 10 de la reforma pensional Ley 2381 de 2024 permite que los empleadores terminen el contrato de trabajo cuando el empleado ya cumple con los requisitos para pensionarse y se confirma que está incluido en la nómina de pensionados. Es decir, si una persona le reconocen la pensión y entra en nómina de pensionado, es decir, recibe su primera mesada pensional, el empleador puede finalizar su relación laboral"El artículo 10 de la reforma laboral contempla que alcanzar los requisitos para obtener la pensión de vejez puede ser considerado una causa justa para terminar un contrato de trabajo o relación laboral, tanto en el sector privado como en el público. Sin embargo, esto solo se aplica si el empleador notifica al trabajo sobre el reconocimiento de la pensión y su inclusión en la nómina de pensionados por parte de la administradora correspondiente.Además, si un trabajador o servidor público no realiza la solicitud de pensión dentro de los 30 días siguientes a cumplir los requisitos, el empleador está facultado para gestionarla en su nombre y comunicarle esta decisión.Esta disposición abarca a todos los afiliados al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte, salvo que un servidor público manifieste su voluntad de seguir laborando, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1821 de 2016.¿Cuáles son tus derechos como pensionado? Los pensionados y pre-pensionados en Colombia cuentan con varios beneficios establecidos por la ley, según el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre. Entre ellos se destacan el pago puntual de la pensión, un incremento anual basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), la reducción del aporte en salud manteniendo la afiliación al sistema, y el derecho a recibir una mesada adicional en diciembre, conocida como la mesada 13.Puedes seguir viendo: Todo lo que debes saber sobre la reforma pensional con el abogado Javier Almanza
El Gobierno de Gustavo Petro ha lanzado la Ley 2381 de 2024, que entrará en vigencia el 1 de julio de 2025, pero comenzará a implementar cambios desde el 1 de enero. Esta reforma, diseñada para aliviar la carga de cotización de las mujeres en el sistema pensional colombiano, incluye reducciones significativas en el número de semanas requeridas y reconoce el trabajo no remunerado de las madres.A partir de enero de 2025, las mujeres podrán pensionarse con solo 1.000 semanas cotizadas, en lugar de las 1.150 previamente exigidas. Además, la ley permite reducir 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres hijos, lo que significa que una madre con tres hijos podría pensionarse con solo 850 semanas cotizadas. Este cambio busca reconocer las desigualdades estructurales que enfrentan las mujeres en el mercado laboral, las cuales dificultan su acceso a una pensión digna.La reforma también incluye un Pilar Solidario para mujeres en condiciones de pobreza extrema, permitiéndoles acceder a un subsidio a partir de los 55 años si cumplen con requisitos específicos, como una pérdida de capacidad laboral superior al 50%. Además, para los casos de invalidez, las mujeres podrán solicitar una pensión anticipada a los 50 años, siempre y cuando hayan cotizado al menos 1.000 semanas.Un aspecto clave de esta reforma es la reciente decisión de la Corte Constitucional, que declaró inconstitucional la exigencia de 1.150 semanas para las mujeres afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). La Corte argumentó que esta norma vulneraba los derechos de las mujeres al no considerar las disparidades de género en el mercado laboral.Con estos ajustes, la Ley 2381 no solo busca mejorar las condiciones de las mujeres dentro del sistema pensional, sino también reducir las brechas de género y ofrecer un reconocimiento a quienes, además de su trabajo formal, han dedicado años al cuidado de sus familias.Estas son las personas que pueden sacar su declaración de renta en ceros
La pensión es esencial para mantener una vida estable durante la jubilación. Permite cubrir gastos cotidianos y acceder a servicios de salud, garantizando una independencia financiera. Alcanzar una pensión superior a 3 millones de pesos requiere una estrategia de cotización adecuada y un salario base significativo. Es vital planificar con anticipación y aprovechar las herramientas y asesorías disponibles para asegurar una jubilación tranquila y sin preocupaciones financieras.Para tener una idea clara de cuánto se necesita cotizar, es útil recurrir a simuladores en línea o buscar la orientación de asesores financieros. Aquí presentamos dos ejemplos concretos:Persona de 35 años, con 480 semanas cotizadas:Edad: 35 añosSemanas cotizadas: 480Salario mensual necesario: $6 millones Este individuo, con un salario mensual de alrededor de $6 millones, podría aspirar a una pensión superior a los 3 millones de pesos al alcanzar la edad de jubilación.Persona de 65 años, con 1.500 semanas cotizadas:Edad: 65 añosSemanas cotizadas: 1.500 (equivalente a 30 años de cotización)Salario mensual necesario: $8 millones En este caso, una persona de 65 años con un historial de cotización de 1.500 semanas y un salario base de cotización mensual de $8 millones podría recibir una pensión de más de 3 millones de pesos.Fórmula para Calcular la PensiónPensión = (IBL) x (porcentaje de pensión) x (número de semanas cotizadas) / 1300IBL (Ingreso Base de Liquidación): Promedio de los ingresos sobre los cuales se cotizó.Porcentaje de Pensión: Estipulado por la Ley 100 de 1993, varía según el tiempo de cotización.Por ejemplo, para personas que cotizaron 1.050 semanas (aproximadamente 27 años), el porcentaje es del 65% del IBL.Regímenes Pensionales en ColombiaEl sistema pensional colombiano está compuesto por dos regímenes principales:Régimen de Prima Media (RPM):Administrado por Colpensiones.Cálculo basado en el promedio del ingreso de los últimos diez años de cotización.Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS):Gestionado por fondos privados de pensiones.La pensión se calcula con base en los rendimientos obtenidos por las inversiones.¿Qué hacer en caso de que mi empresa incumpla con el pago de la prima?
La reciente reforma pensional aprobada por el Congreso de la República de Colombia introduce cambios significativos para los ciudadanos mayores que han cotizado al sistema, pero no alcanzaron las semanas necesarias para recibir una pensión completa. Esta reforma, estructurada en cuatro pilares fundamentales, tiene como objetivo brindar apoyo a diferentes segmentos de la población según sus necesidades y aportes.Pilar Semicontributivo: apoyo a trabajadores informalesEl pilar semicontributivo se dirige a los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que, aunque han cotizado al sistema, no lograron completar las semanas requeridas. Este grupo, principalmente compuesto por trabajadores informales, se beneficiará con una renta vitalicia mensual otorgada por el Gobierno Nacional. Esta medida reemplaza la devolución de los ahorros más la rentabilidad generada en los fondos privados.Beneficiarios y renta vitaliciaTrabajadores con 300 a 1.000 semanas cotizadas: Recibirán una renta vitalicia en lugar de sus ahorros.Grupo en pobreza extrema y vulnerabilidad: Renta vitalicia compuesta por cotizaciones ajustadas por inflación y un subsidio de $223.000 del pilar solidario.Trabajadores con ingresos ligeramente superiores: Mesada calculada con un rendimiento anual del 3% y un subsidio adicional del 20% para hombres y 30% para mujeres.Pilar Solidario: renta básica para mayores en extrema pobrezaEl Pilar Solidario está diseñado para proporcionar una renta básica de $232.000 a personas mayores en situación de extrema pobreza que no han logrado obtener una pensión. Este pilar es fundamental para asegurar una vejez digna a los más vulnerables.Pilar Contributivo: Aportes a Colpensiones y Fondos PrivadosEl Pilar Contributivo permite a los afiliados cotizar en Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos. Los excedentes se dirigen a fondos privados, asegurando una distribución más equitativa y eficiente de los recursos.Pilar de ahorro voluntario: incremento de ingresos de jubilaciónDestinado a quienes desean incrementar sus ingresos de jubilación, el Pilar de Ahorro Voluntario ofrece la posibilidad de realizar aportes adicionales. Este pilar fomenta el ahorro y la planificación financiera a largo plazo.El Ministerio de Trabajo calculó las mesadas que recibirán los beneficiarios del pilar semicontributivo, basándose en las semanas cotizadas:Para hombres:301-400 semanas: $416.485401-500 semanas: $470.936501-600 semanas: $551.663601-700 semanas: $703.544701-800 semanas: $790.685801-900 semanas: $801.245Para mujeres:301-400 semanas: $242.573401-500 semanas: $243.189501-600 semanas: $396.350601-700 semanas: $465.637701-800 semanas: $578.592801-900 semanas: $621.952La reforma pensional busca ofrecer una solución a quienes, por diversas razones, no han logrado cumplir con todos los requisitos para una pensión completa. Al implementar este sistema, el Gobierno Nacional pretende garantizar una vejez digna para miles de colombianos que, a pesar de sus esfuerzos, no lograron reunir las semanas suficientes de cotización.Además, la medida incluye a una amplia franja de la población que ha trabajado en la informalidad, asegurando un sustento económico constante y ajustado a las necesidades actuales del país.
Con la llegada del fin del primer semestre del año, los trabajadores en Latinoamérica se preparan para recibir la prima de junio, una prestación social estipulada en el Código Sustantivo del Trabajo. Este beneficio, que representa una remuneración equivalente a 30 días de trabajo por un año de servicio, se divide en dos pagos: uno antes del 30 de junio y otro antes del 20 de diciembre. De esta forma, los empleados recibirán su salario mensual regular más las primas, lo que supone un alivio económico importante para muchas familias. Es importante destacar que no todos los trabajadores son elegibles para recibir esta prima. Aquellos contratados temporalmente por un periodo que no supera los 30 días no tienen derecho a esta prestación. En contraste, todos los empleados vinculados formalmente a una empresa sí disfrutarán de este beneficio.¿Los pensionados reciben prima?En cuanto a los pensionados, el panorama es diferente. Ellos no reciben una prima en junio, sino que perciben 13 pagos mensuales a lo largo del año, en lugar de los 12 pagos regulares. Este sistema se implementa según el Acto Legislativo 1 de 2005, lo que significa que la última mesada, considerada como una prima navideña, se paga junto al giro de diciembre.Sin embargo, no todos los pensionados reciben esta mesada adicional. Aquellos que obtuvieron su pensión antes del 25 de junio de 2005 y cuya pensión no supera los 15 salarios mínimos legales vigentes, pueden acceder a una mesada 14 en junio. Por otro lado, los pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, cuyo monto no superaba los 3 salarios mínimos mensuales, también tienen derecho a recibir esta mesada adicional en junio. Esta normativa es resultado de las reformas del Acto Legislativo 01 de 2005, que eliminó este beneficio para quienes se pensionaron después del 31 de julio de 2011.El propósito de la prima es compensar a los trabajadores por sus servicios, mientras que para los pensionados, la mesada 13 se concibe como una especie de prima navideña. Esta estructura busca equilibrar la situación financiera de los pensionados, brindándoles un ingreso adicional a fin de año.¿Me pueden quitar el carro o la moto si no pago el impuesto vehicular?
Con la entrada en vigor de la nueva reforma pensional en Colombia a partir del 1 de julio de 2025, una de las medidas más esperadas y significativas es la introducción de la pensión anticipada. Esta iniciativa está diseñada para ofrecer una mayor flexibilidad y accesibilidad a los trabajadores colombianos que han cotizado un considerable número de semanas pero aún no alcanzan la edad plena de jubilación.La pensión anticipada permitirá que las personas que hayan cotizado más de 1,000 semanas puedan solicitar su pensión antes de tiempo. Este beneficio aplica a los hombres que han cumplido 62 años y a las mujeres que han alcanzado los 57 años. A estos cotizantes se les descontará el valor equivalente a la cotización de las semanas que les falten para completar el total requerido, facilitando así su acceso a una pensión y proporcionando un ingreso en sus años de retiro.Este cambio es parte de una serie de reformas pensionales que buscan modernizar y hacer más equitativo el sistema de pensiones en Colombia. La reforma también incluye la reducción progresiva de las semanas de cotización necesarias para que las mujeres puedan pensionarse. A partir de 2025, se reducirá en 25 semanas cada año hasta llegar a las 1,000 semanas en 2036. Además, las mujeres recibirán un descuento adicional por cada hijo nacido vivo o adoptado, reflejando un reconocimiento a su doble rol en el ámbito laboral y familiar.Además, la mayoría de los trabajadores colombianos realizarán sus aportes a Colpensiones, el fondo de pensiones público. Aquellos con ingresos de hasta 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), aproximadamente 2.9 millones de pesos, tendrán sus aportes administrados exclusivamente por Colpensiones. Para los que ganen más de esa cantidad, los aportes hasta los 2.3 SMMLV irán a Colpensiones y el excedente podrá ser dirigido a una administradora de fondos de pensiones (AFP) de su elección.Otro aspecto importante de la reforma es el beneficio económico para los adultos mayores que, habiendo alcanzado la edad de jubilación, no lograron acumular las semanas necesarias para una pensión completa. Estas personas recibirán un apoyo del Estado, asegurando un ingreso básico en su vejez. Asimismo, los adultos mayores de 60 y 65 años en condición de vulnerabilidad recibirán una renta básica, lo que representa un avance significativo en la protección social para los más necesitados.La pensión anticipada se presenta como una solución valiosa para aquellos trabajadores que han contribuido significativamente al sistema, pero desean o necesitan retirarse antes de alcanzar el umbral de cotización total. Esta medida no solo ofrece una mayor flexibilidad para los cotizantes, sino que también refleja un enfoque más humano y adaptado a las diversas necesidades de la población laboral.Shakira será la artista invitada de la final de la Copa América
La reciente aprobación de la reforma pensional en la Cámara de Representantes, impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, ha suscitado interrogantes sobre el futuro de la pensión familiar, una figura ya existente en el sistema de pensiones colombiano. La reforma, que introduce cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario complementario, mantiene vigente la jubilación conjunta bajo ciertas condiciones.¿Qué es la pensión familiar y cómo funciona?La pensión familiar se describe en el Artículo 38 de la reforma pensional como aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización de los cónyuges o compañeros permanentes. Esta figura permite que ambos sumen sus semanas cotizadas para cumplir con los requisitos necesarios para obtener la pensión integral de vejez del pilar contributivo.Según la ley, solo se puede obtener esta pensión una vez agotadas las disposiciones del sistema actuarial de equivalencias definido por el Gobierno nacional. Este sistema asegura que los cónyuges o compañeros permanentes cumplan con los requisitos mínimos de cotización y convivencia.Continuidad y requisitos de la pensión familiarLa reforma no introduce cambios en la estructura de la pensión familiar. No obstante, establece requisitos específicos para su reconocimiento y pago, los cuales estarán a cargo de Colpensiones, la administradora del componente de prima media. Entre estos requisitos se incluyen:Duración de la relación: Los cónyuges o compañeros permanentes deben acreditar más de cinco años de relación conyugal o convivencia.Semanas de cotización: Deben sumar, entre ambos, un mínimo de 1300 semanas cotizadas.Afiliación y cotización en salud: El titular de la pensión debe estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud y cotizar según la normativa vigente.En caso de fallecimiento de uno de los beneficiarios, el 50% de la pensión acrecentará la del sobreviviente, salvo que existan hijos menores de edad, mayores de edad hasta los 25 años dependientes por estudios o hijos inválidos, en cuyo caso se distribuirá el beneficio de acuerdo a la ley.La pensión familiar se extinguirá en caso de divorcio, separación legal o de hecho, con cada excónyuge recibiendo el 50% del monto de la pensión que percibían. Además, esta pensión es incompatible con otras pensiones o prestaciones económicas provenientes del sistema de Protección Social Integral para la Vejez, excluyendo las pensiones otorgadas por el sistema de riesgos laborales.En resumen, la reforma pensional de Petro asegura la continuidad de la pensión familiar, pero con claras directrices sobre su reconocimiento y condiciones, brindando así seguridad a los beneficiarios de esta modalidad de jubilación conjunta.
La Cámara de Representantes aprobó este viernes, 14 de junio, en el cuarto y último debate, la reforma pensional propuesta por el Gobierno, la cual ahora pasará a sanción presidencial para convertirse en ley. Esta iniciativa, una de las principales reformas sociales del presidente Gustavo Petro, obtuvo 88 votos a favor y 23 en contra, según informó la Cámara de Representantes."Gran noticia para el pueblo colombiano. ¡Colombia avanza por una vejez digna y decente! Ha sido aprobada la reforma pensional en la plenaria de la Cámara de Representantes. Por un sistema de protección a la vejez, invalidez y muerte", destacó el Ministerio de Trabajo en su cuenta de X.Esta reforma es la primera de las reformas gubernamentales que aprueba el Congreso en esta legislatura, la cual culmina el próximo 20 de junio. La reforma laboral sigue en trámite, la de salud se hundió en marzo y la de educación aún necesita un debate más para convertirse en ley.Pilares de la reforma pensionalEl objetivo del proyecto es mantener la edad de jubilación en 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, pero ampliando el sistema para que todos puedan beneficiarse de recursos, incluso sin haber aportado lo suficiente en salarios. La estructura del proyecto se basa en cuatro pilares principales:Primer Pilar: Beneficiará a dos millones y medio de adultos mayores que no cotizaron nunca o que fueron víctimas de robo de su dinero y actualmente tienen más de 65 años.Segundo Pilar: Acoge a quienes cotizaron durante gran parte de su vida, pero cuyos aportes no son suficientes para pensionarse. Estos recibirán una renta pensional conformada por los ahorros en el fondo público Colpensiones y un subsidio estatal de hasta el 30 %.Tercer Pilar: Está dirigido a quienes cotizan entre uno y hasta 2,3 salarios mínimos mensuales, quienes estarán en Colpensiones.Cuarto Pilar: Para aquellos que ganan más de 2,3 salarios mínimos, se les garantizará la posibilidad de cotizar los excedentes en el fondo privado de pensiones de su elección, de acuerdo con su nivel de ingreso.A pesar de la aprobación, la reforma no estuvo exenta de críticas. Congresistas de diferentes partidos expresaron su descontento con la manera en que se aprobó el proyecto, ya que la Cámara no debatió el contenido, sino que votó la misma propuesta aceptada previamente por el Senado.La representante Caterine Juvinao, del partido Alianza Verde, afirmó: "Nos están obligando a votar con una sola proposición presentada por el Pacto Histórico, por congresistas gobiernistas, que no se debata la reforma pensional en la Cámara sino que simplemente votemos el texto que se aprobó en el Senado". Añadió que aprobar esta proposición significaba acabar con el debate, asumiendo que la Cámara estaba de acuerdo con todo lo dicho por el Senado sin discusión adicional.Por su parte, el representante Christian Garcés, del partido opositor Centro Democrático, criticó duramente la reforma en sus redes sociales. "Se aprueba la reforma pensional petrista sin importar que se gastarán el ahorro del trabajo de los colombianos a su antojo y dejarán a los jóvenes sin pensión, a menos que se aumente la edad de jubilación y las semanas de cotización", escribió.¿Cuál es el siguiente paso?Con la aprobación de la Cámara de Representantes, la reforma pensional pasa ahora a sanción presidencial. De ser sancionada, se convertirá en ley y entrará en vigor, marcando un hito en la política social del país y en la administración del presidente Gustavo Petro. La expectativa es que esta reforma logre mejorar las condiciones de vida de los adultos mayores en Colombia y brindar un sistema de protección más inclusivo y justo.Puedes ver | Todo lo que debes saber sobre la reforma pensional
La Corte Suprema de Justicia reevaluó la manera en la que se han contabilizado las semanas para la pensión, haciendo que esto incremente los montos para los ciudadanos colombianos. La pensión en Colombia es un derecho que garantiza la protección económica después del retiro laboral. Esta jubilación se da después de que las personas han cumplido sus número de semanas al sistema de seguridad social y han cumplido su edad pensional.Para lograr este beneficio hay que haber cumplido 1.300 semanas cotizadas, en el caso de las mujeres es hasta la edad de 57 y de los hombres a los 62.Este cambio en la cotización, aunque parezca insignificante, busca contar todos los días del año el número total de las semanas cotizadas. Para la mayoría podría representar un 1 % más de las semanas que lleva cotizadas. El caso que inspiró a la revisión involucraba a una persona fallecida, donde el conyugue buscaba la pensión de sobrevivientes. Al principio se determinó que llevaba 49.1 semanas cotizadas en los últimos tres años, donde no cumplía el requisito de las 50 semanas. Así fue como con cálculos se redondeó y determinó 50 semanas. Esta nueva parte de la pensión mejora significativamente el sistema pensional, se espera que los fondos de pensiones se ajusten y promuevan una mejor situación económica. ¿Qué hacer si no alcanzas a reunir el capital de la pensión?Gracias al RAIS (Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad) cada trabajador tendrá acceso a una pensión según el salario mínimo, pero deberá cumplir con:Demuestra que tus ingresos son iguales o menores a un salario mínimoMínimo tener 1.150 semanas cotizadasTener la edad de la pensiónTen en cuenta que sí se puede pensionar a temprana edad, pero solamente en algunos casos. Las fuerzas militares solamente requieren 20 años de servicio continuo. Los Aportes Voluntarios que son adicionales pueden ser acumulados en el capital de pensiones y obtener la pensión tiempo antes.Mira también: Puntos claves de la Reforma Pensional
El Gobierno colombiano eliminó un beneficio que para muchas mujeres colombianas era crucial de la reforma pensional, ya que permitía a las mujeres reducir su tiempo de cotización para acceder a la pensión.El Senado había aprobado una medida que reconocía el trabajo no remunerado de las mujeres, permitiéndoles disminuir 50 semanas de cotización por cada hijo, hasta un mínimo de 850 semanas por un máximo de tres hijos. Sin embargo, este beneficio fue suprimido en la versión final de la reforma.Originalmente, las mujeres podían beneficiarse de una reducción significativa en el número de semanas de cotización requeridas, pasando de las 1.300 semanas actuales a 850 semanas si tenían hasta tres hijos. Este ajuste les facilitaba alcanzar la pensión a partir de los 57 años, brindando un apoyo esencial a las madres trabajadoras.La iniciativa del senador Honorio Henríquez del Centro Democrático, que reducía el requisito a 850 semanas, había sido aprobada por el Senado. No obstante, el Gobierno expresó su preocupación por el impacto fiscal de esta propuesta. La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, advirtió hace unas semanas sobre los costos fiscales asociados, indicando que el Gobierno no estaba de acuerdo con esta reducción.Finalmente, el Gobierno decidió restablecer el mínimo de semanas de cotización a 1.000, eliminando la posibilidad de reducirlas a 850 semanas. Según el artículo 37 de la reforma, las mujeres podrán disminuir 50 semanas de cotización por cada hijo, pero solo hasta llegar a un mínimo de 1.000 semanas, eliminando así el umbral más bajo inicialmente propuesto."ARTÍCULO 37. Beneficio de semanas para las mujeres con hijos: El el componente de Prima Media del Pilar Contributivo, como el reconocimiento al trabajo no remunerado a partir de la vigencia de esta ley, para las mujeres que cumplan edad mínima para acceder a la pensión y no tengan semanas establecidas en el Componente de la Prima Media, podrán tener el beneficio de disminuir en cincuenta semanas por cada hijo(a) nacido(a) vivo (a) o adoptivo(a) el numero de semanas requeridas, hasta llegar a un mínimo de 1000 semanas, 850 semanas por un máximo de tres hijos(a)".Mira también: Trabajador fue agredido por reclamar horas extra