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Esto pasaría si no pagas la cuota de administración del conjunto

En caso de atraso en el pago de la cuota de administración de la propiedad horizontal, esto es lo que podría pasar.

Esto pasaría si no pagas la cuota de administración del conjunto
Esto pasaría si no pagas la cuota de administración del conjunto
Foto: Lerxica.art

Vivir en una propiedad horizontal ya sea como propietario o arrendatario, implica adherirse al reglamento de copropiedad. Este reglamento establece tanto los derechos como las obligaciones relacionadas con la vida en un conjunto residencial.

El incumplimiento de estas normas puede llevar a que tanto los inquilinos como los propietarios enfrenten sanciones impuestas por la asamblea de copropietarios o el consejo de administración.

De acuerdo con la Ley 675 de 2001, que establece el régimen de propiedad horizontal, el artículo 30 aborda el tema del incumplimiento en el pago de expensas.

En muchos conjuntos residenciales se debe pagar una cuota mensual de administración, la cual es esencial para cubrir los diversos gastos que requiere la propiedad horizontal. Sin embargo, también se detalla cuáles serían las sanciones por el incumplimiento de este pago.

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En las propiedades horizontales, las sanciones pueden ser sociales, monetarias o restrictivas. Según la normativa cuando se incurre en mora por el pago de la administración, la administración puede publicar un listado de morosos como una medida de sanción social.

Esta sanción solo puede publicarse en las áreas de tránsito interno de los residentes de la propiedad, ya que no se puede exceder estos límites para proteger la privacidad y el buen nombre de las personas.

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Si la mora persiste se generan intereses y hasta cobros jurídicos. Las multas no podrán ser superiores a dos veces el valor del pago de la administración mensual.

Además también pueden aplicarse sanciones restrictivas, como la prohibición de uso y disfrute de zonas comunes no esenciales para el infractor, tales como la piscina, el salón comunal, el gimnasio o áreas de juegos.

Sin embargo también se establecen servicios que no se pueden suspender para el infractor, como el servicio de citófonos, la atención del portero, el acceso de visitantes del infractor o la entrada y salida de inmuebles pertenecientes al infractor, entre otros.

Por lo tanto es fundamental cumplir con el pago de la cuota de administración para evitar estas sanciones y mantener una convivencia armoniosa en la comunidad residencial.

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