Son muchas las personas en Colombia que viven en arriendo, debido a que comprar vivienda, aunque hay muchas opciones y subsidios , no entra en las posibilidades y la realidad de muchas familias, quienes deben vivir en modalidad de arriendo para poder subsistir y tener un hogar.
De acuerdo con datos de la Cámara Colombiana de Construcción, la compra de vivienda en nuestro país cayó un 49,7% en cuanto a la adquisición de propiedades tipo (VIS), lo que muestra un panorama desalentador en cuanto al desarrollo de la ciudadanía.
A esto hay que añadirle que para acceder a un arriendo de una propiedad son varios los requisitos que se deben cumplir, pero muchos de ellos no están cobijados por una ley que avale su petición, por lo que debes tener en cuenta lo que te debe o puede pedir un arrendador.
Puedes negarte a pagar un depósito de arrendamiento
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Uno de estos 'requisitos' que suelen pedir los arrendadores son los denominados depósitos, los cuales se piden como garantía por posibles daños al inmueble, incumplimiento con el pago del canon de arrendamiento o también como indemnización por algún incumplimiento en el contrato, pero hay que aclarar que de acuerdo con la Secretaría de Hábitat de Bogotá, pedir este dinero "está prohibido".
Cabe aclarar que la Ley 820 del año 2023 indica que el arrendador puede pedir garantía de depósito para los servicios públicos, lo que es un poco confuso, pero determina que solo puede pedirse para esos casos. De todas maneras se recomienda a los arrendadores abstenerse a pedir este tipo de cobros.
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Si el inquilino accede a realizar uno de estos depósitos, debe tener en cuenta que una vez terminado el contrato, de no haber incumplido el contrato, ni haber causado daños al inmueble que no hayan sido arreglados con anterioridad, puede exigir la devolución del depósito a su arrendador.
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