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Este será el aumento que tendrá el recargo dominical y festivo para 2026; ya hay fecha

El mapa laboral en Colombia se transforma con un beneficio doble para el bolsillo: la jornada bajará a 42 horas semanales mientras el recargo por trabajar domingos y festivos aumenta.

Este será el aumento que tendrá el recargo dominical y festivo para 2026; ya hay fecha
Este será el aumento que tendrá el recargo dominical y festivo para 2026; ya hay fecha
Foto: Gemini

El calendario laboral de Colombia tiene una cita marcada en rojo para el próximo julio de 2026. No se trata de un festivo más, sino del momento exacto en el que trabajar un domingo o un día feriado se volverá mucho más rentable para millones de empleados.

Según lo estipulado en la Ley 2466 de 2025 (la famosa reforma laboral), el recargo por laborar en días de descanso obligatorio subirá oficialmente al 90% sobre el salario ordinario.

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Este ajuste no es un evento aislado, sino el segundo gran paso de una escalera que busca que, para el año 2027, el recargo llegue al 100%.

Atrás quedó el antiguo 75% y el 80% que se empezó a aplicar en 2025; ahora, la meta es que quien sacrifique su tiempo de descanso reciba una compensación mucho más robusta.

Ese mismo mes de julio de 2026 traerá otro cambio estructural: la reducción de la jornada máxima legal a 42 horas semanales.

Esto genera un efecto dominó interesante en la nómina, ya que al disminuir las horas de trabajo permitidas por semana, la fórmula para calcular cuánto vale cada una de sus horas ordinarias cambia, lo que obliga a las empresas a ajustar sus sistemas financieros para no quedar en falta con la ley.

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¿Cómo se hace la cuenta para saber cuánto tienen que pagar dominicales?

Para que no le echen cuentos, la liquidación de ese domingo trabajado en el segundo semestre de 2026 debe sumar tres ingredientes clave:

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  1. El valor de tu descanso dominical que ya tiene por derecho.
  2. El pago de las horas que efectivamente trabajó ese día.
  3. El nuevo recargo del 90% vigente para esa etapa de la ley.

Esta mejora impacta directamente a sectores que nunca paran, como la salud, la vigilancia, el transporte y el comercio, donde las jornadas no convencionales son el pan de cada día.

La norma es clara y divide a los trabajadores en dos grupos según la frecuencia con la que aparecen en la oficina (o el puesto de trabajo) los domingos:

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  • El trabajador ocasional: Es aquel que labora dos o menos domingos al mes. En este caso, tienes el poder de elegir: o pide que le paguen el recargo de ley o solicita un día de descanso compensatorio remunerado durante la semana.
  • El trabajador habitual: Si le toca trabajar tres o más domingos o festivos en el mismo mes, la empresa no tiene opción; debe darle un día de descanso remunerado en la semana siguiente, y esto no anula el pago por el trabajo realizado en el feriado.

Aunque para el empleado es una excelente noticia, para los empleadores esto significa sentarse a revisar los números. El incremento en los costos laborales exigirá una planeación financiera más fina para evitar descuadres en la caja.

Sectores como el de las niñeras o el personal de seguridad, que suelen tener horarios rotativos, verán reflejada esta medida de manera inmediata en sus contratos.