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No te dejes tumbar, te contamos quién debe pintar un inmueble arrendado

Una pregunta recurrente entre personas que toman en arriendo inmuebles es si están obligados a entregar el apartamento o casa pintados. Esto es lo que dice la ley en Colombia.

Inmueble recién pintado ¿a quién le corresponde pintarlo?
Inmueble recién pintado ¿a quién le corresponde pintarlo?
/Foto: Lexica IA

Al momento de tomar en arriendo un inmueble en Colombia es natural que surjan preguntas sobre las responsabilidades tanto del arrendador como del arrendatario en cuanto al mantenimiento y las condiciones del mismo.

Uno de las interrogantes más comunes es si el arrendatario está obligado a entregar el inmueble pintado al finalizar el contrato de arrendamiento. En este artículo, exploraremos lo que establece la ley colombiana al respecto.

¿Quién debe pintar un inmueble en arriedo?

La Ley 820 de 2003 en Colombia establece las obligaciones de las partes involucradas en un contrato de arriendo, tanto del arrendador como del arrendatario. En cuanto a la pintura del inmueble, la ley es clara en cuanto a que el arrendatario debe hacerse cargo del mantenimiento y las reparaciones locativas. Esto abarca aquellas reparaciones que sean necesarias debido al deterioro normal del inmueble por su uso durante el período de arrendamiento.

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Es importante entender que el término "reparaciones locativas" se refiere a aquellas reparaciones o mantenimientos que son responsabilidad del arrendatario y que son necesarios para mantener el inmueble en condiciones adecuadas de habitabilidad y uso. Esto puede incluir la pintura de paredes y techos si se considera necesario debido al desgaste natural ocasionado por el tiempo de ocupación del inmueble.

Sin embargo, es crucial destacar que la ley no establece una obligación específica para el arrendatario de entregar el inmueble pintado al finalizar el contrato de arrendamiento. La responsabilidad del arrendatario se limita al mantenimiento y las reparaciones locativas necesarias para conservar el inmueble en condiciones aceptables.

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Es importante tener en cuenta que, si se llega a un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario para realizar trabajos de pintura durante el período de arrendamiento, este acuerdo deberá quedar debidamente registrado por escrito en un documento anexo al contrato de arrendamiento. Además, las partes deberán establecer claramente quién asumirá los costos y la responsabilidad de llevar a cabo dichos trabajos.

Reparaciones locativas ¿a quién le corresponden?
Reparaciones locativas ¿a quién le corresponden?
/Foto: Lexica IA

Obligaciones del inquilino y del arrendador

El artículo 9 de la Ley 820 de 2003, estipula que el arrendatario tiene como compromiso cuidar el inmueble y todo lo recibido en arrendamiento.

Cuidar el inmueble y las cosas recibidas en arrendamiento. En caso de daños o deterioros distintos a los derivados del uso normal o de la acción del tiempo y que fueren imputables al mal uso del inmueble o a su propia culpa, efectuar oportunamente y por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias.
Artículo 9 de la Ley 820 de 2003

Por otra parte, en Colombia es usual que el arrendador al inicio de la transacción comercial solicite un dinero como depósito para reparaciones locativas al final o pago de servicios, sin embargo, el artículo 16 de la mencionada ley 820 de 2003 aclara la prohibición de depósitos y cauciones reales. "En los contratos de arrendamiento para vivienda urbana no se podrán exigir depósitos en dinero efectivo u otra clase de cauciones reales, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que conforme a dichos contratos haya asumido el arrendatario."

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Por lo anterior es importante que tanto arrendador como arrendatario firmen un contrato de arrendamiento al inicio de la negociación y en él queden estipuladas obligaciones entre ellas devolver el inmueble en las mismas condiciones que el arrendador lo entregó a su arrendatario.

Puedes ver: ¿Cómo acceder a la renta ciudadana?

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