Se acercan las fiestas de fin de año y por ese motivo son varias las personas que estánpendientes de los beneficios que reciben por parte del Gobierno Nacional, como por ejemplo, del Ingreso Mínimo Garantizado, el cual es uno de los tantos programas que fueron creados por el Distrito para beneficiar a más de 173.000 familias.
Por ese motivo, se estará implementando una nueva estrategia para este ingreso, con la cual se busca darle prioridad a 347.994 familias que tengan como prioridad a las mamás cabeza de hogar, que tengan dentro del núcleo familiar alguna persona de edad avanzada, niños o adolescentes. Asimismo, se tendrá presente si hay personas con discapacidad o si han sido víctimas del conflicto armado en Colombia.
Las personas beneficiarias de este Ingreso Mínimo Garantizado deberán tener activa una cuenta en los bancos que tienen convenio con la Secretaría Distrital de Hacienda.
Lo que se sabe es que el Gobierno Nacional dispuso de $41.280 millones para beneficiar a aquellas familias que lo necesiten, recibiendo un monto máximo de $660.000 y el mínimo de $55.000.
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Requisitos para ser beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado
Las personas que deseen recibir este beneficio deben tener en cuenta que necesitan un registro en el Sisbén y estar dentro de los grupos A, B, C1, C2, C3 y IV.
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Asimismo, tener y reclamar el dinero con la cédula original, ya que será entregado a personas mayores de edad.
Y, finalmente, deben hacer el registro en la página del Ingreso Mínimo Garantizado, adjuntar los documentos que se piden y esperar una respuesta.
Por otro lado, recordemos que se acerca uno de los pagos más esperados por los colombianos a fin de año, la prima de Navidad, una prestación que reciben los empleados tanto del sector privado como en el público.
Esta prestación consiste en un pago equivalente al de un mes laborado, derecho que se encuentra regulado en el decreto 1045 de 1978 y que, además, explica que debe ser pagado en la primera quincena del mes de diciembre; sin embargo, los empleadores tienen plazo hasta el 20 del mismo mes, de lo contrario, tendrán que enfrentarse a sanciones de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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