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En ese orden de ideas, desde la entidad del Distrito se confirmó que la restricción de circulación para vehículos particulares seguirá implementándose en horario continuo: de 6:00 a.m. a 9:00 p.m., durante la última semana de septiembre.
De igual forma la medida se sigue aplicando según el último dígito de la placa y la fecha; es decir, los días pares no pueden circular los vehículos con placas finalizadas en números pares: 0, 2, 4, 6 y 8; mientras que los días impares no pueden movilizarse los vehículos cuyas placas terminen en número impar: 1, 3, 5, 7 y 9.
¿Cómo opera el Pico y placa en Bogotá del 26 al 30 de septiembre?
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Lunes 26 de septiembre: 2 -4 - 6 - 8 - 0
Martes 27 de septiembre: 1 - 3 - 5 - 7 - 9
Miércoles 28 de septiembre: 2 -4 - 6 - 8 - 0
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Jueves 29 de septiembre: 1 - 3 - 5 - 7 - 9
Viernes 30 de septiembre: 2 -4 - 6 - 8 - 0
Ten en cuenta los días de restricción para evitar una multa; pues la Secretaría de Movilidad recordó que el incumplir la medida acarrea una sanción que incluye multa económica e inmovilización del vehículo.
Esta infracción está estipulada en el Código Nacional de Tránsito como C.14 cuya multa es de $468.500 para este 2022.