El presidente de Colombia Iván Duque sancionó la Ley 2161, la cual indica que si existe un choque simple , es decir, que solo sean daños materiales y no hayan personas lesionadas, los conductores van a poder llegar a un acuerdo y acudir a las aseguradores, utilizando las herramientas tecnológicas y técnicas, como por ejemplo, fotos y videos desde los celulares para evidenciar lo que ocurrió.
Es muy importante como requisito principal que los vehículos que hayan tenido el accidente tengas pólizas de seguro.
Te puede interesar:
Así mismo, la ley establece que las personas implicadas en el accidente puede ir a las aseguradoras sin tener la necesidad de inscribir documentos por parte de la Policía de tránsito.
Ángela María Orozco, ministra de Transporte dijo "Esta determinación permite que se reduzca en tiempo la atención al momento de un siniestro simple, lo que es muy positivo a la hora de no generar congestión en las vías que todos utilizamos".
Publicidad
Así mismo, hizo un llamado a todos los colombianos "Sin embargo, el llamado que queremos realizar desde el Ministerio de Transporte es a cuidarnos en la vía, a respetar las normas y señales de tránsito, a ser tolerantes con el otro, a no sobrepasar los límites de velocidad y a cumplir con todos los requisitos para la circulación de vehículos".
Dentro de la ley se aclara que si en el choque solo hay daños materiales y no hay personas heridas, se retirarán de inmediato los vehículos para no interrumpir el transito.
Publicidad
La ley dice "Corresponderá a las compañías aseguradoras adoptar las modificaciones al contrato de seguro y los procedimientos que permitan la celebración de estos acuerdos y el pago de las primas de seguro, sin que a esta finalidad pueda oponerse la ausencia del documento de la autoridad de tránsito".
La norma dice que si una de las personas implicadas en el accidente de transito se niega a retirar su vehículo, el policía de tránsito procederá al retiro y a poner un comparendo por bloquear la intersección o la calzada.
Te puede interesar:
El artículo indica que “En los casos en que sea materialmente imposible el retiro de los vehículos en razón de las condiciones técnico- mecánicas del mismo, se procederá a su retiro y traslado del vehículo, sin que por estos hechos haya lugar a la imposición del comparendo por bloqueo de calzada o intersección”.
En el caso que hayan personas en presunto estado de embriaguez esta ley no se aplicará, allí uno de los implicados se puede negar a retirar su carro hasta que realicen las respectivas pruebas de alcoholemia.