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Alivio para moteros: las motos que sí pueden circular en Bogotá este puente festivo

Conoce cuáles son las motos que sí pueden salir libres de la restricción en Bogotá durante este Halloween. Evita multas y descubre las excepciones de la norma.

Motocicletas circulando de noche por una avenida principal de Bogotá bajo las excepciones de la restricción vial de Halloween.
Los motociclistas dedicados a mensajería, seguridad y emergencias están exentos de las restricciones nocturnas implementadas en Bogotá.
/Foto: IA

La Alcaldía Mayor y la Secretaría Distrital de Movilidad han implementado severas restricciones para motocicletas en Bogotá durante el puente festivo de Halloween.

El objetivo principal de este decreto es mitigar los siniestros viales y controlar las caravanas informales que suelen colapsar la capital.

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Sin embargo, ante el temor de las fotomultas y los operativos de tránsito, miles de conductores se hacen la misma pregunta: ¿Cuáles son las motos que sí pueden salir libres de la norma?

Si dependes de tu vehículo de dos ruedas para trabajar, movilizarte o atender una emergencia, es vital que conozcas las excepciones vigentes al decreto. No cumplir con la normativa no solo interrumpirá tu viaje, sino que afectará gravemente tu bolsillo.

Motos exceptuadas: ¿Quiénes pueden circular sin restricciones?

La normativa distrital contempla un grupo específico de motociclistas que, por la naturaleza de sus actividades, están completamente autorizados para transitar. Las motos que sí pueden salir libres de la norma son:

  • Servicios de mensajería y domicilios: Las motocicletas utilizadas por empresas de comercio electrónico, restaurantes o plataformas digitales de reparto pueden circular. Es obligatorio que los conductores estén debidamente acreditados e identificados con la indumentaria y los logos de la empresa para la que laboran.
  • Personal de seguridad privada: Los vigilantes y supervisores de empresas de seguridad privada que utilicen la moto como herramienta de trabajo diaria pueden transitar libremente, portando su uniforme, carné vigente y la documentación que demuestre que están en ejercicio de sus funciones.
  • Vehículos de emergencias y asistencia: Las motos pertenecientes a cuerpos de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, ambulancias y personal de salud pública no tienen ninguna restricción de horario ni de corredor vial.
  • Transporte de personas en condición de discapacidad: Aquellas motocicletas que se utilicen para movilizar a ciudadanos con discapacidades físicas o motoras comprobadas están exentas, siempre y cuando se cuente con la certificación médica obligatoria o el registro correspondiente ante las autoridades viales.
  • Conductores elegidos: Las personas que prestan el servicio de conductor elegido y se desplazan en motocicletas asistenciales pueden operar durante la vigencia del decreto, portando la identificación de la empresa prestadora del servicio.
Restricción total para motos en Bogotá: horarios nocturnos y rutas intervenidas durante Halloween
Restricción total para motos en Bogotá: horarios nocturnos y rutas intervenidas durante Halloween
Foto: Gemini

Consecuencias de infringir el decreto en Bogotá

Transitar por los 19 corredores viales restringidos entre las 8:00 p. m. y las 4:00 a. m., o llevar parrillero nocturno en cualquier zona de la ciudad (de 6:00 p. m. a 6:00 a. m.), acarrea sanciones severas.

Si no aplicas a ninguna de las excepciones mencionadas, te expones a una infracción de tránsito tipo C.14.

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Esta falta representa una multa económica de $633.200 pesos colombianos, a lo que se suma el costo adicional por la inmovilización del vehículo en los patios y el servicio de grúa.

Mantente informado a través de los canales oficiales de las autoridades y planea tus rutas con anticipación para evitar dolores de cabeza.