La Alcaldía de Bogotá emitió el decreto 084 que permite a los establecimientos comerciales prestar servicio de bar para consumo de bebidas alcohólicas bajo un plan piloto que tendrá varias restricciones.
De acuerdo con el decreto, se podrá abrir los días jueves, viernes y sábados en el horario comprendido entre las 10:00 de la mañana y la medianoche (12:00 a.m.).
“y obedecerá a la distribución geográfica equitativa entre las diferentes localidades para evitar la concentración del riesgo de contagio por coronavirus COVID-19” , destaca el decreto.
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Los bares y discotecas que participen en el plan piloto: “deberán realizar la inscripción, allegando los protocolos de bioseguridad adoptados en el local comercial”.
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Asimismo, no se podrá bailar en las discotecas, puesto que el contacto físico entre varias personas puede ser riesgoso.
“Dicha inscripción será validada por la Secretaría Distrital de Salud en lo que corresponde a los protocolos de bioseguridad y por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en lo relacionado con la verificación de la actividad económica registrada” , indica el comunicado.
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