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¿Cumples 18 años en junio? La Registraduría aclara si puedes votar en la segunda vuelta

La Registraduría Nacional confirmó el cierre del censo electoral para los comicios del 21 de junio. Si estás por cumplir la mayoría de edad, te contamos si podrías quedar fuera de estas elecciones.

¿Si cumplo 18 años en junio puedo votar en la segunda vuelta?
¿Cumples 18 años en junio? La Registraduría aclara si puedes votar en la segunda vuelta
Foto: Gemini

La segunda vuelta presidencial en Colombia está programada para el próximo domingo 21 de junio de 2026. En esta jornada, tú y millones de ciudadanos tendrán la responsabilidad de elegir al sucesor de Gustavo Petro en la Casa de Nariño para el periodo constitucional 2026-2030.

Sin embargo, si acabas de cumplir los 18 años o estás a pocos días de hacerlo, es fundamental que conozcas las reglas de la Registraduría para que no te lleves sorpresas al intentar ejercer tu derecho al voto.

Puedes leer:¿Qué es una Asamblea Nacional Constituyente y cómo funciona en Colombia?

¿Puedo votar en la segunda vuelta si cumplo 18 años en junio?

Esta es una de las dudas más frecuentes entre los jóvenes que están alcanzando la mayoría de edad en este mes de elecciones. Según la información oficial de la Registraduría, la respuesta depende de una fecha de corte específica: el 30 de abril de 2026.

La entidad aclaró que el censo electoral, que es la lista oficial de personas habilitadas para sufragar, se cerró definitivamente en esa fecha.

Esto significa que, si cumpliste los 18 años después del 30 de abril o si tramitaste tu cédula de ciudadanía por primera vez luego de ese día, no podrás votar en la segunda vuelta del 21 de junio.

Aunque ya tengas la mayoría de edad para el día de las elecciones, al no estar incluido en el censo cerrado en abril, el sistema no te permitirá ejercer el voto en esta ocasión.

Es importante que lo tengas claro para evitar desplazamientos innecesarios a los puestos de votación. Si tu documento fue expedido después de la fecha de corte mencionada, deberás esperar a los próximos comicios para participar.

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¿Qué documentos son válidos para votar el 21 de junio?

Si ya formas parte del censo electoral, debes asegurarte de llevar el documento correcto. La Registraduría es enfática: el único documento válido para votar es la cédula de ciudadanía original.

Si eres de los que prefiere la tecnología, también puedes hacer uso de la cédula digital. No obstante, ten en cuenta que esta debe ser presentada obligatoriamente desde la aplicación oficial "Cédula Digital Colombia".

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Puedes leer: ¿Qué pasa si hay un empate entre Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda?

No se permiten capturas de pantalla ni fotos del documento. Por otro lado, si perdiste tu cédula y solo tienes la "contraseña" (el comprobante de trámite), lamentablemente no podrás votar, ya que este documento no es aceptado en las mesas de votación.

Datos clave sobre tu puesto de votación y jurados

Si ya votaste en la primera vuelta, el proceso para este 21 de junio será muy similar en cuanto a logística. Debes acudir exactamente al mismo puesto de votación donde sufragaste anteriormente.

Esto se debe a que el plazo para inscribir o modificar puestos de votación venció el pasado 31 de marzo de 2026, por lo que ya no es posible realizar cambios en tu lugar asignado.

En cuanto a los ciudadanos designados como jurados de votación, la regla es la misma: quienes cumplieron con esta labor en la primera vuelta deberán repetir su función el próximo domingo 21 de junio.